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Reformas al codigo de comercio. " Еl juicio ejecutivo mercantil va a ser oral en Мexico"


Enviado por   •  18 de Marzo de 2014  •  Trabajos  •  651 Palabras (3 Páginas)  •  298 Visitas

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REFORMAS AL CODIGO DE COMERCIO. " EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL VA A SER ORAL EN MEXICO"

Mensaje Abogado Ramirez el Dom 6 Mar 2011 - 18:38

SALUDOS AMIGOS

LES INFORMO QUE EL PROXIMO AÑO ENTRARA EN VIGOR LA NUEVA REFORMA AL CODIGO DE COMERCIO DE FECHA 27 DE ENERO DE 2011

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas

disposiciones del Código de Comercio.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Unidos Mexicanos.- Presidencia

de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados

Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable

Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"EL CONGRESO

GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE REFORMAN,

ADICIONAN Y DEROGAN

DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE COMERCIO

Artículo Único.- Se reforman los artículos

1464 a 1480, que comprenden el Capítulo X, "De la Intervención Judicial en la Transacción Comercial y el Arbitraje"; se adicionan los artículos 1067 Bis; 1339 Bis; y un Título Especial, que se denominará "Del Juicio Oral Mercantil", que comprende los artículos 1390 Bis a 1390 Bis 49, y se derogan los artículos 1460 y 1463, segundo párrafo del Código de Comercio; para quedar como sigue:

Artículo 1067 Bis.-

Para hacer cumplir sus determinaciones el juez puede emplear cualquiera de las

siguientes medidas de apremio que estime pertinentes, sin que para ello sea

necesario que el juzgador se ciña al orden que a continuación se señala:

I. Amonestación;

II. Multa hasta de

seis mil pesos, monto que se actualizará en términos del artículo 1253,

fracción VI;

III. El uso de la

fuerza pública y rompimiento de cerraduras si fuere necesaria, y

IV. Arresto hasta por

treinta y seis horas;

Si el juez estima que

el caso puede ser constitutivo de delito, dará parte al Ministerio Público.

Artículo 1339 Bis.-

Los asuntos de cuantía indeterminada siempre serán apelables.

TÍTULO ESPECIA

Del Juicio Oral Mercantil

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1390 Bis.- Se

tramitarán en este juicio todas las contiendas cuya suerte principal sea

inferior a 220 mil 533 pesos 48 centavos, moneda nacional, sin que sean de

tomarse en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de

interposición de la demanda.

CAPÍTULO

II

...

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