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Recursos de hecho deducidos por S.A. La Razón y el codemandado Dr. Federico Camilo


Enviado por   •  28 de Junio de 2016  •  Ensayos  •  406 Palabras (2 Páginas)  •  95 Visitas

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AUTOS: Recursos de hecho deducidos por S.A. La Razón y el codemandado Dr. Federico Camilo

Humbertlan en la causa Campillay, Julio César c/La Razón, Crónica y Diario Popular

FECHA: 15/05/1986

TRIBUNAL: Corte Suprema de Justicia de la Nación

HECHOS: A raíz de una publicación periodística, cuyo propósito era difamar y criticar al demandante mediante la divulgación de datos erróneos, se iniciaron acciones legales por parte de un sujeto involucrado equivocadamente en un hecho policial. El tribunal decidió confirmar el fallo de primera instancia, dictaminando así que el individuo debe ser indemnizado.

ANTECEDENTES PROCESALES: La sala E de la Camara Nacional en lo Civil confirmo en primera instancia que el sujeto afectado moralmente mediante la publicación de la información ficticia no debía recibir ningún tipo de resarcimiento por parte del periódico responsable.

PARTE DISPOSITIVA: La corte ha decidido que ante lo establecido por dos derechos como el que establece la libertad de expresión igualitariamente para todos y aquel que tiene el fin de proteger moralmente a cada individuo, en este caso el sujeto involucrado en el hecho policial, el damnificado deberá recibir un resarcimiento económico por parte del periódico.

DIPOSICIÓN DE LOS VOTOS: La decisión se ha tomado por parte de la corte por mayoría de los votos.        

PLANTEO CONSTITUCIONAL: En este caso se genera un choque entre derechos, el de la libertad de expresión sin ningún tipo de censura, que le corresponde al periódico que realizo la publicación, y por otro lado, el del sujeto involucrado en el hecho policial que tiene el derecho a la integridad moral y al honor, que en este caso se ve gravemente afectado.

HOLDING: No puede considerarse la libre expresión por parte de la prensa por sobre el derecho a la dignidad de una persona.

OBITER DICTUM: Dentro del derecho a la dignidad se encuentra a su vez el derecho al honor y a la integridad moral que deben ser respetados y que en este caso son aún más importantes que el derecho a la libertad de expresión de la prensa.

DICTAMEN DEL PROCURADOR: Se declara al periódico culpable de la denuncia hecha por el sujeto en causa. Es decir, el individuo deberá recibir un resarcimiento económico por parte de la empresa que realizó el periódico.

DISIDENCIA: El periódico dio por verdaderos los datos acerca del sujeto debido a la seriedad de la fuente de la que provenían, siendo la Policía Federal Argentina una fuente que debería ser muy verídica.

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