Principios Generales Del Derecho Y Principios Específicos O Específicamente Relevantes Del Derecho Del Trabajo.
amaya.939 de Abril de 2013
586 Palabras (3 Páginas)709 Visitas
Principios de aplicación al Derecho del Trabajo:
A.- Principio pro operario.
“IN DUBIO PRO OPERARIO”, primer principio del derecho del trabajo. En caso de duda al favor del trabajador. Estamos hablando de cuál es la interpretación con la que nos vamos quedar. Regla hermenéutica. En aquellos casos en los que quepa dos o más interpretaciones de una misma norma, tendremos que optar por la interpretación que se a más favorable para el trabajador. No está expresamente recogido en la legislación laboral. Aunque se suele decir que el principio de norma más favorable y la más beneficiosa, son manifestaciones de este. Por lo tanto, es el principio más característico del derecho del trabajo.
B.- Principio de norma más favorable.
En este caso se trata de seleccionar entre distintas normas que se encuentran en vigor y cual va a resultar más aplicable al supuesto hecho en concreto. Aplicaremos aquellas normas que resulten más favorables para el trabajador con independencia del rango jerárquico. Las otras que no resulten seleccionadas quedan postergadas aunque sigan en vigor. Tres posibles tipos de comparación.
- Principio de sustitución: según la sustitución, comparan las normas globalmente con independencia de que los contenidos sean o no homogéneos. Esta es rechazada por la jurisprudencia.
- Técnica de espigueo: compara art. por art. de cada una de las normas. Tampoco afecta la jurisprudencia.
- Técnica de conglogamiento: la comparación se va a hacer por bloqueos normativos homogéneos. Se aplicara el bloque normativo más favorable para el trabajador en cómputo anual. Admite la jurisprudencia y aparece en el art. 33 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué pasa si la que es aplicable es la que jerárquicamente es inferior? ¿Qué pasa con el principio de jerarquía normativa?
Las normas superiores nacen con vocación de ser superadas por las de rangos inferiores. De tal forma que si aplicamos la inferior está aplicando le de rango superior mejorada. No atenta con el principio de jerarquía normativa.
C.- Principio de condición más beneficiosa
Vamos a comparar condiciones de trabajo. Busca mantener que el trabajador puede mantener aquellas condiciones o aquellos derechos adquiridos a pesar de que con posterioridad se dicte una norma que con carácter general establezca unas condiciones de trabajo menos favorables que aquellas que están disfrutando a título individual el trabajador.
Estas condiciones más beneficiosas tienen que ser introducidas en el patrimonio del trabajador mediante negocios jurídicos singulares, esto es, a través de su contrato de trabajo por decisión unilateral del empresario o por pactos de carácter extra estatutario.
El empresario puede conceder unilateralmente esos beneficios, lo que no podrá hacer es quitarnos ese beneficio. Porque esa condición que nos concedió él se ha incorporado al propio contrato de trabajo. Y para modificar las condiciones del trabajo sería necesaria la voluntad de las partes.
Este principio se ve suavizado por el principio de absorción, es decir que si aparece una norma posterior que mejora las condiciones que yo tengo a título individual no se van a sumar a las que yo ya tengo, sino que se ven absorbidas o compensadas con mi condición más beneficiosa. También se ve afectado por el propio Estatuto de los Trabajadores cuando el art.41 establece o recoge la posibilidad de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo por causas técnicas, organizativas, económicas y de producción.
D.- Principio de irrenunciabilidad de derechos.
A diferencia de lo que se dice en el derecho civil, en el derecho del trabajo el trabajador no puede disponer válidamente ni antes ni después de la adquisición de aquellos derechos que tenga en un convenio colectivo como indisponibles. El empresario puede renunciar
...