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Relaciones Individuales De Trabajo

AriMozo24 de Enero de 2013

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1. UNIDAD I: GENERALIDADES

1.1. EL TRABAJO COMO OBJETO FUNDAMENTAL DE NUESTRO DERECHO

Trabajo: Es toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerida por cada profesión u oficio (Segundo párrafo del artículo 8º de la Ley Federal del Trabajo).

1.1.1. Concepto

Derecho del Trabajo: Es el conjunto de normas jurídicas, públicas y sociales vigentes, que tienen como finalidad regular las relaciones y conflictos que se susciten entre los trabajadores y los patrones. Básicamente regula las relaciones y conflictos existentes entre trabajadores y patrones.

1.1.2. Clasificación

• Trabajo Voluntario: Es el trabajo de las personas que sirven a una comunidad o al medio ambiente por decisión propia y libre y en el que no se cobra por la actividad realizada.

• Trabajo Subordinado o Dependiente: El trabajo se ejecuta bajo las órdenes y directrices del empleador (forma y ejecución del trabajo). Busca una remuneración o salario.

Hay tres teorías al respecto de la causa de subordinación:

1. Dependencia Técnica: La situación de obediencia se debe a la mayor cantidad de conocimiento técnico que tiene el empleador por sobre el trabajador. Esto hoy no es así ya que el trabajador puede tener mayor capacidad técnica.

2. Dependencia Económica: El contrato de trabajo es prácticamente un contrato de alimento. Del trabajo depende la subsistencia del empleado. Hay muchos tipos de trabajos no regidos por el código que también son necesarios para subsistir.

3. Dependencia Jurídica: Existe una ley que exige dependencia.

1.2. LA HISTORIA DEL TRABAJO, DEL MOVIMIENTO OBRERO Y DEL DERECHO DEL TRABAJO

El movimiento obrero fue una lucha de la clase trabajadora con el objetivo de reconocer los derechos mínimos del hombre trabajador (no existió en la época feudal porque había una dependencia de la servidumbre al señor feudal). Los oficios eran hereditarios, el trabajo no era libre. Se crearon los gremios que eran una organización especializada que tenía como fin la prevención y ayuda mutua. A raíz del Renacimiento se rompieron los estigmas.

Antecedentes: Los trabajadores carecían de derechos. La Revolución Francesa fue una incentiva a los derechos del trabajador, la libertad, etc.

1.2.1. Diferentes ideas del trabajo en la Historia

a) Época Antigua: Al principio, el hombre únicamente satisface intereses de carácter personal, es primitivo y es un hombre nómada. Posteriormente se convierte en un hombre sedentario debido a que tiene la necesidad de agruparse con otros hombres para satisfacer necesidades que estaban fuera de su alcance.

Así surgen las tribus y los clanes que cambiaron el sistema de vida y propiciaron la división del trabajo, siendo esto el antecedente más remoto sobre el Derecho del Trabajo.

b) Época Media (Esclavismo, Feudalismo y Monarquía): Durante éste periodo ya existía el Derecho del Trabajo debido a la existencia de la subordinación en la prestación de servicios, pero existían condiciones inhumanas ya que los patrones establecían a su libre albedrío las reglas bajo las cuales debían prestarse los servicios. Existía una excesiva explotación de los trabajadores.

c) Época Contemporánea: A principios del Siglo XX se dictaron algunos textos normativos referidos a las relaciones de trabajo. Pese a su imperfección técnica, su insuficiencia y la casi nula fiscalización, ciertamente significaron un mejoramiento en las condiciones de los trabajadores.

1.2.2. En Europa

a) Época de la prohibición: Las legislaciones se caracterizan por prohibir a los trabajadores que se asocien. En Francia, le Ley Chapellier (14 de Junio de 1791) señala que no existía más interés que los del individuo, que no existen intereses colectivos y por lo tanto pena de muerte a los trabajadores que se asocien en defensa de intereses comunes o que promuevan huelga.

El Código Civil Napoleónico de 1804, en el artículo 1781 señala “que el trabajo se equipara a un arrendamiento, si hay conflicto entre trabajador y patrón deberá creerse bajo palabra del patrón que afirme el salario, su pago de éstos vencidos y anticipos de los salarios por el año en curso (…) contra su palabra no hay prueba”.

b) Etapa de la Tolerancia: No obstante que los legisladores prohibían la asociación, se dieron movimientos de trabajadores (de carácter socialista, comunista). A las grandes revueltas, el Estado no aplicaba la ley por sus dimensiones, sólo observaban los movimientos huelguísticos.

c) Etapa de la Reglamentación: el Estado se da cuenta de que no puede dejar hacer, dejar pasar, por lo que comienza a legislar ese beneficio, se reglamentan las condiciones y todo el mundo trata de reglamentar ese derecho de asociación.

1.2.3. En México

Con la excesiva explotación de los trabajadores, se realizaron levantamientos armados para manifestar la inconformidad y que concluyeron con el estallamiento de la Revolución de 1910 y como su consecuencia, la promulgación de la Constitución de 1917.

Con la Constitución de 1917 se establece la prohibición de la explotación del hombre, de que los menores de edad trabajen y que se trabaje en lugares insalubres.

1.3. EL TRABAJO Y SUS REPERCUSIONES EN EL ÁMBITO SOCIAL

1.3.1. Trabajo y Sociedad

Una combinación de innovación tecnológica en la industria manufacturera y de innovación social en el comportamiento de las familias, particularmente en la forma en que son producidos los bienes y servicios dentro del hogar, genera tendencias que dan lugar a un tipo de sociedad cualitativamente diferente.

A medida que los miembros de la familia utilizan su propia fuerza de trabajo y sus propios equipos de capital para producir bienes y servicios para sí mismos, se realiza cada vez más trabajo dentro del hogar.

1.3.2. Trabajo y Economía

Trabajo, en economía, es la medida del esfuerzo hecho por seres humanos, uno de los factores de la producción. Desde la economía marxista se refiere a la fuerza de trabajo y la Teoría del valor-trabajo. El trabajo está esencialmente relacionado con la construcción y uso de herramientas, y por lo tanto con la técnica y la tecnología, así como con el diseño de los procesos de trabajo y producción.

1.3.3. Trabajo y Derecho

En cuanto al Derecho, el trabajo que realiza una persona debe cumplir ciertas características:

• Voluntariedad. El trabajador debe ser libre durante el desarrollo de toda la relación laboral.

• Por cuenta ajena. Se trabaja para otra persona a la cual se cede el fruto del trabajo cobrando a cambio un salario.

• Dependencia. El empresario es el que ordena cuándo, dónde y cómo ha de realizarse el trabajo.

• Retribución. Toda actividad laboral ha de ser remunerada.

1.3.4. Trabajo y Política

El Trabajo, dentro del estudio de la Política y las regulaciones de un país, es estudiado por el Derecho Laboral.

En el artículo 123 Constitucional, en el apartado B, se habla sobre el Trabajo entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus Trabajadores, integrada por XIV fracciones.

1.4. CONCEPTO Y DENOMINACIONES DE NUESTRA DISCIPLINA

1.4.1. Legislación Industrial

Nuestra Ley Federal del Trabajo como una Ley Reglamentaria aplicable a los trabajadores del Apartado A del artículo 123 Constitucional, consta de 1010 artículos, divididos en 16 Títulos que reglamentan sobre:

• Del 1º al 6º las relaciones individuales.

• Del 7º al 14º las relaciones colectivas.

• Del 14º al 16º sobre el Derecho procesal del Trabajo.

1.4.2. Derecho Obrero

Todos los obreros son trabajadores, mas no todos los trabajadores necesariamente son obreros, por lo que el término correcto de nuestra disciplina es el de Derecho del Trabajo como aspecto genérico, ya que el Derecho Laboral es sólo una parte del anterior. Surge en 1917 por la Revolución Agraria Mexicana que plasma por primera vez la Teoría del Derecho del Trabajo.

1.4.3. Derecho Social

El Derecho Laboral debe orientarse hacia un propósito social definido, es decir, el bienestar físico, intelectual y moral de la clase trabajadora mediante la promoción de una aceptada política que determine la posición de Estado frente a los problemas sociales.

1.4.4. Derecho del Trabajo

Regula las relaciones existentes entre trabajadores y patrones. Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador, trabajador, las asociaciones sindicales y el Estado. El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana, licita.

1.4.5. Derecho Laboral

Regula las relaciones existentes entre obreros y patrones. La determinación de la naturaleza jurídica del Derecho Laboral es de utilidad teórico-práctico evidente para sistematizar las normas, establecer la jurisdicción competente y determinar las sanciones punitivas en los casos de transgresión por los destinatarios de aquellas.

1.5. CARACTERISTICAS DEL DERECHO DEL TRABAJO

1.5.1. Como un Derecho Nuevo

Se dice que es un derecho nuevo o en formación porque se trata de un derecho dinámico y en constante evolución que surge de la realidad social.

1.5.2. Como un Derecho Clasista

En sus orígenes, al Derecho Laboral se le denomino Derecho Obrero, porque surgió como

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