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REQUISITOS PARA OBTENER PASAPORTE POR PRIMERA VEZ


Enviado por   •  2 de Mayo de 2013  •  1.203 Palabras (5 Páginas)  •  634 Visitas

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REQUISITOS PARA OBTENER PASAPORTE POR PRIMERA VEZ PARA MENORES DE EDAD

1. La persona menor de edad deberá acudir personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.

2. Llenar con tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario, obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.

3. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos en original y copia*:

a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano. El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro del primer año de vida), si rebasa la temporalidad, vea el apartado “Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”;

b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares; y

c) Carta de Naturalización.

* La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño del documento no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.

4. Acreditar identidad presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a) Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública;

b) Constancia del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de guarderías;

c) Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No serán aceptadas credenciales de maternales ni de guarderías;

d) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía (nota: las cartillas de vacunación y los carnets de cita no se aceptan como documentos oficiales para acreditar identidad);

e) Cédula de Identidad Personal;

f) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

g) Carta de naturalización;

h) Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF); y

i) Exclusivamente para personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en los incisos a) a h), podrá entregar constancia del médico familiar, que atendió el parto o del pediatra en hoja membretada que contenga número de la cédula profesional, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional. La constancia deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.

* La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando

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