ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Principios Y Valores Cooperativos


Enviado por   •  1 de Octubre de 2013  •  5.043 Palabras (21 Páginas)  •  642 Visitas

Página 1 de 21

Doctrina de la Cooperativa

Unidad 3: identificación

Actividad 3: Evaluación principios y Valores (Calificable)

Aportes de la docente Dora Elsy Sierra García. Sede Medellín

Procedimiento

Apreciado estudiante bienvenido a la actividad de valores y principios, que usted realiza enequipo durante las semanas6 y 7. Este ejercicio permite evidenciar lo aprendido durante este curso, así como profundizar haciendo la reflexión y aplicación de la lectura del mapa conceptual que usted acaba de leer.

Recuerde que la plataforma tiene a su disposición unas herramientas, que le sirven para interactuar con sus compañeros de equipo. Allí dejan las evidencias pertinentes de sus aportes, ya que ellas constituyen un aspecto importante en la evaluación.

Para esta actividad, primero busque en Internet los estatutos de una cooperativa Colombiana, luego identifique en ellos la aplicación de los principios y valores cooperativos, después de la interacción con los compañeros de equipo para llegar a un consenso, desarrolle la siguiente Guía.

Este trabajo es calificable, tiene un valor del 12,5% del tercer corte de notas.

Recursos de apoyo para el desarrollo de la actividad

• Objeto de información: “Mapa conceptual procesos y principios”.

• Juego: “Quién quiere ser millonario, principios y procesos”

• Estatutos de una cooperativa

• Requerimientos de entrega:

Una vez haya diligenciado la guía, en equipo, suba el archivo a la plataforma de manera individual, de acuerdo con las siguientes instrucciones:

Haga clic en la página principal.

Haga clic en “actividades Tercer corte 25%”.

Haga clic en “Enviar Actividad 3: Valores y principios”.

Envíe por “adjuntar archivo”, con el siguiente nombre

Principiosvalores_nombreestudiante

Curso Doctrina de la Cooperativa

Cuadro Actividad 3

Fecha de Elaboración: 5 de abril de 2013 Equipo N°. 8

Nombre del estudiante: Alexandra Guanotoa Maldonado

Nombre cooperativa: COOPILLANTAS LTDA

Página Web de la empresa cooperativa: http://www.coopillantas.coop/modules.php?name=Content&pa=showpage&pid=132

VALORES UNIVERSA LES

DEL

COOPERATIVISMO Valor Definición del valor N° y Texto del Artículo que aplica el valor Explique la aplicación práctica del valor en la cooperativa

Ayuda Mutua Es el intercambio de DAR y RECIBIR entre dos o más personas con resultados positivos para la salud con repercusión para el bienestar social de la Comunidad y de desarrollo del sentimiento de reciprocidad social. Es una condición natural en los seres humanos, es una necesidad de poder compartir, buscar ayuda y contacto con otras personas en las que confiar ante situaciones de alegría, de tristeza, de enfermedad, de peligro o de ansiedad. La necesidad de buscar a otros para compartir o de buscar ayuda es una tendencia natural que acompaña a las personas a lo largo de la vida. ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS, literal b) Espíritu de solidaridad, Cooperación, Participación, y ayuda mutua.

ARTICULO QUINTO. OBJETO Y ACTIVIDADES. La Cooperativa tiene los objetivos del acuerdo cooperativo: procurar la solución de los problemas económicos-sociales de sus Asociados, distribuir mejor los ingresos, proteger el salario del trabajador, desarrollar la autogestión, prestar servicios a través de la ayuda mutua para la satisfacción de las necesidades y actuar decidida e íntegramente en el movimiento de la economía social. COOPILLANTAS da la aplicación a este valor dando cumplimiento a las normas y estatutos vigentes. La ayuda mutua la podemos evidenciar como parte fundamental de los objetivos para la satisfacción de sus integrantes (como por ejemplo la capacitación de sus socios y familias).

Responsabilidad propia Es la facultad que tienen las personas para tomar decisiones conscientemente y aceptar las consecuencias de sus actos, dispuesto a rendir cuenta de ellos. Es la virtud o disposición habitual de asumir las consecuencias de las propias decisiones, respondiendo de ellas ante alguien. ARTICULO PRIMERO. NATURALEZA JURIDICA. La sociedad constituida el 16 de junio de 1946, mediante acta protocolizada en la Notaría 5a del Círculo de Bogotá bajo la escritura No.3045 del 9 de agosto de 1946, y con Personería Jurídica otorgada por medio de Resolución No. 809 del 26 de junio de 1946 emanada del Ministerio del Trabajo, Higiene y Previsión Social, es una Cooperativa Multiactiva, sin ánimo de lucro, de responsabilidad limitada, de número de Asociados y patrimonio social variable e ilimitado, regida por los presentes estatutos, el derecho colombiano y los principios universales del cooperativismo y se denomina COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA COLOMBIANA DE LLANTAS S.A. (ICOLLANTAS) Y OTRAS EMPRESAS DEL SECTOR MANUFACTURERO RELACIONADO CON LA PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA LLANTA, EL CAUCHO Y EL PLÁSTICO y cuya sigla para todos los efectos legales será COOPILLANTAS LTDA.

CAPITULO IV REGIMEN DE RESPONSABILIDAD DE LA COOPERATIVA Y ASOCIADOS ARTICULO VEINTICINCO. RESPONSABILIDAD DE LA COOPERATIVA. La responsabilidad de la Cooperativa es limitada y por lo tanto se hace acreedora o deudora ante terceros y ante sus Asociados por las operaciones que activa o pasivamente efectúe el Consejo de Administración, el Gerente o mandatarios de ella, dentro de la órbita de sus atribuciones y responde económicamente con la totalidad de su patrimonio. ARTICULO VEINTISEIS. RESPONSABILIDAD DE LOS ASOCIADOS. La responsabilidad de los Asociados para con la Cooperativa y para con los acreedores de ésta, se limita a los valores que haya aportado o que estén obligados a aportar y comprende las obligaciones contraídas por COOPILLANTAS LTDA antes de su ingreso y durante su permanencia como Asociado.

En los suministros, créditos y demás relaciones contractuales de los Asociados de COOPILLANTAS LTDA, ésta podrá exigir garantías que respalden las obligaciones, según se estipule o reglamente en cada caso por el Consejo de Administración.

PARAGRAFO. Los Asociados que se retiren o sean excluidos por cualquier causa, serán responsables de las obligaciones contraídas por la Cooperativa con terceros, dentro de los límites del artículo precedente.

ARTICULO TREINTA Y SEIS. DEVOLUCION. Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha en que se decrete la pérdida de la calidad de Asociado, será devuelto el valor de los aportes y demás derechos económicos que resulten a favor del Asociado, previa las compensaciones y cruces con obligaciones y responsabilidades.

En caso de fuerza mayor, o que los aportes sociales se encuentren invertidos en activos de lenta realización, el plazo para la devolución podrá ampliarse hasta por el termino de dos (2) anos, pudiendo reintegrarlos por cuotas o señalando turnos y reconociendo en estos casos un interés equivalente al IPC mensual.

ARTICULO CINCUENTA Y TRES. QUORUM Y DECISIONES. En las reuniones de la Asamblea General de Asociados o de Delegados se observarán las siguientes normas, sin perjuicio de las disposiciones legales vigentes:

e. Los miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia o el Gerente no podrán votar en Asamblea General cuando se trate de asuntos que afecten su responsabilidad.

ARTICULO CINCUENTA Y CUATRO. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA. Son funciones de la Asamblea General:

h. Conocer la responsabilidad de los miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia y del Revisor y Fiscal y si es del caso decidir en única instancia las sanciones a que haya lugar.

Resolver sobre las reclamaciones de los Asociados contra los actos del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia y el Revisor Fiscal, determinar las responsabilidades e imponer las sanciones que fueren necesarias. Desde la misma creación de la Cooperativa existe una responsabilidad inmersa donde cualquier decisión tendrá una consecuencia ya sea positiva o negativa dependiendo de la conciencia con que fue tomada. Es así como este valor lo evidenciamos en los diferentes artículos de los estatutos de COPILLANTAS LTDA lineando tanto su creación como la responsabilidad de la cooperativa, asociados, asamblea y demás funciones y decisiones dentro de la misma.

Democracia La democracia es el respeto a las normas para el constante mejoramiento económico, social y cultural de un pueblo.

El valor de la democracia encuentra su significado y su esencia en la participación Ciudadana, obliga a las personas al respeto de las normas de convivencia social y desde luego a los ordenamientos jurídicos, estimando el bien común, un bien más valioso que el bien de un sólo individuo. De esta forma las cosas mejoran, reconociendo con buena voluntad aquello que consideramos que está mal y reconociendo justamente lo que esté bien, respetando lo establecido y haciendo lo posible para que las normas se acerquen al ideal de justicia social. ARTICULO CUARTO. FINES. Los fines de la Cooperativa como entidad de la economía solidaria serán:

c. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa.

Este valor es practicado en la dirección y administración de la cooperativa en manos de los asociados, basado en la igualdad

Igualdad Se entiende como que todos los miembros de un grupo cooperativo tienen los mismos derechos y deberes. Incluso en la asignación de cargos directivos, en el cual no existen privilegios especiales. ARTICULO TREINTA Y DOS. FONDO DE AMORTIZACION. La Cooperativa podrá establecer un fondo para la amortización parcial o total de los aportes sociales hechos por los Asociados, cuyos recursos provendrán del remanente a que se refiere el numeral 4 del artículo 54 de la ley 79 de 1988, teniendo en cuenta que la amortización se hará en igualdad de condiciones para los Asociados.

COPILLANTAS LTDA manifiesta la igualdad en la consideración de la dignidad humana por encima de otras consideraciones.

Equidad Se refiere a la noción de justicia de dar a cada cual lo que se merece o ha ganado según sea su grado de participación o aporte y reconociendo sus condiciones y características especiales. Es decir, tomando en cuenta la diferencia. ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

f. Participación económica de los Asociados, en justicia y equidad.

Se refleja en el tratamiento justo e

Igualitario que reciben los miembros de la cooperativa como lo refleja su presentación corporativa.

Solidaridad Característica sobresaliente del sistema cooperativo que se manifiesta cuando los esfuerzos individuales hacia el objetivo común se entrelazan estrechamente para configurar un esfuerzo colectivo que supone la participación de todos. ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

b. Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua

ARTICULO QUINTO. OBJETO Y ACTIVIDADES. La Cooperativa tiene los objetivos del acuerdo cooperativo: procurar la solución de los problemas económicos-sociales de sus Asociados, distribuir mejor los ingresos, proteger el salario del trabajador, desarrollar la autogestión, prestar servicios a través de la ayuda mutua para la satisfacción de las necesidades y actuar decidida e íntegramente en el movimiento de la economía social. En desarrollo de estos objetivos la Cooperativa adelantará las siguientes actividades:

e) Prestar servicios de solidaridad en las áreas de: seguros, asistencia, salud y recreación.

ARTICULO SEXTO. UNIDADES ADMINISTRATIVAS. Las disposiciones que dicte internamente el Consejo de Administración para crear, modificar o reglamentar los servicios y actividades, señalarán los objetivos particulares correspondientes y determinarán la estructura administrativa que se requiera para el normal funcionamiento. En todo caso existirán como mínimo unidades administrativas en los siguientes campos:

d. Solidaridad

ARTICULO DECIMO. UNIDAD DE SOLIDARIDAD. La unidad de solidaridad tendrá las siguientes actividades:

a. Prestar a los Asociados servicios de solidaridad social.

b. Conceder auxilios ordinarios y/o especiales a los Asociados en caso de grave calamidad doméstica cuya reglamentación se hace a través del Fondo de Solidaridad.

c. Conceder auxilios a los Asociados en caso de muerte de sus padres, hijos, cónyuge y compañera (o) permanente. Igualmente a los beneficiarios del Asociado por muerte de este, dichos auxilios se harán con cargo al Fondo de Solidaridad

ARTICULO VEINTICUATRO. EFECTOS. Al retiro, exclusión o muerte del Asociado, se procederá a cancelar su registro, se dará por terminado los plazos de las obligaciones pactadas por el Asociado a favor de la Cooperativa, se efectuarán los cruces contables entre obligaciones, aportes, ahorros, depósitos y compensaciones respectivas y se devolverá el saldo de los aportes, ahorros, depósitos y demás derechos económicos que posea el Asociado en los términos de las disposiciones legales y estatutarias.

PARAGRAFO. Las sumas no reclamadas por los Asociados o sus beneficiarios después de tres (3) anos, una vez adelantadas las gestiones y agotados los trámites por parte de la Cooperativa para su devolución, pasarán a engrosar el fondo de solidaridad de la Cooperativa.

ARTICULO TREINTA Y NUEVE. FONDOS. Los fondos de educación y solidaridad creados por la Ley, como los que establezca la Cooperativa, se constituirán como pasivos exigibles y no se podrán destinar a fines diferentes para los cuales fueron constituidos. En el evento de la liquidación éstos serán irrepartibles entre los Asociados.

ARTICULO CUARENTA. FONDO DE SOLIDARIDAD. El Fondo de Solidaridad tiene por objetivo facilitar a la Cooperativa recursos que le permitan auxiliar a los Asociados en casos de calamidad doméstica de este o de sus familiares, y para establecer e incrementar servicios sociales.

ARTICULO CUARENTA Y DOS. APROPIACIONES. La Cooperativa podrá con cargo al ejercicio, ordenar y registrar las apropiaciones necesarias para ir incrementando durante su transcurso la Reserva de apropiación de aportes y el Fondo de Educación Cooperativa, el Fondo de Solidaridad y las demás reservas y Fondos que con fines especiales haya creado para garantizar la solidez, extensión y mejoramiento de los servicios y actividades de la Cooperativa.

ARTICULO CUARENTA Y CINCO. EXCEDENTES. Los excedentes que resultaren del ejercicio económico se aplicarán de la siguiente forma:

c. Veinte por ciento (20%) para Reserva de protección de aportes.

d. Veinte por ciento (20%) para Fondo de educación.

e. Diez por ciento (10%) para Fondo de Solidaridad.

f. El remanente del (50%) podrá aplicarse todo o en parte según decisión de la Asamblea General en la siguiente forma:

1. A fortalecer los fondos de Educación y/o Solidaridad de acuerdo a las necesidades y objeto de los mismos.

2. A servicios comunes y seguridad social.

3. A retornarlo a los Asociados en relación con el uso de los servicios o participación en el trabajo.

A un fondo para amortización de aportes de los Asociados.

La podemos observar en práctica mediante lo establecido en los estatutos donde se refleja en los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria haciendo énfasis en el Espíritu de solidaridad, igualmente son los objetivos de la entidad y en sus actividades le dan una relevancia especial para la solución de problemas económico-sociales de sus socios. COPILLANTAS LTDA cuenta con una unidad administrativa en el campo de la solidaridad para poder cumplir con actividades solidarias en beneficio de sus socios. Se ve reflejada en los fondos creados por la Ley y la Cooperativa para solidaridad encaminada a apoyar a sus asociados en casos de calamidad y se impone un % para el mismo.

Honestidad y transparencia Conceptos que vinculan convicciones y actividades relacionadas con honradez, decencia, franqueza, aplicadas a las empresas cooperativas en las finanzas, los precios, las pesas y medidas, la verdad en los informes y estados financieros. Solo encontramos estos valores éticos en su PRESENTACION CORPORATIVA, así:

Confianza: Creer en sí mismo y en los demás, es el hilo invisible que se construye a partir del respeto y transparencia con que tratamos a las personas, permite la fundación y construcción de relaciones sociales de cooperación, profundidad, respaldo y esperanza en el proyecto COOPILLANTAS.

Transparencia: Mostrar sin prevenciones a la comunidad asociada, y a la sociedad en general, todos las acciones emprendidas y realizadas en nombre del proyecto cooperativo COOPILLANTAS.

Se evidencia en todos los procesos de la entidad donde en espacial se enfoca para mostrar unos estados financieros apegados a la realidad, sin dejar de lado la actuación de los mismos socios y todos los que intervienen en el logro de sus objetivos.

Responsabilidad y vocación social Valores que hacen referencia a la presencia activa de las cooperativas y sus asociados en las comunidades donde actúa con el fin de contribuir a su mejoramiento integral o desarrollo humano sostenible. ARTICULO CUARTO. FINES. Los fines de la Cooperativa como entidad de la economía solidaria serán:

d. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social.

De la misma forma la Cooperativa deberá realizar las operaciones que sean necesarias y convenientes para el cumplimiento de su objeto social, estableciendo planes económicos, sociales y culturales de conjunto.

Igualmente la Cooperativa podrá hacer planes sociales y de carácter educativo y cultural mediante la centralización de recursos en organismos de segundo grado o Instituciones auxiliares especializadas en educación solidaria que permitan el cumplimiento de las normas vigentes y que ayuden a consolidar la cultura de sus Asociados y contribuyan a la ejecución de programas de índole similar establecidos en los planes territoriales de desarrollo.

ARTICULO QUINTO. OBJETO Y ACTIVIDADES. La Cooperativa tiene los objetivos del acuerdo cooperativo: procurar la solución de los problemas económicos-sociales de sus Asociados, distribuir mejor los ingresos, proteger el salario del trabajador, desarrollar la autogestión, prestar servicios a través de la ayuda mutua para la satisfacción de las necesidades y actuar decidida e íntegramente en el movimiento de la economía social. En desarrollo de estos objetivos la Cooperativa adelantará las siguientes actividades:

g) Adelantar las demás actividades económicas, sociales y culturales conexas y complementarias destinadas a desarrollar los objetivos generales y a satisfacer las necesidades propias de la comunidad que conforman los Asociados.

COOPILLANTAS dentro de su presupuesto y proyectos de inversión, ha destinado recursos para subsidiar diferentes eventos : actividades de tipo Educativo, Recreativo, Cultural y Deportivo. Así mismo ha estimulado y favorecido el desarrollo de una formación cultural ecológica. Todo encaminado a la mejora continua integral y desarrollo sostenible del ser humano.

PRINCIPIOS UNIVERSALES

DEL

COOPERATIVISMO Principio Definición del principio N° y Texto del Artículo que aplica el valor Explique la aplicación práctica del principio en la cooperativa

Membresía abierta y voluntaria o Adhesión voluntaria y abierta "Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religioso". ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

d. Adhesión voluntaria, responsable y abierta.

ARTICULO TREINTA Y TRES. PAGO DE APORTES. El pago de los aportes por parte de los Asociados se hará de la siguiente manera:

a) Los Asociados trabajadores activos cancelarán a la Cooperativa como aporte mínimo ordinario mensual el 2.5% del salario básico, o compensación ordinaria mensual declarados por el Asociado en forma escrita en COOPILLANTAS LTDA. mediante descuento por nómina.

b) Los Asociados pensionados cancelarán a la Cooperativa como aporte mínimo ordinario mensual el 2.5% de su mesada pensional declarada por el Asociado en forma escrita en COOPILLANTAS LTDA., mediante descuento por nómina pensional o por pago directo por ventanilla en la Tesorería de la Cooperativa.

c) Para los Asociados que devenguen salario integral, se tomará como salario base, éste excluyendo la carga prestacional establecida por la ley.

PARÁGRAFO. Para el caso de los asociados pensionados, cuya mesada es cancelada en su totalidad por el ISS o un Fondo Privado de Pensiones, la Cooperativa podrá enviar al ISS, o al Fondo de Pensiones correspondiente, la relación de las sumas que deban deducir y retener a sus pensionados con destino a la Cooperativa por concepto de aportes sociales, y/o prestamos, para que dicha entidad proceda a efectuar simultáneamente el pago a la Cooperativa con el que deba hacer a sus pensionados, quienes para el efecto deberán dar previamente su autorización por escrito para efectuar dichos descuentos.

COOPILLANTAS LTDA presenta, para condición de miembro de su entidad, una serie de requisitos que son claros dentro de su normatividad estatutaria así como en sus políticas y objetivos es claro quienes hacen parte de su comunidad cooperativa como son los que se encuentren relacionados con la producción y distribución de llantas, caucho y plásticos, entre otros.

Control democrático de los miembros o Gestión democrática por parte de los asociados "Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros quiénes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa responden ante los miembros.

En las cooperativas de base los miembros tienen igual derecho de voto (un miembro, un voto), mientras en las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos". ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

1. Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora.

ARTICULO CUARTO. FINES. Los fines de la Cooperativa como entidad de la economía solidaria serán:

c. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa.

ARTICULO QUINCE. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS. Son derechos generales de los Asociados:

b. Participar en las Asambleas y demás eventos democráticos y ejercer la función del sufragio cooperativo en forma que a cada Asociado le corresponda un solo voto.

Esta gestión se ve reflejada tanto en sus estatutos como en la participación de los objetivos específicos de la entidad donde los socios participan de forma activa hasta para la toma de decisiones de la misma como miembros o si se encuentran representando a su cooperativa con un alto grado de responsabilidad ante los miembros.

Participación Económica de los miembros o Participación económica de los asociados "Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa.

Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscripto como condición de membresía. Los miembros asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de la cual al menos una parte debe ser indivisible, los beneficios para los miembros en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo apruebe la membresía". ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

e. Participación económica de los Asociados, en justicia y equidad.

ARTICULO VEINTISIETE. PARTICIPACION EN LAS PERDIDAS. Al retiro, exclusión o fallecimiento del Asociado si la Cooperativa estuviere afectada de pérdidas que no alcancen a ser cubiertas con las reservas, se afectará en forma proporcional y hasta su valor total del aporte social individual por devolver.

Podemos evidenciar que la contribución equitativa controlada de forma democrática en la cooperativa y se especifica en sus estatutos y de igual forma hace referencia en sus normas estatutarias sobre su participación hasta en las perdidas.

Autonomía e independencia "Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa". ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

h. Autonomía, auto determinación y autogobierno. Su aplicación práctica se presenta en los artículos de sus estatutos, así como en sus objetivos corporativos para mantenerse competitivo manteniendo una base social y portafolio de servicios encaminados a sus asociados.

Educación, entrenamiento e información o Educación, formación e información "Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas.

Las cooperativas informan al público en general, particularmente a jóvenes y creadores de opinión, acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo". ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

g. Formación e información para sus miembros, de manera permanente, oportuna y progresiva

ARTICULO CUARTO. FINES. Los fines de la Cooperativa como entidad de la economía solidaria serán:

e. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo, la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa sin discriminación alguna.

ARTICULO NOVENO. UNIDAD DE EDUCACION. La unidad de educación llevara a cabo las siguientes actividades:

a. Propender por la educación de los hijos de los Asociados, estableciendo centros educativos y de enseñanza. De conformidad con lo dispuesto por la Secretaria de Educación.

b. Conceder becas o auxilios a sus Asociados.

c. Proveer la enseñanza y establecer cursos especiales de extensión cultural, a educación y capacitación Cooperativa.

d. Realizar de modo permanente actividades que tiendan a la formación de sus Asociados y trabajadores en los principios, métodos y características del cooperativismo, así como para capacitar a los administradores en la gestión empresarial propia de la Cooperativa.

PARÁGRAFO: Se podrá dar cumplimiento a la obligación del literal anterior, mediante la delegación o ejecución de programas conjuntos realizados por organismos cooperativos de segundo grado o por instituciones auxiliares del cooperativismo especializadas en educación Cooperativa y organismos de educación formal.

PARÁGRAFO. La Cooperativa tendrá un Comité de Educación integrado por tres miembros principales y tres suplentes numéricos Asociados de la Cooperativa, elegidos por el Consejo de Administración por el término que dicho organismo determine y podrán ser reelegidos libremente. Este comité elaborará cada ano un programa con su correspondiente presupuesto, en el cual se incluirá la utilización del Fondo de Educación.

ARTICULO CUARENTA Y UNO. FONDO DE EDUCACION. Mediante el Fondo de Educación COOPILLANTAS LTDA proporciona con medios económicos que le permiten llevar a cabo actividades de formación Cooperativa y de capacitación técnica, administrativa y cultural para todas las personas vinculadas a la organización.

ARTICULO CUARENTA Y OCHO. ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS. La Cooperativa podrá sustituir la Asamblea General de Asociados por Asamblea General de Delegados, cuando el número de Asociados sobrepase de 300 o cuando ésta resulte desproporcionadamente onerosa en consideración a los recursos de la Cooperativa.

Teniendo en cuenta que el número de Delegados será constituido de uno (1) por cada treinta (30) Asociados hábiles y uno por fracción mayor de 15 y que el mínimo será de 20 delegados.

En este evento los Delegados serán elegidos en el número y por el término de dos anos, de acuerdo al reglamento expedido por el Consejo de Administración que deberá garantizar la información y participación de los Asociados.

ARTICULO SESENTA. FUNCIONES DEL GERENTE. Son funciones del Gerente:

j. Dar a los Asociados información oportuna sobre los servicios y demás asuntos de interés y mantener comunicación con ellos.

COOPILLANTAS LTDA actualmente cuenta con un Comité de Educación encaminado a la capacitación de sus socios y familias con la finalidad de mejorar su intelecto en pro de la comunidad cooperativista.

Igualmente mantiene informado a todos sus socios sobre cualquier tipo de situación de la entidad.

Cooperación entre Cooperativas "Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo. Trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales". ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

b. Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua

Solo encontramos este principio en su PRESENTACION CORPORATIVA, así:

Confianza: Creer en sí mismo y en los demás, es el hilo invisible que se construye a partir del respeto y transparencia con que tratamos a las personas, permite la fundación y construcción de relaciones sociales de cooperación, profundidad, respaldo y esperanza en el proyecto COOPILLANTAS.

Es de anotar que se ve reflejado este principio en su estructura manteniendo una oficina en la ciudad de Cali y otra en la ciudad de Bogotá encaminadas a lograr el proyecto de expansión de la entidad.

Compromiso con la comunidad o Interés por la comunidad "La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros" ARTICULO TERCERO. PRINCIPIOS. Los principios de la Cooperativa como entidad de la Economía Solidaria son entre otros los siguientes:

i. Servicio a la comunidad

ARTICULO QUINTO. OBJETO Y ACTIVIDADES. La Cooperativa tiene los objetivos del acuerdo cooperativo: procurar la solución de los problemas económicos-sociales de sus Asociados, distribuir mejor los ingresos, proteger el salario del trabajador, desarrollar la autogestión, prestar servicios a través de la ayuda mutua para la satisfacción de las necesidades y actuar decidida e íntegramente en el movimiento de la economía social. En desarrollo de estos objetivos la Cooperativa adelantará las siguientes actividades:

g) Adelantar las demás actividades económicas, sociales y culturales conexas y complementarias destinadas a desarrollar los objetivos generales y a satisfacer las necesidades propias de la comunidad que conforman los Asociados.

Excelencia: Obtener del sector cooperativo y de la comunidad asociada, reconocimiento, resultado de las eficientes prácticas validadas por sus referentes corporativos..

Ética: Entendida como la Interacción de los valores y principios que guían el accionar y las prácticas de la comunidad asociada y del proyecto cooperativo que les anima.

Transparencia: Mostrar sin prevenciones a la comunidad asociada, y a la sociedad en general, todos las acciones emprendidas y realizadas en nombre del proyecto cooperativo COOPILLANTAS. Se encuentra con un portafolio amplio para sus socios encaminados a solucionar cualquier evento satisfaciendo sus necesidades logrando la aplicación de los valores expuestos en su presentación corporativa. Es de resaltar que por ejemplo cuenta con servicios de ahorro y crédito los cuales son en algunos casos son mas beneficiosos que los ofrecidos por entidades financieras externas.

Rúbrica: (criterios) para evaluación de Guía de valores y principios

Categoría

Excelente 5.0

Bueno 4 a 4.9

Aceptable 3 a 3.9

Deficiente 2a 2.9

Inaceptable 1.0 a 1.9

Calif.

Indicadores Todos los Indicadores fueron resueltos satisfactoriamente haciendo correctamente la relación. Casi Todos los Indicadores fueron resueltos satisfactoriamente, haciendo correctamente la relación. El 50% de de indicadores fueron resueltoshaciendo correctamente la relación.

Algunos Indicadores fueron resueltos haciendo correctamente la relación.

Menos de dos indicadores fueron resueltos haciendo correctamente la relación.

Contenidos Define Correctamente todos los conceptos. Define Correctamente casi todos los conceptos. Define el 50% de los conceptos. Defineel 30% de losconceptos. No define ningún concepto.

Explicaciones Las explicaciones de aplicación en la cooperativa son acordes y coherentes entre el artículo descrito y los valores y principios conceptuados. Casi todas las explicaciones de aplicación en la cooperativa son coherentes entre el artículo descrito y los valores y principios conceptuados. El 50% de las explicaciones de aplicación en la cooperativa son coherentes entre el artículo descrito y los valores y principios conceptuados. El 30% de las explicaciones de aplicación en la cooperativa son coherentes entre el artículo descrito y los valores y los principios conceptuados. Menos del 10% de las explicaciones de aplicación en la cooperativa son coherentes entre el artículo descrito y los valores y principios conceptuados.

Gramática y ortografía No comete errores gramaticales ni ortográficos. Comete 1 ó 2 errores gramaticales y ortográficos.

Comete 3 ó 4 errores gramaticales y ortográficos. Comete 5 ó 6 errores gramaticales y ortográficos.

Comete más de 6 errores gramaticales y ortográficos.

Respetado docente, buen día

Con toda atención adjunto al presente me permito enviar el trabajo en grupo de la actividad No.3 valores y principios.

Aprovecho la ocasión para Agradecer de antemano su orientación permanente y oportuna para llevar a cabo todos los trabajos.

Respetuosamente,

Alexandra Guanotoa Maldonado

PD/ lastimosamente quisiera tenerlo de forma personal para su orientación, en algunos casos, pero sé que se encuentra en Santa Marta.

...

Descargar como  txt (34.4 Kb)  
Leer 20 páginas más »
txt