Presupuesto
meris21 de Julio de 2011
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PRESUPUESTO NACIONAL
INTRODUCCIÓN
1.- LA ONAPRE
2.-RESEÑA HISTÓRICA
3.-OBJETO
4.-ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
5.-ATRIBUCIONES
6.-RESUMEN DE LAS PRINCIPALES LEYES APLICABLES A LA MATERIA
6.1 Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
6.2 Ley Orgánica del Régimen Presupuestario
6.3 Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
6.4 Ley Orgánica de la Contraloría General de La República y del Sistema Nacional de Control Fiscal
6.5 Ley Orgánica de Administración Pública
7.-DEFINICIONES DE PRESUPUESTO PÚBLICO.
8.- TIPOS DE PRESUPUESTO
9.- PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO
10.- CLASIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
11.-ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO
12. ANÁLISIS DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS.
13. PREMISAS PRESUPUESTARIAS PARA EL AÑO 2010 Y 2011
14. ESTADÍSTICAS DE LOS DOS ÚLTIMOS AÑOS SOBRE GASTOS CORRIENTES Y GASTOS DE CAPITAL Y DISTRIBUCIÓN DE LOS GASTOS POR ORGANISMOS.
15. DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS. INGRESOS CORRIENTES Y ENDEUDAMIENTO.
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÓN
El presupuesto nacional es un documento complejo que ofrece una relación detallada de los ingresos y egresos asignados a cada uno de los poderes públicos del Estado: Poder Municipal, Poder Estadal y el Poder Nacional. Este último está dividido en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Por lo tanto, el Presupuesto Nacional es el reflejo de las políticas macroeconómicas, financieras y fiscales de la Republica La composición de sus ingresos y la orientación de sus gastos son determinantes en la vida económica, social y política del país. De allí que la elaboración, composición y orientación del Presupuesto Nacional, son factores claves que no deben tener otro objetivo que el mejorar la calidad de vida de los venezolanos. Por ello, el Presupuesto es uno de los más importantes instrumentos en materia de políticas públicas con que cuenta el Estado. Es un indicador de las prioridades que establece un gobierno y nos muestra la importancia que se le asigna a un determinado sector o región.
El Presupuesto Nacional debe ser un elemento de planificación y control expresado en términos económicos y financieros dentro del marco de un plan estratégico, capaz de ser un instrumento o herramienta que promueva la integración en las diferentes áreas que tenga el sector público, así como la ejecución de programas establecidos para su cumplimiento en términos concretos y con una estructura claramente definida. Para la planificación del Presupuesto Nacional, este debe estructurarse de manera que facilite el análisis de los efectos económicos y sociales de las actividades del gobierno, así como la formulación de los programas que elabora este para cumplir con sus funciones. De esta forma, la Asamblea Nacional, el Ejecutivo y los ciudadanos comunes sabrán lo que se quiere hacer con los dineros públicos.
El Presupuesto de la Nación debe poder ser ejecutado de manera expedita y al
mismo tiempo, facilitar la contabilidad fiscal, para así poder establecer las responsabilidades que caben a los funcionarios en la recaudación de los impuestos, en la administración de los fondos y en la disposición de los gastos.
Del estudio de la actividad financiera del Estado, se observa que para cumplir sus fines el Estado necesita realizar gastos y obtener recursos, manejando importantes cantidades de dinero, que por un principio ineludible de orden deben ser calculadas y autorizadas de antemano.
Dice Duverger (Instituciones Financieras, p 219) que en materia financiera, a diferencia de sus otras actividades, los estados modernos tienen una actividad planificada en forma precisa; el conjunto de sus gastos y sus recursos es previsto con adelanto, generalmente para un año, según un cuadro detallado que tiene carácter obligatorio. En principio ningún gasto puede ser efectuado ni ningún ingreso percibido fuera de los incluidos en el plan. Este programa financiero anual es lo que se denomina presupuesto.
En nuestro país el Plan de la Nación es el instrumento fundamental para organizar el desempeño de la acción del Estado Venezolano en función de alcanzar los grandes objetivos contenidos en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. En la arquitectura institucional del Sistema Nacional de Planificación establecido desde el año 2001, el Plan de la Nación es el documento oficial de mayor rango después de la Constitución Nacional, como herramienta de planificación de imperativo cumplimiento para todas las instituciones, instancias y niveles de la administración pública centralizada y descentralizada. Todas las instituciones del sector público deben adaptar sus planes y programas para contribuir en sinergia al logro de los objetivos y metas establecidos en este documento, instrumento de planificación, cuyo nombre formal es Lineamientos Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013, también denominado “Proyecto Nacional Simón Bolívar.
1.- ORGANO RECTOR DEL SISTEMA PRESUPUESTARIO PÚBLICO
La OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO (ONAPRE): es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP, Gaceta Oficial N° 38.661, del 11de Abril de 2007).
2.- RESEÑA HISTÓRICA
A partir de 1958, se inició en Venezuela un proceso de Reforma en la Administración Pública cuyo objetivo era adecuarla a las exigencias que planteaba el Estado Moderno. De manera casi simultánea se comienzan a realizar los estudios que daban como resultado la implantación del "Sistema de Planificación"(Decreto 492 del 30 de Diciembre de 1958), creación de la Comisión de la Administración Pública Nacional (Decreto 287, del 27 de Junio de 1958) e inicio de la modernización del Sistema Presupuestario, con la entrega al Soberano Congreso de la República del Presupuesto por Programas como un anexo explicativo de la Ley de Presupuesto por Programas, que se seguía presentando bajo la concepción tradicional, la promulgación de la Ley de Régimen Presupuestario, obligó de manera inmediata al Ejecutivo Nacional a poner en marcha una reforma presupuestaria y contable.
En cumplimiento a lo pautado en la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario se creó la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), como órgano rector del sistema presupuestario público venezolano, con una estructura administrativa básicamente similar a la que contaba la Dirección Nacional del Presupuesto, previo a la reforma presupuestaria, con excepción del Área de Presupuestos Regionales, que a partir de la creación de la OCEPRE implementó la figura de Coordinadores Regionales con sede en el interior del país, quienes tenían por función asistir a las Corporaciones Regionales, Gobernaciones de Estado y a los Concejos Municipales. La estructura original fue modificada en febrero de 1981 con el objeto de adecuarlas a los esquemas globales sectoriales y regionales previstos en el Plan de la Nación.
Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, la cual propende la integración de la administración financiera del Estado, el cual se compone de los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad regulados por dicha ley, así como los sistemas tributario y de administración de bienes regulados por otras leyes, se ordena la organización del sistema, creando las Oficinas Nacionales, dentro de las cuales se instituye la Oficina Nacional de Presupuesto, ONAPRE.
3.- OBJETO
La Oficina Nacional de Presupuesto, es el Órgano rector del Sistema Presupuestario Público Nacional, proporcionando asistencia técnica en las diferentes etapas del proceso presupuestario a los órganos y entes regidos por la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (L.O.A.F.S.P), con el fin de generar las condiciones que garanticen la gestión de las finanzas públicas, en el marco de los principios constitucionales y legales que la rigen.
4.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
5.- ATRIBUCIONES DE LA ONAPRE: (ARTÍCULO 21 LOAFSP)
La Oficina Nacional de Presupuesto es una dependencia especializada del Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas y tiene Las siguientes atribuciones:
1. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.
2. Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público.
3. Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas. y el Banco Central de Venezuela,
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