PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO DE FABRICACION DE ESTRUCTURAS METALICAS
jmoyanoaEnsayo10 de Octubre de 2015
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PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO DE FABRICACION DE ESTRUCTURAS METALICAS
1.- OBJETIVO.
El presente procedimiento tiene como objetivo instruir y capacitar a todos los trabajadores de Empresa XXXXXXXXXXXX en el uso correcto de los equipos para llevar acabo la fabricación de estructuras para los diferentes trabajos que se requieran.
2.0.- ALCANCE:
Este procedimiento se encuentra dirigido a todo personal el cual preste servicios empresa xxxxxxxxxxxxx, ya sea personal esporádico o personal permanente.
3.0.- REFERENCIAS:
- Reglas Por la Vida.
- Decreto Supremo n° 594 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo.
- Decreto Supremo n° 40 “Reglamento sobre Prevención de Riesgos laborales”.
- Decreto Supremo n° 18 “Certificación de calidad de los Elementos de Protección Personal contra Riesgos Ocupacionales”.
- Código del Trabajo.
- Decreto Supremo n° 369 “Reglamenta normativa sobre extintores portátiles”.
- Ordenanza 879 “1 Radiación Ultra violeta alcance 2 Radiación Ultra violeta Obligaciones Empleador – Radiación Ultra Violeta Reglamento Interno- Radiación Ultra Violeta contrato de trabajo.
- Decreto 72 “Reglamento de Seguridad Minera”.
- Ley 19.300 Ley general de bases del Medio Ambiente.
- Ley 16.744 Establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
4.- DEFINICIONES.
- Trabajo de soldadura al arco: la soldadura al arco es un proceso por fusión de piezas metálicas. Para lograr la unión se concentra el calor de un arco eléctrico establecido entre los bordes de las piezas a soldar y una varilla metálica, llamada electrodo, produciéndose una zona de fusión, que al solidificarse, forma una unión permanente.
- Trabajo en altura: Toda actividad de trabajo que se realice desde 1,8 metros de altura medidos desde el piso.
- Charla Diaria de Inicio: Se ejecuta para el análisis del trabajo a desarrollar, identificando los riesgos asociados para la implementación de los respectivos controles
- ARO (Análisis de Riesgo Operacional) Evidencia objetiva de la planificación y el análisis de los riesgos inherentes y los controles a considerar en el desarrollo de las tareas involucrados en trabajo a ejecutar.
- Incidente: Evento no deseado que en circunstancia levemente diferente pudo haber provocado un accidente.
- Accidente: Evento no deseado que puede producir daño de material, equipo, medio ambiente y de personas, y en este último puede causar la muerte.
- Peligro: Es toda condición física sub-estándar de trabajo, en que las personas al interactuar con ella, es potencial de causar un accidente, o de ser un factor causal de enfermedad profesional.
- Riesgo: Posibilidad de ocurrencia de un evento no deseado en el ambiente de trabajo, de características negativas y con consecuencias de diferente severidad.
- Condición Sub estándar: Condición o situación que está bajo el estándar esperado para considerarlo como una condición segura.
- Acción Sub estándar: Es todo acto u omisión que comete el trabajador, que lo desvía de la manera aceptada como correcta y segura para desarrollar una actividad o trabajo
5.0.- EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL:
5.1.- EQUIPOS.
- Escalas Telescópicas.
- Andamios
- Camión pluma alza-hombre
- Radio portátil.
5.2.-HERRAMIENTAS.
- Caja de Herramienta Completa
- Esmeril Angular
- Máquina de soldar
- Equipo Oxicorte
5.3.-EQUIPOS Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.
- Conos de demarcación.
- Cinta de peligro.
- Señalética indicando tipo de peligro (trabajo en altura, trabajos en caliente, entre otros).
5.4.-ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL.
- Casco de seguridad.
- Lentes de seguridad.
- Protección Auditiva (Cuando sea necesario).
- Zapatos de seguridad.
- Protector respiratorio (Cuando sea necesario).
- Arnés de seguridad con absorvedor de Impacto (Cuando sea necesario).
- 2 Cuerdas de vida (Cuando sea necesario).
- Línea de vida de acero inoxidable (Cuando sea necesario).
- Traje de cuero completo (Cuando se necesario).
- Guantes de soldar (Cuando sea necesario).
- Careta facial (Cuando sea necesario).
- Mascara para soldar (Cuando sea necesario).
- Buzo tipo piloto.
- Guantes de cabritilla.
- Barbiquejo (Cuando sea necesario).
6.0.- RESPONSABILIDADES.
En virtud de las actividades a realizar la Empresa Gajardo Ingeniería & Construcción se compromete a velar por la seguridad, la salud ocupacional de todos los trabajadores y con el medio Ambiente, cumpliendo con la normativa vigente, asegurando el desarrollo óptimo en el Plan de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional en especial:
- Procedimiento de trabajo.
- Difusión a todos los trabajadores de este procedimiento.
- Análisis de Riesgo Operacional.
- El Permiso de trabajo.
- La Charla de Seguridad de 5 minutos.
- ODI específico de la empresa y el ODI general del mandante.
- El Bloqueo y la autorización para intervenir equipos.
- Matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos.
6.1.-ADMINISTRADOR DE OBRA.
Es responsable de velar por la seguridad y la salud de los trabajadores pertenecientes a la empresa, brindando todos los recursos necesarios para realizar la tarea mediante la planificación, la evaluación y el entrenamiento necesario, además del cuidado del medio ambiente y así cumplir con los estándares establecidos.
- Liderar de forma positiva al personal perteneciente a la empresa.
- Revisar y Aprobar (en caso de estar de acuerdo) el procedimientos y disponer los recursos necesarios para efectuarlos además de dar cumplimiento.
- Especificar responsabilidades dentro del Procedimiento para la realización de las actividades.
- Gestionar y entregar los recursos adecuados y necesarios para la realización del trabajo así efectuarlo en forma segura.
- Liderar la implementación del presente procedimiento y disponer de los recursos necesarios para ello.
- Cumplir con lo establecido en el artículo 184 del código del trabajo a la protección de los trabajadores.
- Cumplir con el Liderazgo visible en el desarrollo de la tarea aportando en el Plan de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional.
6.2.- SUPERVISORES/ JEFES DE TERRENO.
Son responsables de efectuar las evaluaciones de seguridad, obtener las autorizaciones pertinentes de las áreas a trabajar, autorizar los trabajos que se realicen en forma segura y/o detener las tareas cuando no lo sean, además de cumplir con todas las exigencias establecidas en este procedimiento y las de la empresa mandante.
- Es responsable de la ejecución, conocer y cumplir con las disposiciones establecidas en este procedimiento junto con el personal que se encuentra a su cargo.
- Ejecutar en conjunto con el personal todas las disposiciones correspondientes a la iniciación del trabajo: ARO, Charlas de 5 minutos, planificación de las tareas diarias, permisos de trabajo, procedimiento de trabajo, permisos de trabajo en caliente.
- Verificar que la carpeta del trabajo cuente con la documentación requerida para realizar los trabajos.
- Debe comunicar a los jefes directos todas las anomalías e interferencias que existan en las áreas de trabajo.
- Cerciorarse que el personal esté capacitado y que cumpla con las capacidades necesarias al cargo y que estén debidamente autorizados.
- Difundir el procedimiento a todos los trabajadores verificando en terreno su cumplimiento.
- Controlar las condiciones seguras bajos las cuales se desarrolla las actividades descritas en este procedimiento.
6.3.- ASESOR EN PREVENCIÓN DE RIEGOS.
Tiene la responsabilidad de asesorar a la empresa en las directrices de seguridad y salud ocupacional evaluando y autorizando los trabajos en forma segura, disponer de los registros necesarios de capacitación, inspección y cumpliendo con el Programa de Salud Ocupacional.
- Conocer, respetar y hacer respetar este procedimiento.
- Verificar que el personal que ejecutará el trabajo conozca los riesgos asociados y las medidas preventivas.
- Apoyar y proveer de información necesaria en las recomendaciones en los asunto de Prevención de Riesgos.
- Verificar el cumplimiento en terreno del procedimiento e instructivos.
- Asesorar al administrador de la empresa en la disciplina de prevención de los riegos y salud ocupacional, en la legislación vigente como a las políticas de la empresa mandante, informar de los avances del plan de prevención de riesgos y salud ocupacional establecidos en el Departamento de Prevención de Riesgos.
6.4.- DEL PERSONAL.
Los trabajadores tendrán responsabilidad en cumplir a cabalidad todas las instrucciones definidas por la línea de mando en la evaluación y planificación de las actividades como en este procedimiento asegurándose de que las condiciones de operar sean las óptimas sin perjuicio de su salud.
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