Principios Fundamentales De La Constitucion De Venzuela
karelismedran14 de Octubre de 2013
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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Preámbulo
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de dios, el ejemplo histórico de nuestro libertador simón bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana, con el fin supremo de refundar la república para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en la ONU estado de justicia, federal y descentralizado, que consolidé los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley y las futura generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social, ya la igualdad pecado discriminación ni subordinación Alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulso y consolidé la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universales e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad, en ejercicio de su poder originario representado por la asamblea nacional constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.
Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.
Artículo 5.
La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el poder público. los órganos del estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.
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Artículo 6
El gobierno de la república bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.
Artículo 7.
La constitución es la norma suprema y el fundamento
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