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Regla De Reconocimiento


Enviado por   •  16 de Junio de 2013  •  2.101 Palabras (9 Páginas)  •  488 Visitas

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I. INTRODUCCIÓN

El objeto de este trabajo es exponer la teoría de la `regla de reconocimiento´ de

Herbert Lionel Adolphus Hart (1907-1992). Como sabemos, Hart es uno de los

filósofos del Derecho más importantes del siglo XX, representante destacado del

positivismo jurídico contemporáneo, y se encuentra en la tradición el utilitarismo y de la

teoría analítica del Derecho.

La regla de reconocimiento es uno de los elementos más importantes de su

teoría, ya que es el instrumento con el que pretende resolver el tema de la identificación

del Derecho, esto es, del Ordenamiento jurídico que rige en un determinado territorio y

de las normas válidas que lo forman. Esto supone reflexionar sobre el fundamento

último del Derecho, tema central para la Teoría del Derecho, y en el que se encuentran

imbricados los problemas fundamentales de la Filosofía del Derecho, debido a que,

como indica el profesor Ramos Pascua, «al planteárselo e intentar resolverlo resultan

implicados otros problemas básicos, tales como la obligatoriedad jurídica, el de las

llamadas fuentes del Derecho, el de la consideración del orden jurídico como `sistema´,

el de las relaciones entre el Derecho y la moral y, en último extremo, el del propio

concepto de Derecho como conjunto de normas determinable en función de ciertos

criterios»3.

Hart afronta el problema de la validez desde un punto de vista que se situá a

medio camino entre la teoría kelseniana de la `norma fundamental´ y el sociologismo y

el empirismo de los realistas, a pesar de que formalmente construye su concepción

como superación de la teoría de J. Austin. Según el pensamiento de Kelsen, una norma

jurídica es válida cuando ha sido creada de acuerdo a lo dispuesto en otra norma

superior válida. Sin embargo, como la remisión en la cadena de validez a otras normas

no puede ser infinita, el intento de fundamentar la validez de la última norma norma

positiva debe necesariamente vincularse, o bien a una norma presupuesta, o bien a un

criterio extrajurídico. Kelsen, por el peso que la filosofía neokantiana y su distinción

`ser-deber ser´ tienen en pensamiento, recurre a una norma presupuesta, la `norma

fundamental´, que estimaba como necesaria aceptar para poder interpretar como normas

jurídicas válidas determinadas reglas que rigen la conducta humana. No obstante, esta

doctrina kelseniana fue objeto de numerosos comentarios y críticas, donde

fundamentalmente se la atacaba por su artifiosidad. La teoría de la regla de

reconocimiento de Hart supone, en cierta medida, una reformulación de la norma

1 Paper elaborado en el contexto del Taller de Teoría del Derecho Iª edición 2009/2010 (“Concepciones

actuales del Derecho”), organizado por el Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas” en el

marco del programa Consolider-Ingenio 2010 “El tiempo de los derechos”.

2 Alumno del Máster Oficial en Estudios Avanzados en Derechos Humanos del Instituto de Derechos

Humanos “Bartolomé de las Casas” de la Universidad

actuales del Derecho”), organizado por el Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas” en el

marco del programa Consolider-Ingenio 2010 “El tiempo de los derechos”.

2 Alumno del Máster Oficial en Estudios Avanzados en Derechos Humanos del Instituto de Derechos

Humanos “Bartolomé de las Casas” de la Universidad Carlos III de Madrid.

3 RAMOS PASCUA, J. A., La regla de reconocimiento en la teoría jurídica de H.L.A. Hart : un

intento de configuración del derecho como sistema normativo autónomo, Tecnos, Madrid, 1989, p. 17.

2

fundamental kelseniana4, utilizando un nuevo aparato filosófico, la filosofía analítica del

lenguaje, y tratando de evitar el principal defecto de la norma fundamental, su carácter

hipotético. Para ello, Hart sustenta la existencia de la regla de reconocimiento en un

hecho, «una práctica compleja, pero normalmente concordante, de los tribunales,

funcionarios y particulares, al identificar el Derecho por referencia a ciertos criterio»5.

No es una hipótesis, y tampoco se puede plantear su validez, simplemente es aceptada

para ser usada para identificar las normas de un sistema eficaz.

II. LA TEORÍA DE LA REGLA DE RECONOCIMIENTO

A. Crítica a la teoría de J. Austin

Hart utiliza la teoría del Derecho de John Austin como punto de partida para, a

partir de la crítica a está, ir perfilando su respuesta a las cuestiones de existencia y de

normatividad del Derecho. La teoría de la soberanía de Austin está asentada sobre

criterios empíricos, relación de subordinación y obediencia habitual de la población con

respecto al soberano, y el Derecho es concebido como un conjunto de órdenes dictadas

por el soberano o sus delegados a sus súbditos que

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