Presentacion
joseaveridge26 de Abril de 2014
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CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD COLECTIVA
CAPITULO PRIMERO
NOMBRE, ESPECIE, DOMICILIO, OBJETO
Y DURACIÓN DE LA SOCIEDAD
Art. 1o. La sociedad girará bajo la razón social "Computadores de la Costa", tendrá el carácter de sociedad regular colectiva de comercio, con domicilio principal en la ciudad de Barranquilla, Departamento el Atlántico, República de Colombia, pero ella se reserva la facultad de mudar su domicilio y de darse otro u otros, así como también la de crear sucursales y agencias en otros lugares dentro o fuera del país.
Art. 2o. El objeto social versará primordialmente sobre: “elaboración de proyectos de planta y el secundario la venta de Equipos de oficina”
Art. 3o. La sociedad durará por el término de (___) años, contados a partir del día primero de enero del corriente año, fecha desde la cual inició operaciones esta Sociedad, término que podrá ser prorrogado o darse por expirado antes de su vencimiento, en las condiciones y mediante el lleno de los requisitos en los presentes estatutos.
CAPÍTULO SEGUNDO
CAPITAL Y SOCIOS
Art. 4o. El capital de la sociedad es de ________________ DE PESOS ($____________) moneda legal colombiana, el cual para todos los efectos que fueren necesarios se considera representado o dividido en _________________ MIL PESOS ($_____________) derechos o partes de interés de un valor nominal de _______________ PESOS ($_________) cada uno, derechos o partes que no estarán representados por títulos ni son negociables en el mercado pero si pueden cederse por escritura pública previo cumplimiento de los requisitos que más adelante se estipulan.
Art. 5o. El capital social y los derechos o partes de interés en que se halla dividido, ha sido aportado por los socios constituyentes así:
Por _________________, ________________ MIL PESOS ($_________) derechos o partes, por valor de _________________ PESOS ($___________) cada uno, decir, en total ________________ MILLONES PESOS ($__________).
Por _______________, _________________ MIL PESOS ($_______________) derechos o partes, por valor de ___________ PESOS ($______________) cada uno, para un total de _________________ MILLONES DE PESOS ($_______________).
Suman los anteriores aportes el capital social, _______________ MILLONES DE PESOS ($_______________) moneda legal colombiana.
Art. 6o. Los socios han suscrito y pagado directamente sus respectivos aportes, a entera satisfacción de la sociedad y los socios, en la forma que seguidamente se dice: Los socios ____________ y _________ en dinero efectivo que entregaron a la sociedad y que ésta declara recibido; y el socio __________________, mediante el traspaso que hizo a su favor de la sociedad del bien que más adelante se determina.
CAPÍTULO TERCERO
DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD
Art. 7o. La sociedad tiene los siguientes órganos de dirección y administración:
A) La Asamblea General de Socios;
B) La Junta Directiva; y
C) Un Gerente General, un Gerente Administrativo y un Gerente de Ventas.
PARÁGRAFO. La disposición de este artículo obedece a la delegación expresa e irrevocable que la totalidad de los Socios hace de las facultades directivas y administrativas que de derecho les corresponden a todos y cada uno de ellos, a favor de los expresados organismos.
Art. 8o. La Administración, Representación y uso de la razón social, por delegación expresa de los socios, corresponde al Gerente General, al Gerente Administrativo y al Gerente de Ventas, quienes a este efecto podrán obrar conjuntamente o separadamente. Esta delegación, que obliga igualmente a los causahabientes de los socios a cualquier título, no se opone a que la Gerencia General, la Gerencia Administrativa y la Gerencia de Ventas queden sometidas, en cuanto a la Representación y Administración de la Sociedad, a lo prescrito en los estatutos de la Compañía.
CAPÍTULO CUARTO
ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS
Art. 9o. La Asamblea General de Socios se compone de todos los socios de la compañía y a ella corresponden la plenitud de las facultades directivas y dispositivas, cuyo ejercicio queda sometido a las reglamentaciones contenidas en los estatutos de la Compañía.
Art. 10. La Asamblea General de Socios se reunirá en forma ordinaria cada seis (6) meses en el domicilio social de la Empresa, en la fecha y hora que determine el Gerente General o el Gerente Administrativo o el Gerente de Ventas, mediante aviso dado por escrito a los socios con cinco (5) días de anticipación por lo menos. También se reunirá extraordinariamente, en cualquier tiempo, en el domicilio social de la Empresa o en el que de común acuerdo determinen los socios, por convocatoria hecha por la misma Asamblea, o por la Junta Directiva, o por uno de los Gerentes o por un número de socios que representen las dos terceras partes del capital social, en este evento.
La convocatoria deberá hacerse por escrito y con anticipación no menor de diez (10) días a la fecha fijada para su reunión.
Art. 11. Las reuniones de la Asamblea General de Socios serán presididas por el Gerente General cuando éste sea socio de la Compañía, y a falta de éste o si no tiene el carácter de socio, por la persona que designa los concurrentes. A cada socio le corresponderán tantos votos o cuantos derechos o partes posea en la Sociedad. Actuará como secretario, la persona que designe el Presidente.
PARAGRAFO. Las deliberaciones, resoluciones y, en general, todas las actuaciones de la Asamblea General, se harán constar en un libro de actas previamente registrado en la Cámara de Comercio de la ciudad de ________________ y cada acta será autenticada con la firma del Presidente y del Secretario.
Art. 12. Constituirá quórum para deliberar y decidir en la Asamblea General, la asistencia de la mitad más uno de los socios, siempre que éstos representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento (51%) del capital social y salvo que se trate de tomar decisiones para las cuales los estatutos requieran votación especial.
Art. 13. Cuando haya empate en cualquiera elección o votación que se efectúe en la Asamblea, se hará de nuevo la elección o la votación en que ello ocurra, y si se repite el empate se entenderá negado lo que se discute o en suspenso el nombramiento que se proyecte.
Art. 14. Son funciones de la Asamblea General de Socios:
A) Designar la Junta Directiva, el Gerente Administrativo, el Gerente de Ventas y el Revisor Fiscal, en el evento de que se considere conveniente crear este último cargo, como también determinarles el período de su ejercicio, fijarles o no remuneración y removerlos libremente;
B) Examinar, objetar y fenecer definitivamente las cuentas y el balance que el Gerente General, o quien lo represente, debe presentar al final de cada ejercicio social;
C) Considerar el informe y proyecto sobre distribución de utilidades y su forma de pago;
D) Crear fondos de capitalización y de reserva que considere convenientes y disponer acerca de las utilidades con que hayan de mantenerse y acrecentarse;
E) Reformar los presentes estatutos y decretar la transformación, la fisión o incorporación de la sociedad en otra y otras y con otra u otras compañías;
F) Decretar la prórroga de la Sociedad y su disolución extraordinaria, en los casos y con el lleno de los requisitos previstos por los estatutos;
G) Decretar la enajenación, el aporte o gravamen de la totalidad de los bienes y la formación de nuevas sociedades de cualquier clase, autorizado para ello a alguno de los tres Gerentes o a la persona en quien para casos concretos quiera la Asamblea General delegar la ejecución o formalización del acto acordado;
H) Aprobar o improbar la cesión de derechos o partes de interés social a favor de extraños;
I) Crear cargo de Revisor Fiscal si lo considera necesario;
J) Autorizar a los Gerentes, o a quien haga sus veces, para la celebración de contratos cuya cuantía exceda en cada caso de _____________ MILLONES DE PESOS ($________________) moneda corriente;
K) Dictar con sujeción a las normas legales y estatutarias el procedimiento que debe regir la liquidación de sociedad, designar liquidador o liquidadores y fijarles su remuneración;
L) Autorizar a cualquiera de los Gerentes o a quien haga sus veces, para que actúe en representación de la Sociedad, en el otorgamiento de la respectiva Escritura en donde se consagren las disposiciones de la Asamblea;
M) Delegar en la Junta Directiva las atribuciones que estime convenientes para uno o varias negociaciones claramente especificadas y determinando las funciones que delegue en cada caso;
N) Aprobar la enajenación, gravamen o limitación de los bienes raíces de la sociedad, como también los actos o contratos que no tengan relación con el objetivo primordial de la Sociedad;
O) Aprobar o improbar el cambio de domicilio de la sociedad, la creación de nuevos domicilios y el establecimiento de Sucursales o Agencias;
P) En fin ejercitar todas las funciones administrativas y, dispositivas que como órgano supremo de la Sociedad le corresponda, como también las que estime convenientes a la buena marcha de la Sociedad y que no estén asignadas de manera expresa a la Junta Directiva o a los Gerentes.
Art. 15. Se requerirá el voto favorable de los socios que representen por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%) del capital social, para los siguientes asuntos:
A) Decretar aumento de capital,
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