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PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO DE FABRICACION DE ESTRUCTURAS METALICAS

jmoyanoaEnsayo10 de Octubre de 2015

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PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO DE FABRICACION DE ESTRUCTURAS METALICAS

1.-  OBJETIVO.

 

El presente procedimiento tiene como objetivo instruir y capacitar a todos los trabajadores de Empresa XXXXXXXXXXXX en el uso correcto de los equipos para llevar acabo la fabricación de estructuras para los diferentes trabajos que se requieran.

2.0.- ALCANCE:

Este procedimiento se encuentra dirigido a todo personal el cual preste servicios empresa xxxxxxxxxxxxx, ya sea personal esporádico o personal permanente.

        

 3.0.- REFERENCIAS:

  • Reglas Por la Vida.
  • Decreto Supremo n° 594 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo.
  • Decreto Supremo n° 40 “Reglamento sobre Prevención de Riesgos laborales”.
  • Decreto Supremo n° 18 “Certificación de calidad de los Elementos de Protección Personal contra Riesgos Ocupacionales”.
  • Código del Trabajo.
  • Decreto Supremo n° 369 “Reglamenta normativa sobre extintores portátiles”.
  • Ordenanza 879 “1 Radiación Ultra violeta alcance 2 Radiación Ultra violeta Obligaciones Empleador – Radiación Ultra Violeta Reglamento Interno- Radiación Ultra Violeta contrato de trabajo.
  • Decreto 72 “Reglamento de Seguridad Minera”.
  • Ley 19.300 Ley general de bases del Medio Ambiente.
  • Ley 16.744 Establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

4.-  DEFINICIONES.

  1. Trabajo de soldadura al arco: la soldadura al arco es un proceso por fusión de piezas metálicas. Para lograr la unión se concentra el calor de un arco eléctrico establecido entre los bordes de las piezas a soldar y una varilla metálica, llamada electrodo, produciéndose una zona de fusión, que al solidificarse, forma una unión permanente.
  2. Trabajo en altura: Toda actividad de trabajo que se realice desde 1,8 metros de altura medidos desde el piso.
  3. Charla Diaria de Inicio: Se ejecuta para el análisis del trabajo a desarrollar, identificando los riesgos asociados para la implementación de los respectivos controles
  1. ARO (Análisis de Riesgo Operacional) Evidencia objetiva de la planificación y el análisis de los riesgos inherentes y los controles a considerar en el desarrollo de las tareas involucrados en trabajo a ejecutar.
  1. Incidente: Evento no deseado que en circunstancia levemente diferente pudo haber provocado un accidente.
  1. Accidente: Evento no deseado que puede producir daño de material, equipo, medio ambiente y de personas, y en este último puede causar la muerte.
  1. Peligro: Es toda condición física sub-estándar de trabajo, en que las personas al interactuar con ella, es potencial de causar un accidente, o de ser un factor causal de enfermedad profesional.
  1. Riesgo: Posibilidad de ocurrencia de un evento no deseado en el ambiente de trabajo, de características negativas y con consecuencias de diferente severidad.
  1. Condición Sub estándar: Condición o situación que está bajo el estándar esperado para considerarlo como una condición segura.
  1. Acción Sub estándar: Es todo acto u omisión que comete el trabajador, que lo desvía de la manera aceptada como correcta y segura para desarrollar una actividad o trabajo

5.0.- EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL:

5.1.- EQUIPOS.

  • Escalas Telescópicas.
  • Andamios
  • Camión pluma alza-hombre
  • Radio portátil.

5.2.-HERRAMIENTAS.

  • Caja de Herramienta Completa
  • Esmeril Angular
  • Máquina de soldar
  • Equipo Oxicorte

5.3.-EQUIPOS Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.

  • Conos de demarcación.
  • Cinta de peligro.
  • Señalética indicando tipo de peligro (trabajo en altura, trabajos en caliente, entre otros).

5.4.-ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL.

  • Casco de seguridad.
  • Lentes de seguridad.
  • Protección Auditiva (Cuando sea necesario).
  • Zapatos de seguridad.
  • Protector respiratorio (Cuando sea necesario).
  • Arnés de seguridad con absorvedor de Impacto (Cuando sea necesario).
  • 2 Cuerdas de vida (Cuando sea necesario).
  • Línea de vida de acero inoxidable (Cuando sea necesario).
  • Traje de cuero completo (Cuando se necesario).
  • Guantes de soldar (Cuando sea necesario).
  • Careta facial (Cuando sea necesario).
  • Mascara para soldar (Cuando sea necesario).
  • Buzo tipo piloto.
  • Guantes de cabritilla.
  • Barbiquejo (Cuando sea necesario).

6.0.- RESPONSABILIDADES.

En virtud de las actividades a realizar la Empresa Gajardo Ingeniería & Construcción se compromete a velar por la seguridad, la salud ocupacional de todos los trabajadores y con el medio Ambiente, cumpliendo con la normativa vigente, asegurando el desarrollo óptimo en el Plan de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional en especial:

  • Procedimiento de trabajo.
  • Difusión a todos los trabajadores de este procedimiento.
  • Análisis de Riesgo Operacional.
  • El Permiso de trabajo.
  • La Charla de Seguridad de 5 minutos.
  • ODI específico de la empresa y el ODI general del mandante.
  • El Bloqueo y la autorización para intervenir equipos.
  • Matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos.

6.1.-ADMINISTRADOR DE OBRA.

Es responsable de velar por la seguridad y la salud de los trabajadores pertenecientes a la empresa, brindando todos los recursos necesarios para realizar la tarea mediante la planificación, la evaluación y el entrenamiento necesario, además del cuidado del medio ambiente y así cumplir con los estándares establecidos.

  • Liderar de forma positiva al personal perteneciente a la empresa.
  • Revisar y Aprobar (en caso de estar de acuerdo) el procedimientos y disponer los recursos necesarios para efectuarlos además de dar cumplimiento.
  • Especificar responsabilidades dentro del Procedimiento para la realización de las actividades.
  •     Gestionar y entregar los recursos adecuados y necesarios para la realización del trabajo así efectuarlo en forma segura.
  •     Liderar la implementación del presente procedimiento y disponer de los recursos necesarios para ello.
  •     Cumplir con lo establecido en el artículo 184 del código del trabajo a la protección de los trabajadores.
  •     Cumplir con el Liderazgo visible en el desarrollo de la tarea aportando en el Plan de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional.

6.2.- SUPERVISORES/ JEFES DE TERRENO.

Son responsables de efectuar las evaluaciones de seguridad, obtener las autorizaciones pertinentes de las áreas a trabajar, autorizar los trabajos que se realicen en forma segura y/o detener las tareas cuando no lo sean, además de cumplir con todas las exigencias establecidas en este procedimiento y las de la empresa mandante.

  • Es responsable de la ejecución, conocer y cumplir con las disposiciones establecidas en este procedimiento junto con el personal que se encuentra a su cargo.
  • Ejecutar en conjunto con el personal todas las disposiciones correspondientes a la iniciación del trabajo: ARO, Charlas de 5 minutos, planificación de las tareas diarias, permisos de trabajo, procedimiento de trabajo, permisos de trabajo en caliente.
  • Verificar que la carpeta del trabajo cuente con la documentación requerida para realizar los trabajos.
  • Debe  comunicar a los jefes directos todas las anomalías e interferencias que existan en las áreas de trabajo.
  • Cerciorarse que el personal esté capacitado y que cumpla con las capacidades necesarias al cargo y que estén debidamente autorizados.
  • Difundir el procedimiento a todos los trabajadores verificando en terreno su cumplimiento.
  • Controlar las condiciones seguras bajos las cuales se desarrolla las actividades descritas en este procedimiento.

6.3.- ASESOR EN PREVENCIÓN DE RIEGOS.

Tiene la responsabilidad de asesorar a la empresa en las directrices de seguridad y salud ocupacional evaluando y autorizando los trabajos en forma segura, disponer de los registros necesarios de capacitación, inspección y cumpliendo con el Programa de Salud Ocupacional.

  • Conocer, respetar y hacer respetar este procedimiento.
  • Verificar que el personal que ejecutará el trabajo conozca los riesgos asociados y las medidas preventivas.
  • Apoyar y proveer de información necesaria en las recomendaciones en los asunto de Prevención de Riesgos.
  • Verificar el cumplimiento en terreno del procedimiento e instructivos.
  • Asesorar al administrador de la empresa en la disciplina de prevención de los riegos y salud ocupacional, en la legislación vigente como a las políticas de la empresa mandante, informar de los avances del plan de prevención de riesgos y salud ocupacional establecidos en el Departamento de Prevención de Riesgos.

6.4.- DEL PERSONAL.

Los trabajadores tendrán responsabilidad en cumplir a cabalidad todas las instrucciones definidas por la línea de mando en la evaluación y planificación de las actividades como en este procedimiento asegurándose de que las condiciones de operar sean las óptimas sin perjuicio de su salud.

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