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Poder Electoral


Enviado por   •  24 de Mayo de 2015  •  1.592 Palabras (7 Páginas)  •  146 Visitas

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El sufragio es uno de los elementos fundamentales de un Estado Democrático, el mismo tiene su origen en nuestro país desde el siglo XIX.fue en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que se crea lo que hoy conocemos como Poder Electoral.

La soberanía en Venezuela se ejerce a través del sufragio. Establece el artículo 63 de la Constitución que el sufragio es un derecho. Se ejerce mediante votaciones libres, universales, directas y secretas

Poder Electoral

El Poder Electoral dirige, organiza, y vigila todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los cargos públicos así como

el Poder Electoral ejercido por órgano del consejo nacional electoral que tiene por objeto regular el establecimiento de las bases, mecanismos y sistemas que garantizan el advenimiento del nuevo ideal u objetivo democrático. Una nueva cultura electoral cimentada sobre a la participación ciudadana.

En otro orden de idea tenemos que se expresa esta nueva concepción a través de la implementación de instituciones políticas como la elección de cargos públicos; el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y las asambleas de los ciudadanos y ciudadanas, cuyas decisiones revisten el carácter de vinculante entre otros. Son estos los novedosos medios que le garantizan al pueblo la participación y protagonismo en el ejercicio de su soberanía.

En cuanto al Poder electoral se refiere el articulo 292 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece lo siguiente: "El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector y, como organismo subordinado a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva".

Antecedentes

En Venezuela, la creación del Poder Electoral corresponde a un desarrollo constitucional y legislativo que se inicia aún antes de 1936, cuando, a través de la Ley de Censo Electoral y Elecciones del 11 de Septiembre de ese mismo año, se crea el Consejo Supremo Electoral

En 1970 se da un salto cualitativo en el fortalecimiento del Consejo Supremo Electoral cuando, a través de la Ley Orgánica del Sufragio, se le da carácter permanente al registro electoral, y se le atribuye la fiscalización del proceso de identificación.

La Ley Orgánica, desarrolla el articulado contemplado en la Carta Magna, regula la integración, funcionamiento y organización del Poder Electoral, sirve de marco normativo para la ley que regule los procesos electorales, el Registro Civil, y otras leyes de próxima y obligada promulgación.

El Poder Electoral tiene por función:

Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan.

Formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y administrativa autónomamente.

Emitir directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas.

Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones.

La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos.

Organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos en los términos que señale la ley

Mantener, organizar, dirigir y supervisar el registro civil y electoral.

Organizar la inscripción y registro de las organizaciones con fines políticos y velar porque éstas cumplan las disposiciones sobre su régimen establecidas en la Constitución y la ley

Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones con fines políticos.

Las demás que determine la ley.

Consejo Nacional Electoral

El Consejo Nacional Electoral es el ente rector del Poder Electoral, responsable de la transparencia de los procesos electorales y referendarios; garantiza a los venezolanos y las venezolanas, la eficiente organización de todos los actos electorales que se realicen en el país

Nace como Consejo Supremo Electoral el 11 de septiembre de 1936 a través de la Ley de Censo Electoral y de Elecciones. Es la representación visible del Poder Electoral. Desde el año 1997, con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, deja de llamarse Consejo Supremo Electoral, para llamarse con el nombre que conocemos actualmente pero es 1999, cuando la nueva constitución le otorga el rango de máximo órgano del Poder Electoral.

Según la Ley Orgánica del Poder Electoral: "El Consejo Nacional Electoral es el órgano rector del Poder Electoral, tiene carácter permanente y su sede es la capital de la República Bolivariana de Venezuela.

Ejerce sus funciones autónomamente y con plena independencia de las demás ramas del Poder Público, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución y en la ley."

El Consejo Nacional Electoral, es un cuerpo colegiado formado por 5 Rectores, los cuales son:

Tibisay Lucena como Presidenta,

Sandra Oblitas como Vicepresidenta,

Vicente Díaz como Presidente de Participación Política y Financiamiento,

Socorro Hernández Miembro de la Junta Nacional Electoral, y

Tania D´Amelio como Miembro de la Comisión de Registro Civil y Electoral.

Misión

La misión del Consejo Nacional Electoral es Ejercer como órgano rector del Poder Electoral la organización, administración y supervisión de todos los actos relativos a procesos electorales a realizarse en el ámbito nacional, regional, municipal y parroquial, a través de la Junta Nacional Electoral.

Estructura

El CNE dirige tres organismos subordinados siguientes:

La Junta Electoral Nacional: es un órgano subordinado del Consejo Nacional Electoral. Tiene a su cargo todos los actos relativos al desarrollo de los procesos electorales y de referendos, previstos en la Constitución de la República.

La Comisión de Registro Civil y Electoral: es el órgano a cuyo cargo está la centralización de la información del registro del estado civil y electoral.

La Comisión de Participación Política y Financiamiento es el órgano a cuyo cargo está promover la participación ciudadana en los asuntos públicos Controla, regula e investiga los fondos de las agrupaciones con fines políticos, y el financiamiento de las campañas y de los ciudadanos o ciudadanas que se postulen a cargos de elección popular por iniciativa propia.

Integración

El Consejo Nacional Electoral está integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos; tres de ellos postulados por la sociedad civil, uno por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales, y uno por el Poder Ciudadano.

Los tres integrantes postulados por la sociedad civil tendrán seis suplentes en secuencia ordinal, y cada uno designado por las universidades y el Poder Ciudadano tendrá dos suplentes, respectivamente.

Principios

El Poder Electoral tiene como principios fundamentales:

La independencia orgánica

La autonomía funcional y presupuestaria

La despartidización de los organismos electorales

La imparcialidad

La participación ciudadana

La descentralización de la administración electoral

La transparencia

La celeridad en el acto de votación y escrutinio

Bases Legal

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)

Ley Del Poder Electoral (2002)

1.- Regula la organización y funcionamiento del Poder Electoral

2.- Desarrolla sus competencias y las de sus órganos subordinados: la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento.

3.- Concede la administración del Consejo Nacional Electoral a cinco (5) miembros principales con sus respectivos suplentes, denominados "Rectores Electorales" elegidos por la Asamblea Nacional

Ley orgánica de Procesos Electorales (2009)

1.- Se establece la auditabilidad y certificación del sistema electoral automatizado.

2.- El Consejo Nacional Electoral establecerá las circunscripciones electorales aplicando los índices poblacionales.

3.- Se instituye los principios de publicidad, continuidad, eficacia administrativa y automatización del Registro Electoral.

4.- Autoriza al Consejo Nacional Electoral a financiar la difusión de propaganda electoral en los medios de comunicación, así como iniciar averiguaciones administrativas por el incumplimiento de la normativa.

Ley Orgánica del Registro Civil (2009)

1.- Se establece la obligatoriedad y gratuidad en la inscripción de los actos declarativos, constitutivos o modificatorios del estado civil.

2.- Se crea el Sistema Nacional de Registro Civil, el cual, entre otro avances, permite asignar un Número Único de Identidad para la partida de nacimiento, cédula, pasaporte y acta de defunción, con el fin de que sea universal para todos los actos civiles y todas las bases de datos del país se acoplen a través de la creación del Expediente Civil Único.

3.- Se automatizan los procesos, estableciendo la conexión directa entre el Registro Civil y el Registro Electoral, permitiendo la incorporación automática de las personas al padrón de votantes en el momento que alcancen la mayoría de edad.

Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (1998)

1.- Se crea el Consejo Nacional Electoral en sustitución del Consejo Supremo Electoral y se ratifica la autonomía plena que posee y ejerce como máxima autoridad en la materia.

2.- Se despartidiza el organismo, es decir, que ningún partido político tiene representación formal en su estructura y funcionamiento.

3.- Se reduce el número de miembros que integran la directiva del organismo a siete (7).

4.- Se establece como principio la automatización del proceso de escrutinio.

5.- Se crea la Gaceta Electoral como instrumento oficial del Consejo Nacional Electoral para publicar sus resoluciones y otros actos.

6.- Establece la implementación del Servicio Electoral Obligatorio, el cual se refiere a que todos los electores tienen el derecho y están obligados a prestar sus servicios en las funciones electorales que se le asignen -mediante sorteo- para que formen parte de la administración electoral, salvo las excepciones previstas en la ley.

Conclusiones

La concepción de Poder Electoral está asociada a la idea del poder de los electores, ejercido a través del voto para escoger a sus representantes y gobernantes en los poderes públicos. El Poder Electoral, en consecuencia, es garante de la soberanía que reside en el pueblo, quien lo ejerce a través del voto, lo acredita a través de los órganos electorales y cuya esencia es el ciudadano.

Corresponde al Consejo Nacional Electoral la toma de decisiones en torno al funcionamiento, la coordinación y supervisión de los órganos subordinados. Los integrantes del Consejo Nacional Electoral son denominados Rectoras o Rectores Electorales.

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