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Palabras Comunes Que Utiliza Un Abogado


Enviado por   •  26 de Abril de 2014  •  3.590 Palabras (15 Páginas)  •  2.171 Visitas

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Esta lista de términos legales puede ser útil.

Absolución—Sentencia en la cual se estipula que un demandado criminal no ha sido encontrado culpable más allá de duda razonable. En otras palabras, un veredicto de “no culpabilidad.”

Affidávit—Una declaración de hechos escrita y confirmada bajo juramento por parte de quien la hace ante notario u oficial que posee la autoridad de tomar juramentos.

Confirmación—En la práctica del tribunal de apelaciones significa que este tribunal ha concluido que la decisión de un juzgado menor es la correcta y se interpretará así por este tribunal.

Respuesta—La declaración formal escrita por un demandado respondiendo a una demanda civil y estableciendo así los principios para su defensa.

Apelación—Una petición hecha después de un juicio por una parte que ha perdido uno o más asuntos y que busca que un tribunal de más rango (tribunal de apelación) determine si las decisiones han sido las correctas. Tal petición se denomina como “apelar.” Una persona que apela se conoce como “apelante,” la otra parte se conoce “apelado.”

Tribunal de apelaciones—Un tribunal de apelaciones tiene el poder de revisar la decisión de un juzgado menor (tribunal de primera instancia). Por ejemplo, la corte de circuito de apelaciones de E.U. revisa las decisiones de las cortes de distrito de E.U.

Procesamiento—Un procedimiento en el cual un individuo que está acusado de cometer un crimen es traído a la corte, orientado sobre sus cargos, y se le ha preguntado sobre cómo se declara: culpable o inocente.

Fianza—Seguridad otorgada para la liberación de un demandado criminal o testigo de custodia legal (usualmente con dinero) para asegurar su comparecencia el día y la hora estipulado por la corte.

Bancarrota—Un proceso legal en el cual las personas o negociantes que no pueden pagar sus deudas pueden buscar ayuda de la corte y tener un comienzo nuevo. Amparados bajo la protección del tribunal de bancarrota, los deudores pueden descartar deudas y usualmente pagan una porción de ellas. Los jueces de bancarrota presiden sobre estos procedimientos.

Juicio sin jurado—En este tipo de juicio un juez decide qué parte prevalece.

Escrito (“brief”)—Una declaración escrita sometida por las partes de un caso que explica por qué la corte debe de decidir el caso o describe los asuntos particulares de un caso en favor de dicha parte.

Despacho del juez—La oficina del juez, típicamente incluye espacio de trabajo para sus asistentes y secretaria.

Ofensa capital—Un crimen que se castiga con pena de muerte.

Derecho común—La ley reflejada en las decisiones escritas de las cortes. Los jueces presidentes son determinados por antigüedad.

Juez presidente—El juez que tiene la responsabilidad primaria de la administración de la corte. Los jueces presidentes son determinados por antigüedad.

Secretario del tribunal—Un oficial nombrado por los jueces del tribunal para asistir en el manejo del flujo de los casos en la corte, mantener los récords, manejar los asuntos financieros y proveer cualquier ayuda administrativa al tribunal.

Derecho consuetudinario—El sistema legal que se originó en Inglaterra y ahora se usa en los Estados Unidos, se basa en la articulación de los principios legales en una sucesión histórica de las decisiones judiciales. Los principios del derecho consuetudinario pueden cambiarse con una legislación.

Demanda—Una declaración escrita radicada por un demandante y que inicia un proceso civil, estableciendo los daños alegadamente cometidos por el demandado y solicitando compensación de la corte.

Contrato—Un acuerdo entre dos o más personas que crea una obligación de hacer o no hacer algo en particular.

Condena—Una decisión de culpabilidad en contra de un acusado criminal.

Asesor legal—Consejería legal. También se refiere al grupo de abogados en un caso.

Relator del tribunal—Una persona que mantiene un récord palabra por palabra de lo que se ha dicho en corte utilizando generalmente una máquina de taquigrafía, taquigrafía sola o una grabación. Cuando se le solicita, produce una trascripción del procedimiento.

Daños—Dinero pagado por los demandados a los demandantes que han triunfado en un caso civil para compensarles por sus daños.

Fallo por falta de comparecencia—Un fallo hecho en favor del demandante porque el demandado falló en contestar o en personarse a enfrentar los reclamos del demandante.

Demandado—En un caso civil, la persona u organización en contra de quien el demandante hace la demanda. En un caso criminal es la persona acusada de un crimen.

Deposición—Una declaración oral hecha ante un oficial autorizado por la ley para administrar juramentos. Tales declaraciones, muchas veces, son tomadas para examinar a testigos potenciales, para el descubrimiento de pruebas o para ser utilizadas más tarde en un tribunal. Ver Descubrimiento.

Descubrimiento—El proceso por el cual los abogados conocen sobre el caso de su oponente mientras se preparan para el juicio. Las herramientas comúnmente utilizadas en un descubrimiento de pruebas son: deposiciones, interrogatorios, solicitudes para admisión o solicitudes de documentos. Todas estas herramientas ayudan a que los abogados aprendan sobre los hechos relevantes, así como les ayuda a coleccionar y examinar los documentos relevantes u otros materiales.

Actas—Un registro que contiene la historia completa de cada caso en entradas cronológicas y que resume los procedimientos de la corte.

“En banc”—Se refiere a las sesiones del tribunal con todos los miembros del mismo y en el que participan un mayor número que lo usual. Las cortes de circuito de los E.U. se reúnen usualmente en paneles de tres jueces, pero todos los jueces de la corte pudieran decidir ciertos asuntos juntos, entonces se dice que están reunidos “en banc.” (En inglés se pronuncia “in banc”).

Equitativo—Perteneciente en una demanda civil a “equidad” más que a “derecho.” En la historia legal inglesa, los tribunales de “derecho” pueden ordenar el pago de daños y pueden permitirse que no haya otro remedio. Vea daños y perjuicios. Un tribunal separado de equidad puede ordenarle a alguien que haga algo o que desista de hacerlo. Por ejemplo, requerimiento judicial (“injuction”). En la jurisprudencia americana, los tribunales federales tienen ambos poderes, de derecho y de equidad, pero la distinción es muy importante. Por ejemplo: un juicio por jurado está disponible normalmente en casos de “derecho” pero no en casos de “equidad.”

Evidencia—La información presentada en el testimonio o en los documentos que está utilizada para persuadir al juez o al jurado (“fact finder”) a que decida el caso en favor de una parte o de otra.

Defensor federal público—Un abogado empleado por los tribunales federales a tiempo completo para proveer defensa jurídica a los demandados que no pueden pagarla. El juzgado administra el programa de defensor federal según la Ley de Justicia Criminal.

Jurisdicción federal en cuestión—La jurisdicción otorgada a los tribunales federales en casos que envuelven la interpretación y la aplicación de la Constitución Federal, las leyes del Congreso y los tratados.

Crimen o delito—Un crimen serio que incurre en una penalidad de más de un año en prisión. Vea también delito menor.

Archivar—Guardar unos documentos bajo la custodia del oficial de la corte para que entren como archivos o récords de un caso.

Gran jurado—Un cuerpo de 16-23 ciudadanos que escuchan la evidencia de las alegaciones criminales, las cuales son presentadas por el fiscal, y determinan si hay causa probable de que un individuo cometió una ofensa. Vea también procesamiento y fiscal federal.

Hábeas corpus—Un escrito (orden de la corte) que usualmente se utiliza para traer a un prisionero ante un tribunal para determinar la legalidad de su encarcelamiento. Una persona que esté encarcelada bajo procedimiento de la corte estatal, puede presentar una petición en una corte federal para un hábeas corpus; de esta manera persigue que la corte federal revise, si el estado ha violado sus derechos bajo la Constitución de los Estados Unidos. Los prisioneros federales también pueden presentar un hábeas corpus. Una solicitud como ésta también puede ser utilizada para poner a una persona en custodia ante la corte para dar testimonio o para ser procesado.

Evidencia por referencia—Declaraciones de un testigo que no vio ni escucho el incidente en cuestión, pero que escuchó acerca del mismo a través de otra persona. Por lo general, este tipo de declaración no se considera como evidencia en una corte.

Impugnación—1.El proceso de poner en duda el testimonio de un testigo. Por ejemplo, si el abogado puede demostrar que el testigo ha fabricado parte de su testimonio, se dice que el testigo ha sido “impugnado”. 2. Proceso constitucional mediante el cual, la Cámara de Representantes puede impugnar (acusar de conducta impropia) a altos oficiales del gobierno federal que hayan sido investigados por el senado.

Encauzamiento—Cargo formal determinado por un Gran Jurado, el cual establece que existe suficiente evidencia de que el acusado cometió el delito. Por lo tanto, se justifica un juicio en su contra. Este, se utiliza primordialmente en casos de delito (“felony”). Ver también Acusación por el fiscal.

Por causa de pobreza—“A la manera de un indigente.” Permiso que otorga la corta a que se procese un caso de una persona, sin que ésta tenga que pagar los costos requeridos, por falta de recursos económicos.

Acusación por el fiscal—Acusación formal presentada por un representante legal del gobierno, la cual determina que el acusado ha cometido un delito. Ver también Encauzamiento.

Mandato o requerimiento judicial—Orden de la corte que prohíbe al acusado a que lleve a cabo determinadas acciones o que, por lo contrario, lo obliga a realizar alguna acción en específico.

Interrogatorios—Cuestionario escrito que la parte contraria le envía al otro litigante en un juicio. Por lo general, éstos se utilizan como parte del descubrimiento de pruebas con antelación al juicio, durante casos civiles.

Asunto—1. El asunto en disputa entre los dos litigantes de un juicio. 2. Emitir algo oficialmente, como cuando la corte emite una orden.

Juez—Oficial de la rama judicial con autoridad para decidir juicios frente a una corte. El término también se utiliza para referirse a todos los oficiales judiciales, incluyendo a los de la Suprema Corte.

Fallo de la corte—La decisión oficial de la corte, que finalmente resuelve cualquier disputa entre dos litigantes de un juicio.

Jurisdicción—1. Autoridad legal de una corte para escuchar y decidir en un caso. 2. área geográfica sobre la cual la corte tiene autoridad para decidir casos.

Jurado—Grupo de personas seleccionadas para escuchar la evidencia en un juicio y emitir un veredicto en asuntos basados en hechos. Ver también Gran jurado.

Instrucciones al jurado—Las instrucciones que el juez dicta al jurado, antes de que éstos comiencen con su deliberación. Estas instrucciones están relacionadas a las preguntas sobre los hechos que deben ser contestadas y las normas legales que deben aplicar.

Jurisprudencia—Estudio de las leyes y la estructura del sistema legal.

Demanda—Acción legal por parte un demandante contra un demandado, la cual estipula que el demandado no cumplió con algún deber legar y que, esto, se tradujo en daños y perjuicios contra el demandante.

Litigio—Un caso, controversia o demanda. A los participantes (demandante y demandado) en una demanda, se les conoce como litigantes.

Juez de paz—Oficial judicial de una corte de distrito que conduce los procedimientos iniciales en los casos criminales, decide casos de delito criminal, dirige varios asuntos civiles y criminales, previos al juicio en beneficio de los jueces de distrito y decide casos civiles con el consentimiento de ambas partes.

Delito menor—Ofensa que conlleva un año de cárcel o menos. Ver también Crimen o Delito.

Juicio nulo—Juicio invalidado por causa de un error fundamental. Cuando un juicio se declara nulo, el mismo, debe llevarse a cabo nuevamente con la selección de un nuevo jurado.

Moción—Petición de juicio por parte de un demandante, en relación a un asunto específico relacionado con el caso.

Admisión de Culpabilidad (“nolo contendere”)—No hay impugnación. Tiene el mismo efecto de un alegato de culpabilidad, en lo concerniente a la sentencia criminal. Sin embargo, puede no ser considerado como una admisión de culpabilidad para cualquier otro propósito.

Opinión/dictamen—Explicación escrita, presentada por el juez, en relación a la decisión de una corte. Dado que los casos en una corte de apelación pueden ser escuchados por tres o más jueces, la opinión en las decisiones del apelativo puede conllevar varias formas. Si todos los jueces están de acuerdo con el resultado, uno de ellos redactará la opinión en representación de todos los demás. Si ninguno de los jueces está de acuerdo, la decisión formal se determinará a base de la opinión de la mayoría, y uno de los miembros de la mayoría redactará la opinión. Los jueces que no estén de acuerdo con la mayoría, pueden presentar su desacuerdo por escrito, donde presenten sus puntos de vista. Una opinión de disconformidad está en desacuerdo con la opinión de la mayoría, debido al razonamiento y/o los principios legales utilizados por la mayoría para decidir el caso. La opinión concurrente está de acuerdo con la decisión de la mayoría, pero ofrece comentarios adicionales o, inclusive, una razón completamente diferente para llegar a la misma conclusión. Sólo la opinión de la mayoría puede servir como precedente válido en juicios futuros. Ver también Precedente.

Argumento verbal—Oportunidad que se le brinda a los abogados para resumir sus posiciones ante una corte y para contestar preguntas de los jueces.

Panel—1. En casos del apelativo, un grupo de jueces (generalmente tres) asignados para decidir el caso. 2. En el proceso de selección del jurado, la lista de candidatos potenciales. 3. Lista de abogados, disponibles y cualificados para encargarse de la defensa de algún acusado que no pueda costear los gastos de un abogado privado.

Parte—Cada uno de los dos litigantes. Durante un juicio, las partes, por lo general, se refieren al demandante y al demandado. En el apelativo, se conocen como el apelante y el apelado. En algunos casos donde están envueltas agencias administrativas, se conocen como el peticionario y el demandado.

Jurado de juicio (“petit jury”)—Grupo de ciudadanos que escuchan la evidencia presentada por ambas partes en un juicio, quienes determinan los hechos en disputa. Un jurado criminal Federal consta de 12 personas. Un jurado civil Federal consta, al menos, de seis personas. Ver también Jurado y Gran Jurado.

Ofensa menor—Delito menor federal que conlleva seis meses de prisión o menos.

Demandante/querellante—Persona que presenta una querella en una corte civil.

Alegato—En un caso criminal, se refiere a declararse “culpable” o no “culpable” como reacción a los cargos.

Alegaciones—Declaraciones por escrito que se presentan a una corte y que explican las afirmaciones legales o basadas en hechos, de una de las partes.

Precedente—La decisión de una corte en un juicio anterior que envolvió hechos y asuntos legales similares a otros que se estén llevando a cabo en la actualidad. Los jueces, por lo general, se dejan llevar por los “precedentes.” Esto significa que utilizan los principios establecidos en casos previos para decidir nuevos casos que muestran hechos y asuntos legales similares. El juez puede descartar el “precedente” si una de las partes puede demostrar que en el caso previo se tomó una decisión errónea, o que existen diferencias significativas entre el caso previo y el caso actual.

Procedimiento—Normas para conducir un juicio. Existen diferencias entre las normas para un procedimiento civil, un procedimiento criminal, evidencia, bancarrota y procedimientos apelativos.

Informe pre-sentencia—Informe preparado por un oficial de probatoria de una corte, luego de que la persona ha sido convicta por alguna ofensa. El mismo, recopila la información necesaria para que la corte pueda determinar una sentencia apropiada.

Conferencia con antelación a juicio—Reunión entre el juez y los abogados para planificar el juicio. En ésta, se discuten los asuntos que deben ser presentados ante el jurado, se revisan la evidencia y testigos, y se establece el calendario del juicio.

Servicios preliminares al juicio—Departamento de la corte de distrito que se encarga de investigar los antecedentes de un acusado para ayudar a un juez a decidir si el acusado puede ser devuelto a la libre comunidad.

Probatoria/libertad condicional—1. Alternativa al encarcelamiento, mediante la cual la corte deja libre al convicto, bajo la supervisión de un oficial de probatoria. Este, debe asegurarse de que el convicto cumpla con ciertas normas (e.j., conseguir un empleo, recibir tratamiento contra la adicción, etc.) 2. Departamento de la corte que se encarga de preparar el informe pre-sentencia.

Oficial de probatoria—Oficiales de la oficina de probatoria de una corte. Los deberes de un oficial de probatoria, incluyen llevar a cabo las investigaciones pre-sentencia, preparar los informes pre-sentencia de los convictos, y supervisar a los que se encuentran en probatoria.

“Pro per”—Término que a veces se usa para referirse a un litigante “pro se.” Es una frase extraída del latín, y significa “in propria persona.”

“Pro se”—Término del latín que significa “en beneficio de uno mismo.” En las cortes, este término se refiere a las personas que se representan ellos mismos, sin necesidad de abogado.

Procesar—Presentar cargos contra alguna persona por algún delito. Un fiscal presenta un caso criminal a favor del gobierno.

Registro/acta—Recuento escrito de las actuaciones en un caso. Este incluye todos los alegatos, evidencia y documentos de prueba sometidos a la corte en relación al caso.

Devolver—Acción de un tribunal apelativo que consiste en enviar un caso a una corte menor para procedimientos adicionales.

Revocación de sentencia—Acción de un tribunal apelativo, mediante la cual se revoca la decisión de la corte. La revocación de sentencia, casi siempre viene acompañada del envío del caso a un tribunal menor para procedimientos adicionales.

Sentencia—Castigo determinado por la corte, a un acusado convicto por un delito.

Normas de sentencia—Conjunto de normas y principios establecidos por la Comisión de Sentencias de los Estados Unidos, la cuales son utilizadas por los jueces para determinar la sentencia de un acusado convicto.

Diligencia de emplazamiento—Envío de escritos y citatorias a la parte correspondiente.

Arreglo/acuerdo final—Cuando las partes envueltas en una demanda resuelven su disputa sin necesidad de juicio. Estos acuerdos, casi siempre conllevan el pago de una compensación por una de las partes, al menos para satisfacer parcialmente los reclamos de la otra parte. Sin embargo, no siempre incluyen la admisión de culpabilidad.

Secuestrar—Separar. Algunas veces el jurado es secuestrado para no exponerlo a influencias externas durante sus deliberaciones.

Estatuto—Ley determinada por la Legislatura.

Estatuto de limitaciones—Ley que determina una fecha límite para que las partes presenten una demanda que haga valer sus derechos. Por ejemplo, si un estado tiene un estatuto de limitaciones de 5 años para incumplimiento de contrato, y John violó el contrato con Susan el 1ro de enero de 1995, Susan debe presentar su demanda antes del 1ro de enero de 2000. Si pasa la fecha límite, “el estatuto de limitaciones ha caducado” y la parte pierde su derecho a presentar la demanda. Algunas veces, las partes pueden exigir hacer valer sus derechos y lograr rebasar (toll) el estatuto de limitaciones, obteniendo un tiempo adicional para presentar sus demandas.

Citación (“subpoena”)—Mandato que se realiza bajo la autoridad de una corte o cualquier otra entidad gubernamental, mediante la cual se le exige a un testigo presentarse y dar testimonio.

Citación para presentar documentos (“subpoena duces tecum”)—Mandato, mediante el cual se le exige a un testigo presentarse y facilitar documentos.

Sentencia sumaria—Decisión que se toma a base de declaraciones y evidencia presentada sin necesidad de juicio. Esta, se utiliza cuando no es necesario resolver ningún tipo de disputa en el caso. La sentencia sumaria se otorga cuando se considera que una de las partes tiene derecho a la misma.

Interdicto temporero—El mismo, prohíbe que una persona lleve a cabo una acción que pudiera causar daños irreparables. Esta, se diferencia de un mandato judicial en que, la misma, se puede otorgar inmediatamente, sin notificación a la parte opositora y sin necesidad de una vista. El interdicto estará en vigencia sólo hasta que se pueda realizar una vista.

Testimonio—Evidencia presentada verbalmente por un testigo durante un juicio o ante un gran jurado.

“Toll”—Ver estatuto de limitaciones.

Agravio—Un daño civil o incumplimiento de un deber contra otra persona. La “víctima” de un agravio, puede tener derecho a demandar por daños sufridos. Las víctimas de delitos, pueden también demandar por daños recibidos. La mayoría de los casos de agravio se llevan a cabo en la corte del estado, excepto cuando el delito ocurre en propiedad federal (por ejemplo, una base militar), cuando el gobierno es el demandado o cuando existe diversidad de ciudadanías entre las partes.

Registro literal del juicio—Récord escrito, palabra por palabra, de todo cuanto se dijo durante un juicio, o durante una conversación formal, tales como vistas o deposiciones verbales.

Consignatario—La persona designada para representar los intereses de la propiedad en bancarrota y los acreedores no asegurados, en un caso de bancarrota. Las responsabilidades de un consignatario incluyen liquidar la propiedad de la persona en bancarrota, distribuir los pagos entre los acreedores o tomar acciones en contra de los acreedores y el deudor para recobrar la propiedad.

Sostener/confirmar—El tribunal apelativo está de acuerdo con la decisión de una corte menor y hace que ésta prevalezca. Ver Confirmación.

Procurador de los Estados Unidos—Abogado nombrado por el Presidente en cada distrito judicial para procesar y defender casos para el gobierno federal. El Procurador de los Estados Unidos emplea a un equipo de Abogados Asistentes que actúan como abogados del gobierno en casos individuales.

Jurisdicción—Localización geográfica, en la cual se lleva a cabo un juicio.

Veredicto—La decisión de un jurado o de un juez, la cual determina la inocencia o culpabilidad de un acusado, o el desenlace de algún caso criminal.

“Voir dire”—Proceso mediante el cual, los jueces y abogados seleccionan a un jurado entre los candidatos elegibles. Esta elección se hace mediante entrevistas, para asegurarse que decidirán el caso de forma justa. “Voir dire” es una frase que significa “hablar con la verdad.”

Poder/orden—Orden escrita, por la cual se autoriza una acción oficial por oficiales de la ley. Usualmente, esta orden va dirigida al arresto de la persona, cuyo nombre aparece en la misma. Una orden de allanamiento ordena que se busquen determinados artículos en una localización determinada. Estos, se buscan con el propósito de que sirvan de evidencia en la corte.

Testigo—Persona que se llama durante un juicio para dar testimonio ante la corte o ante un jurado.

Decreto—Mandato u orden escrita, emitida por la corte, en la cual se requiere la ejecución de alguna acción determinada.

Auto de avocación/“de certiorati”—Orden emitida por la Corte Suprema de los Estados Unidos, solicitando a una corte menor que envíe los récords de algún caso que necesite ser revisado en la corte de apelaciones.

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