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Personalidad y nacionalidad de la persona moral


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2018  •  Apuntes  •  2.820 Palabras (12 Páginas)  •  91 Visitas

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Personalidad y nacionalidad de la persona moral

El concepto de nacionalidad aplicado a las personas morales ha sido en diferentes ocasiones criticado sin embargo en la mayoría de las legislaciones contemporáneas incluyendo la del sistema jurídico mexicano se reconoce la nacionalidad atribuida a una persona moral Hola conferida por un estado extranjero a una persona jurídica.

Cuando se presentan cuestiones relativas a la nacionalidad de las personas morales primeramente hay que Resaltar que la nacionalidad que se confiere a una persona jurídica como atributo de su personalidad no es idéntica a la de la persona física ya que a esta última por su particular entidad de ser humano y por el simple hecho de existir se le reconoce su personalidad jurídica obedeciendo lo anterior no sólo a sus aptitudes subjetivas que como persona humana están determinadas por los órdenes jurídicos estatales sino que simplemente se reafirma por su propia calidad de ser humano es por esto que la personalidad jurídica de los individuos es reconocida de pleno derecho en cualquier lugar donde esté se encuentre y en consecuencia se identificará en su caso su nacionalidad

La propia existencia del ser humano nos conduce a afirmar que es independiente incluso de cualquier nacionalidad lo que nos sucede con la persona moral ya que ésta no será sujeto de derecho a menos que un estado determinado le confiera personalidad ligando Loco este mismo a través de la nacionalidad

De explorado derecho es que la concesión de la personalidad jurídica a una persona moral por un estado determinado reviste la observancia de determinados procesos formas y requisitos para que está pueda producir con plenitud todos sus efectos jurídicos en la actualidad está superada la exposición relativa al reconocimiento de la personalidad jurídica de las personas morales pues como bien dice mantilla Molina “ cualquiera que sea la Génesis de la tesis siendo la personalidad jurídica creación del derecho bien puede atribuirse a las sociedades si con ello resulta más fácil la construcción de su sistema jurídico”, por lo que “el derecho puede por su parte da a las personas morales el atributo de la personalidad”. De acuerdo al contenido de la mayoría de los sistemas jurídicos contemporáneos las normas primarias sobre la personalidad jurídica de las personas morales se reservan en los códigos civiles reconociendo en estos que aunque no son personas sino más bien asociaciones organizadas por seres humanos constituidas para cumplir ciertas funciones de interés común y destinadas al cumplimiento de un fin lícito el propio sistema jurídico les atribuye personalidad jurídica.

Al referirse a la personalidad jurídica como una nación creada por un sistema jurídico que indica una totalidad de atributos demandados por la ley para que tanto los individuos como las personas jurídicas estén en posibilidad de realizar hechos y actos jurídicos la personalidad jurídica de una persona moral no mantiene diferencia con la de una persona física pero se sostiene que si existe una diferencia en los atributos o consecuencias que de ella se derivan como es el caso de la nacionalidad pues está en la persona moral es menos rica que la conferida a un ser humano y es más restrictiva la conferida a una persona moral basta señalar que la calidad de nacional no se compone de los mismos elementos cuando se reconocen a una persona física o se le atribuye a una persona moral

Reglas  para  la atribución  de la nacionalidad  de  las  personas  morales

Existen dos clases de personas morales en cada estado una de carácter público y otras de carácter privado por cuanto hace a las personas de derecho público estas no pueden tener otra nacionalidad que la del Estado del Kevin naamán esto es porque las mismas son parte integrante propia del estado por así conferirles personalidad jurídica como es el caso de una subdivisión territorial en México el propio artículo 25 del código civil para el Distrito Federal reconoce la personalidad jurídica de entes públicos como lo son la nación los estados y los municipios de mayor confusión resulta la situación para las personas morales de derecho privado en virtud de varios factores que emanan de la ley del estado que otorga la nacionalidad existiendo múltiple soluciones a este problema destacando los siguientes

Nacionalidad  del país  que crea o autoriza la sociedad

Nacionalidad  de los  socios

Nacionalidad  de los  directores  o gerentes

Nacionalidad  del lugar donde  se ha suscrito  el capital social

Nacionalidad del lugar de su  constitución

Nacionalidad  del lugar de su explotación

Nacionalidad  determinada  por el domicilio  social

Para este efecto los diferentes criterios que determinan la nacionalidad de una persona moral son el del lugar en que se encuentra ubicada su administración el del lugar donde se encuentra el principal asiento de sus negocios por supuesto el basado en algunas circunstancias y de acuerdo a la teoría del control que atiende a la nacionalidad de las personas que ejercen el control efectivo en la sociedad Y por último el del estado en el que se incorpora

CONFLICTOS  DE NACIONALIDAD  QUE SURGEN CON MOTIVO  DE LA  APLICACIÓN  DE CRITERIOS  PARA  DESIGNAR  LA NACIONALIDAD EN EL AMBITO INTERNACIONAL

La relación entre los factores que conectan a una persona moral con un estado determinado genera cuestiones difíciles de resolver reclamos de dos estados diferentes en cuanto a la nacionalidad de una persona moral basados en igualdad de criterios podría llevarnos a casos de doble nacionalidad

El caso de  Mexico planager GMBH vs ESTADOS UNIDOS  MEXICANOS  Es un ejemplo  claro de ello

La persona legal envuelta en este caso fue incorporada en Alemania y realizaba en México. La getmsn-Mexican Mixed Claims Commiddion rechazo el control o el criterio de interés económico ya que los miembros de una persona legal pueden ser de diferentes nacionalidades y sería imposible determinar la propiedad de la persona moral si el capital se compone de acciones tenedoras.

La comisión Consideró que el domicilio de las personas morales no era una prueba satisfactoria para establecer la nacionalidad ya que una persona moral podía cambiar frecuentemente el asiento de sus negocios y su domicilio no reflejaba acertadamente la habilidad de sus negocios la comisión favoreció a la incorporación como la verdadera base para establecer la nacionalidad ya que cuando una persona moral se incorpora en un territorio y bajo las leyes de un estado la persona moral debe observar las leyes de este estado y si no lo hace se convierte en una nulidad legal pierde su personalidad jurídica y por lo tanto su nacionalidad.

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