¿Qué puede aportar la criminología critica al Nuevo sistema de Justicia Penal Acusatorio?
James LaudaEnsayo4 de Febrero de 2020
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Licenciatura en Seguridad Pública.
Alumno: Rivera Chamorro Mauro.
Irapuato, Gto a 15 de Febrero de 2019.
¿Qué puede aportar la criminología critica al Nuevo sistema de Justicia Penal Acusatorio?
Al considerarse el antiguo sistema de justicia como desigual e injusto, así como obsoleto debido a la saturación de averiguaciones previas y causas penales y la saturación de los centros penitenciarios ineficientes además, en sus modelos de reinserción social, nuestras instituciones encargadas de impartir justicia, demandan al poder legislativo el cambio total en determinado tiempo por un modelo de justicia basado en la presunción de inocencia que según los modelos observados, hacían más agiles dichos procesos tanto en su parte previa a un proceso penal como del mismo proceso penal, volviéndose un sistema garantista, que permitía a los inculpados seguir su proceso en libertad y muchas de las veces desde el inicio de una carpeta de investigación.
En mi opinión considero que este cambio de sistema de justicia tiene toda la buena intención de ser eficiente desde cualquier ángulo, pero los principales protagonistas de este sistema no lo han entendido aun, ya sea por vicios arraigados del anterior sistema, apatía, celo profesional o simplemente por falta de capacitación y conocimiento del mismo y peor aún si este sistema de justicia penal fue adoptado de otros países sin considerar un concepto muy importante como lo es el cultural encaminado a la apatía para capacitarse, encaminado a la cultura “del ahí se va y sobre la marcha se ajustan las fallas”, capacitando a medias a los cuerpos de seguridad, capacitando a medias a peritos y a los ahora llamados fiscales quienes aún no se percatan que sus funciones deben ir a la par a las funciones de los cuerpos policiales desde el arribo del primer respondiente, pasando por la actuación de la policía con capacidades para procesar una escena, cuerpo de peritos y obvio la policía investigadora, cuyo conjunto debe robustecer una adecuada integración de una carpeta de investigación que conduzca a una sentencia en favor de la sociedad, en caso de haber agotado todos los recursos disponibles para no llegar a un proceso penal, es decir si la prevención de delito fallo.
Por lo tanto el sistema de justicia penal en consecuencia de una mala aplicación del control social, demanda introducir al mismo las aportaciones de la criminología crítica en 3 áreas:
1.- ciencias jurídicas.
2.- ciencias naturales y sociales
3.- ciencias auxiliares.
Derivado también de la necesidad una impartición de justica efectiva observada en otro países como lo son Chile, Cuba y Venezuela, sin embargo el querer copiar tal cual dichos modelos de justicia de otros países se ve obstaculizada por el gran problema cultural existente en México, como lo es la corrupción, la omisión y /o la irresponsabilidad en nuestras instituciones encargadas de impartir justicia.
En cuanto a políticas criminológicas debemos entender que el índice delictivo o de criminalidad es distinto en cualquier región del país, por eso dichas políticas preventivas deben ser diversas y aplicables según la región de que se trate pero con un fin común, ¿Cuál sería este fin común? El no utilizar el sistema de justicia penal, es por eso que ahí estriba la importancia de la criminología crítica en cuanto a la prevención del delito auxiliándose de las aportaciones de ciertas disciplinas como lo sería la psicología, la sociología, etc.
Por otro lado el nuevo sistema de justicia penal no solo necesita ser efectivo también requiere respetar la reinserción
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