Pliego De Consignación Falsedad
DMJI13 de Agosto de 2013
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PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
FISCALÍA DESCONCENTRADA EN ------------------------.
AGENCIA INVESTIGADORA DEL M.P. ------------------------.
AV. PREVIA NÚM. ------------------------.
DELITO: FALSEDAD ANTE AUTORIDADES.
CONSIGNACIÓN SIN DETENIDO.
C. JUEZ PENAL DEL FUERO COMÚN EN
EL DISTRITO FEDERAL.
PRESENTE.
En - - fojas útiles remito a Usted la Averiguación Previa al rubro citada, de cuyo contenido resultan elementos suficientes para ejercitar acción penal en contra de:
------------------------
O
------------------------
(por el uso que le ha dado a este nombre, derivado de un vínculo matrimonial)
Como probable responsable del delito de:
FALSEDAD ANTE AUTORIDADES.
Cuyo tipo penal se encuentra descrito en el artículo:
311 Párrafo Primero (hipótesis de quien al declarar ante una autoridad, en ejercicio de sus funciones, faltare a la verdad en relación a los hechos, que motivaron la intervención de ésta) del Código Penal en vigor para el Distrito Federal; en relación con los numerales 15 (hipótesis de acto por acción); 17 fracción I (instantáneo); 18 párrafo primero (hipótesis de acción dolosa) y párrafo segundo (hipótesis de conocer y querer su realización); y 22 fracción I, (los que lo realicen por sí), del citado ordenamiento sustantivo.
Y sancionado en el artículo:
311 párrafo primero (hipótesis de sanción) del Código Penal en vigor para el Distrito Federal.
Cometido en agravio de:
LA SOCIEDAD.
YA QUE DE LAS DILIGENCIAS PRACTICADAS EN LA INDAGATORIA DE MÉRITO, SE COLIGE QUE: La hoy inculpada ------------------------ O ------------------------, actuando por sí misma, de manera dolosa e instantáneamente, al declarar ante una autoridad en ejercicio de sus funciones, faltó a la verdad en relación a los hechos que motivaron la intervención de ésta, lesionando con su conducta el bien jurídico tutelado por la Ley, que es la fe pública y la justicia; tal y como se desprende de lo que a continuación se señala:
1. El 25 (veinticinco) de mayo de 2007 (dos mil siete), la persona moral ------------------------, por medio de sus apoderados legales, demandó en la vía ordinaria mercantil a ------------------------ y a la hoy inculpada ------------------------, requiriéndoles, entre otras, la prestación siguiente: “a) La declaración judicial de que los recibos de depósito de valores en administración números 1489882, 1490332, 1624107, 1675854, 1676138, 1784532, 1784934, 1784935, 1785332, 1785697, 1907375, 1907722, 1908161, 20011465, 20011898, 2057295, 2057775, 2187064 y 2187588, todos ellos expedidos por ------------------------, actualmente ------------------------, en liquidación, a favor de ------------------------, en fechas 7 de octubre de 1986; 3 de noviembre de 1986; 1° de diciembre de 1986; 3 de febrero de 1987; 16 de febrero de 1987; 2 de marzo de 1987; 20 de marzo de 1987; 16 de marzo de 1987; 7 de abril de 1987; 20 de abril de 1987; 4 de mayo de 1987; 18 de mayo de 1987; 3 de junio de 1987; 18 de agosto de 1987; 3 de septiembre de 1987; 22 de septiembre de 1987; 7 de octubre de 1987; 04 de marzo de 1988 y 22 de marzo de 1988, respectivamente, no vinculan jurídicamente a ------------------------, en atención a que fueron emitidos por una persona moral distinta a la hoy actora”; juicio que se radicó y tramitó bajo el número de expediente ------------------------ del índice del Juzgado ------------------------ de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
2. Debidamente que fue emplazada a juicio ordinario mercantil la codemandada y hoy inculpada ------------------------, el 26 (veintiséis) de junio de 2007 (dos mil siete), ésta dio contestación a la demanda instaurada en su contra, manifestando, entre otras cosas, que existía causahabiencia entre ------------------------ y ------------------------, por haber asumido la segunda, a través de diversos actos jurídicos, las obligaciones que en su momento correspondieron a la primera, así como que los comprobantes de depósito exhibidos y que eran materia de la litis mercantil eran independientes.
3. De igual forma el 27 (veintisiete) de junio de 2007 (dos mil siete), la Institución Bancaria ------------------------------------------------, en carácter de codemandada presentó escrito por medio del cual contestó la demanda relativa al juicio ordinario mercantil instaurado en su contra por ------------------------.
4. Motivos por los que se abrió el juicio mercantil a prueba en el que la codemandada ------------------------------------------------, exhibió el original del informe de auditoría de fecha 11 (once) de septiembre de 2007 (dos mil siete), suscrito por el señor ------------------------ y el Contador Público ------------------------, del cual, junto con sus anexos, se desprende: A) Información que precisa la relación que tenían las codemandadas, ------------------------ y ------------------------, en lo relativo a los recibos de depósito de valores en administración expedidos por dicha institución; B) Que la hoy probable responsable el 20 (veinte) de octubre de 1998 (mil novecientos ochenta y ocho) contrató a su nombre la “------------------------” número ------------------------; C) Que se dio de alta dicha cuenta; D) Que se procedió al registro de firmas para librar cheques a cargo de la citada cuenta; E) Que la hoy probable responsable ------------------------, realizó en la “------------------------” número ------------------------ diversos movimientos de depósitos y retiros, bajo las modalidades de cheques expedidos, pago de intereses y comisiones; y F) Que la “------------------------” numero ------------------------ quedó en ceros, es decir, que no contaba con saldo a favor del titular, por los movimientos de depósitos y retiros en ella efectuados.
5. Adicionalmente, en la etapa procesal del juicio ordinario mercantil, el 09 (nueve) de julio de 2008 (dos mil ocho), tuvo verificativo la audiencia de deshogo de pruebas respecto a las confesionales a cargo de la persona moral ------------------------------------------------, y de la hoy inculpada ------------------------, misma que se desahogó legalmente ante la presencia del Juez ------------------------ de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, asistido de su Secretaria de Acuerdos y en el local que ocupa dicho juzgado, ubicado en la Avenida Niños Héroes, Colonia Doctores, Delegación ------------------------; siendo el caso que al desahogo de las confesionales sólo compareció la hoy inculpada señora ------------------------, y en la que sólo se desahogó la confesional de la hoy inculpada, quien fue protestada en términos de ley y apercibida para que se condujera con verdad en las diligencias en que iba a intervenir, quedando impuesta de las penas en que incurren los falsos declarantes, por lo que acto seguido, ante la autoridad judicial respecto a las posiciones debidamente calificadas de legales y relacionadas con la litis mercantil propuesta, declaró lo siguiente: A la pregunta número 20 cuyo contenido fue “20.- Que las inversiones de usted prevalecientes a octubre de 1988 eran dos por importes de $635,652.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS 00/100 M. N.), de la antigua denominación y $6’633,345.00 (SEIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 00/100 M. N.) de la antigua denominación, que vencieron con fecha 20 de octubre de 1988”, pregunta que la hoy inculpada respondió manifestando “Que No“; a la pregunta número 21 cuyo contenido fue “21.- Que usted utilizó los recursos a que se refiere la posición inmediata anterior para la apertura de una cuenta maestra de cheques ante ------------------------ con el número ------------------------”, interrogante que la hoy inculpada respondió manifestando “Que no”; a la pregunta número 22 cuyo contenido fue “22.- Que en la cuenta a la que se refiere la posición anterior, también fueron depositados por usted los recursos de las inversiones documentadas en los recibos números 1489882, 1490332 y 1624107”, pregunta que la hoy inculpada respondió manifestando “Que No“; a la pregunta número 24 cuyo contenido fue “24.- Que los movimientos de depósito y retiros en la cuenta número ------------------------, se realizaron por usted bajo la modalidad de cheques, intereses y comisiones”, interrogante que la hoy inculpada respondió manifestando “Que no”; a la pregunta número 25 cuyo contenido fue “25.- Que el último movimiento habido en la cuenta número ------------------------ a nombre de usted ante ------------------------, se llevó a cabo el día 31 de marzo de 1992”, pregunta que la hoy inculpada respondió manifestando “Que No“; a la pregunta número 26 cuyo contenido fue “26.- Que el último movimiento en la cuenta a que se refiere la posición inmediata anterior, correspondió a un cargo de $30,434.00 (TREINTA MI (sic) CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS 00/100 M. N.), de la antigua denominación”, interrogante que la hoy inculpada respondió manifestando “Que no”; a la pregunta número 26 cuyo contenido fue “27.- Que a partir del día 31 de marzo de 1992 la cuenta de cheques aludida en posiciones anteriores, quedó en ceros en lo que corresponde a su saldo, pregunta que la hoy inculpada respondió manifestando “Que No“; respuestas dadas a los cuestionamientos formulados por y ante la autoridad judicial de los que se desprende que la inculpada, señora ------------------------, niega categóricamente
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