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¿Qué es la subvención escolar SEP?

Verónica PintoInforme22 de Julio de 2016

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INTRODUCCIÓN

La promulgación de la ley de subvención escolar preferencial, también conocida como ley SEP, es uno de los proyectos mas importares que a impulsando el ministerio de educación desde el año 1990, en el cual uno de sus principales propósitos es la equidad en la educación, es decir, la igualdad de oportunidades educacionales  para todos los niños y niñas del país.

Esta ley busca asegurar un servicio educativo de calidad para el alumnado del sistema subvencionado, dando una subvención extra para quienes sean identificados como alumnos prioritarios. Beneficio que se entregara al sostenedor por concepto de dicha ley, tomando en cuenta la concentración de alumnos prioritarios por establecimiento.

Esta ley, toma un compromiso con la educación, a parte de entregar recursos para niños en riesgo, también contempla una serie de compromisos educativos de parte del sostenedor y de toda la comunidad educativa.

Para la adquisición de estos beneficios, existe una serie de pasos e instrucciones, los cuales deberían asegurar en cierta forma los resultados académicos satisfactorios.

En el presente informe, se pretende explicar de modo simplificado, algunos conceptos relevantes de la ley 20.248.    

         

                                                                                                                                                                                                                                                                  

                                                                                        

                          ¿Qué es la subvención escolar SEP?

Esta es una iniciativa que entrega recursos adicionales por cada alumno (a), identificado como prioritario para los sostenedores de establecimientos educacionales que han firmado con el Mineduc un convenio de igualdad de oportunidades y excelencia educativa para implementar un plan de mejora educacional. Este tiene como objetivo contribuir a la equidad social, promoviendo la igualdad de oportunidades y mejorar la calidad de la educación en Chile, los alumnos que son declarados prioritarios por el Ministerio de educación son alrededor de 700.000.

Los que pueden postular a la SEP son todos los sostenedores ya sean de establecimientos educacionales municipales, particulares, particulares subvencionados, que impartan enseñanza regular diurna y que cuenten con matricula en alguno de los niveles incorporados al beneficio desde pre-kínder hasta octavo básico, se exceptúan las escuelas especiales de lenguaje, niveles de enseñanza media y de adultos, esta postulación es de carácter voluntaria.

Para acceder a  SEP es voluntario y para esto los sostenedores deben seguir los siguientes pasos:

Se puede postular a través de www.comunidadescolar.cl, luego de ser aprobada de debe firmar el convenio de igualdad de oportunidades y excelencia educativa, luego se genera una resolución que aprueba el convenio, y finalmente se incorpora a la SEP para comenzar a recibir los recursos y debe iniciar la elaboración de su plan de mejoramiento educativo.

Las escuelas incorporadas a SEP se dividen en autónomas, emergentes, en recuperación, la primera muestra sistemáticamente buenos resultados educativos, la emergente, no muestra buenos resultados educativos y la en recuperación, muestran resultados educativos reiteradamente deficientes, también son clasificadas en esta categoría las escuelas emergentes que no cuenten con el PM-SEP dentro del plazo de 1 año y aquellas que teniendo su plan aprobado, no lo apliquen. Para ver como se clasifican las escuelas se aplica el artículo único del decreto n° 293 del 04 de agosto del 2009 que establece estándares nacionales y criterios específicos para la calificación de los resultados educativos de la ley SEP.

Objetivos de la ley SEP

Es asignar más recursos por subvención a los estudiantes más vulnerables, esta subvención de recursos se realiza mediante la subvención escolar preferencial, que se entrega por los alumnos prioritarios matriculado en establecimientos educacionales, la ley reconoce que el costo de enseñanza es mayor a medida que aumenta la vulnerabilidad socioeconómica de las y los estudiantes. La subvención por concentración que se entrega en monto de recursos, es según la proporción de alumnos (as), prioritarias en relación a los estudiantes matriculados en el establecimiento. La ley reconoce que no solo importa la condición del niño (a), sino también el entorno de aprendizaje juega un rol fundamental en el proceso educativo.

Los compromisos por parte de los y las sostenedores según la ley están asociados al mejoramiento de resultados de los aprendizajes de los y las estudiantes y a los procesos de los establecimientos. Otro compromiso se expresa, en el convenio de igualdad de oportunidades y excelencia educativa, es que cada sostenedor es que se suscribe con el ministerio de educación por el conjunto de escuela bajo su administración que este en la subvención escolar preferencial. Este convenio contiene compromisos con las y los estudiantes más vulnerables que postulan a alumnos entre primer nivel de transición y sexto básico, de acuerdo a procesos de admisión, sin considerar el rendimiento escolar de los postulantes, los antecedentes socioeconómicos familiares o del estudiante que postula, eximir a los alumnos de los cobros del financiamiento compartido, asegurar el derecho de repetir  curso en un mismo establecimiento, por lo menos uno por cada nivel de enseñanza, esto no es causa para cancelar y no renovar la matricula.

ASISTENCIA TECNICA EDUCATIVA

Este es un servicio de apoyo o asesoría técnica que debe responder a una necesidad detectada por la comunidad educativa que enmarca el mejoramiento continuo y sustentable, su foco se relaciona con la elaboración e implementación del plan de mejoramiento educativo, las escuelas el mejoramiento técnico que reciben se relaciona por optar a contratar asistencia técnica externa y pagarla con recursos SEP.

El tipo de asistencia técnica en el marco de ley sep, son 5 tipos de prestaciones e intervenciones  que se pueden realizar en la escuela, asesoría, capacitación, evaluación, diagnostico institucional o apoyo en la elaboración del plan de mejoramiento que se relacionan con aéreas especiales abordadas por la ATE.

Las aéreas de asistencia técnica que establece el registro ATE en el marco de la ley de subvención preferencial son:

Gestión curricular, liderazgo, convivencia escolar, gestión de recursos.

Las escuelas en SEP  deben obligatoriamente recurrir a asesoría de entidades ATE, ya que esta, entrega a las escuelas recursos humanos especializados y tiempo extraordinario.

El registro ATE, es un registro público de personas o entidades pedagógicas y técnicos de apoyo de carácter natural y o jurídico que están habilitadas para prestar apoyo  a establecimientos educacionales en el marco de la ley SEP, y tiene como objetivo es poner a disposición de los usuario información sobre la oferta de servicios que cumplen con requerimientos mínimos de experiencia, calificación del equipo consultor, recursos y tipos de servicios ofrecidos según las aéreas definidas en el PM-SEP.

Quienes integran la ATE, son personas naturales o profesionales del ámbito de la educación, e instituciones de educación superior, o a los profesionales pertenecientes a la institución postulante y que han sido validados y aprobados por el MINEDUC para integrar este registró.

El beneficio de estar en ATE 

  • Que es el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa

El Convenio es un acuerdo que dura 4 años (renovable) mediante  el sostenedor del establecimiento que ha postulado a la SEP .Se compromete a cumplir una serie de compromisos, requisitos y obligaciones. Entre ellos se encuentran respetar los beneficios para los alumnos (as) prioritarios (as), elaborar y ejecutar un Plan de Mejoramiento Educativo, rendir cuenta pública de los recursos entregados y cumplir metas de rendimiento académico

Los compromisos esenciales del Convenio

  1. Presentar anualmente al Ministerio de Educación y a la comunidad escolar un informe relativo al uso de recursos.  
  2. Acreditar la existencia de horas docentes técnico-pedagógicas y cumplimiento efectivo de las horas curriculares no lectivas.
  3. Presentar el Plan de Mejoramiento Educativo, elaborado con la comunidad escolar.
  4. Establecer y cumplir las metas de efectividad de rendimiento académico.
  5. Declarar anualmente el monto de los recursos públicos que reciben.
  6. Informar a la comunidad escolar sobre la existencia de este convenio.
  7. Cautelar que los docentes presenten una planificación educativa anual de  contenidos curriculares.
  8. Contar con actividades artísticas y/o culturales y deportivas que contribuyan a la formación integral de los alumnos

Requisitos y obligaciones que adquiere el sostenedor

  • No cobrar mensualidad a los alumnos prioritarios.
  • No seleccionar alumnos entre el pre-kínder y el sexto básico

  • Dar a conocer a la comunidad escolar el proyecto educativo y su reglamento interno.
  • Destinar los recursos que les entrega la SEP al Plan de Mejoramiento Educativo

Compromisos adicionales para los establecimientos emergentes

  • Elaborar  un Plan de Mejoramiento Educativo especial para establecimientos emergentes, que deberá ser aprobado por el MINEDUC para ser ejecutado en 4 años.
  • Coordinar  acciones con instituciones y redes de servicios sociales para apoyar a los alumnos (as) prioritarios (as).
  • Establecer actividades docentes complementarias para mejorar el rendimiento escolar de los alumnos (as) prioritarios (as).

 

Renovación el convenio

Al término de los 4 años, el sostenedor podrá renovar el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa con el Ministerio de Educación, por un nuevo período de 4 años

Cuál es el Plan de Mejoramiento Educativo (PM-SEP)

Es el Instrumento a través del cual el establecimiento educacional planifica y organiza su proceso de mejoramiento continuo. En él se establecen metas de efectividad a alcanzar en 4 años, en función de los resultados del SIMCE, y la programación de las acciones a desarrollar anualmente.

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