Portuaria Quetzal Guatemala
Dilan1211 de Mayo de 2015
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EMPRESA PORTUARIA QUETZAL
La empresa portuaria quetzal Fue construido en 1980 y el 18 de marzo de 1983 se inauguraron los Servicios Portuarios, los que se comienzan a prestar en condiciones limitadas dado que el complejo portuario se encontraba en construcción. En noviembre de 1985 se concluye la primera fase constructiva del puerto, se inaugura el Puerto Quetzal y se crea la Empresa Portuaria Quetzal para su administración.
Días No Laborables
1. Semana Santa: De las 21:30 horas del Jueves Santo a las 07:00 horas del
Sábado de Gloria.
2. Día Internacional del Trabajo: De las 00:00 horas del día 01 de mayo a las
07:00 horas del 02 de mayo.
3. Navidad: De las 14:30 horas del día 24 de diciembre a las 07:00 horas del
26 de diciembre.
4. Año Nuevo: De las 14:30 horas del día 31 de diciembre a las 07:00 horas
del día 02 de enero.
Si la demanda de servicios lo exige, la Gerencia de Operaciones, autorizara y
coordinara la prestación de servicios en los días indicados en este Artículo.
Primer Turno 07:00 a 14:30 horas
Segundo Turno 14:30 a 21:30 horas
Tercer Turno 21:30 a 07:00 horas
SERVICIOS PRESTADOS POR PARTICULARES
La Empresa Portuaria Quetzal considera que es importante la inversión privada en
el puerto y que algunos servicios deben ser prestados por particulares, por lo que
se establecen las disposiciones que regulen relaciones entre Empresa Portuaria
Quetzal y empresas particulares:
a) Los servicios se enmarcan dentro del más amplio sentido de la actividad
portuaria, que se puede y deben prestar.
b) La autorización de servicios particulares deben contribuir a mejorar los
servicios existentes o implementar nuevos servicios, para mejorar la
capacidad instalada del puerto e incrementar su competitividad a nivel
regional o por ende garantizar su crecimiento.
c) Se formaliza a través de un contrato y debe apegarse a lo establecido en la
tarifa vigente y su reglamento, así como al presente Normativo.
d) Las condiciones del arrendamiento de áreas, están reguladas en el
Normativo para el Arrendamiento de Áreas y Locales de la Empresa
Portuaria Quetzal.
Autorización para la Prestación de Servicios
a) Toda autorización debe ser formalizada a través de un contrato.
b) La autorización no conlleva a la prestación exclusiva de la actividad,
por lo que Empresa Portuaria Quetzal se reserva el derecho de
prestar la misma actividad o de conceder nuevas autorizaciones
relacionadas con la misma.
c) Se circunscribirá la función a la prestación de las actividades para las
cuales se otorgue la autorización, quedándole prohibido ejercer
cualquier otra.
d) Los derechos que conlleven una autorización no podrán ser
transferidos, cedidos, enajenados ni subcontratados.
e) Los trabajadores debidamente organizados en Cooperativas y el
Régimen de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de
Empresa Portuaria Quetzal, tendrán prioridad sobre cualquier otra
organización o empresa, para que se les otorgue autorización de
servicio siempre que su oferta sea igual o mejor que cualquier otra.
f) El cumplimiento de las disposiciones y reglamentos establecidos por
Empresa Portuaria Quetzal, serán motivo de revocatoria del objeto
de la autorización, sin responsabilidad alguna para Empresa
Portuaria Quetzal.
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