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PRINCIPIOS ADUANEROS


Enviado por   •  15 de Mayo de 2015  •  815 Palabras (4 Páginas)  •  208 Visitas

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PRINCIPIOS ADUANEROS

PRINCIPIO DE LEGALIDAD Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y el Derecho dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron contenidas.

PRINCIPIO DEL DEBIDO PROCEDIMIENTO Los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento administrativo, que comprende el derecho a exponer sus argumentos a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho.

PRINCIPIO DE IMPULSO DE OFICIO Las autoridades deben dirigir e impulsar de oficio el procedimiento y ordenar la realización o practica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias.

PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD Las decisiones de la autoridad administrativa, cuando crean que existen obligaciones califiquen infracciones, impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados, deben adaptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo la debida proporción entre los medios a emplear y los fines públicos que deba tutelar.

PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD Las autoridades administrativas actúan sin ninguna clase de discriminación entre los administrados, otorgándoles tratamiento y tutela igualitarios frente al procedimiento resolviendo conforme al ordenamiento jurídico y con atención al interés general.

PRINCIPIO DE INFORMALIZMO Las normas de procedimientos deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los administrados de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derecho de terceros o el interés público.

PRINCIPIODE PRESUNCION DE VERACIDAD En la tramitación del procedimiento administrativo se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario.

PRINCIPIO DE CONDUCTA PROCEDIMENTAL La autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados, y en general todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe. Ninguna regulación del procedimiento administrativo puede interpretarse de modo tal que ampare alguna conducta contra buena fe procesal.

PRINCIPIO DE CELERIDAD Quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuación de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos a fin de alcanzar una decisión en tiempo razonable, sin que ella releve a las autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el ordenamiento.

PRINCIPIO

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