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Relaciones dentro de una sociedad: Suprasubordinación: de una autoridad hacia un particular. (amparo)


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2017  •  Apuntes  •  633 Palabras (3 Páginas)  •  229 Visitas

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Relaciones dentro de una sociedad:

Suprasubordinación: de una autoridad hacia un particular. (amparo)

Coordinación: relación entre particulares, entre iguales.

Supraordinación: entre autoridades. (controversia)

Un amparo nunca irá en contra de un particular, a menos que dicho particular funcione como autoridad.

Sistema de control constitucional: por órgano político o por órgano jurisdiccional.

Órgano político: el control de constitucionalidad se asigna a un órgano distinto a los de los poderes constituidos el cual necesariamente se ________ por encima de ellos.

Órgano jurisdiccional: se lleva a cabo por las personas encargadas de la función jurisdiccional, jueces, magistrados o ministros. Tiene 3 vertientes:

Control difuso: cualquier juez sin importar su nivel ni competencia específica, puede analizar la constitucionalidad de las leyes que debe aplicar y en las que se basan los actos de autoridades.

Control concentrado: consiste en que las cuestiones de constitucionalidad deben ser resueltas por un órgano jurisdiccional al que se le encomienda exclusivamente esa función, y se le denomina concentrado porque esa tarea tiene una clase específica de jueces, magistrados o ministros.

Mixto: caracterizado por la existencia de una corte constitucionalidad concentrado, que actuó como un tribunal colegiado permanente de jurisdicción privativa independiente de los demás órganos del estado, cuya finalidad es defender el orden constitucional y las demás atribuciones conferidas por la norma suprema, y cuyas sentencias tendrán efectos generales.

Medios jurisdiccionales de control constitucional

Juicio de amparo: art 103 y 107, el gobernado buscará la protección de los tribunales federales contra leyes o actos de autoridad que violen sus garantías individuales, con la finalidad de que se le restituya en el pleno goce de sus derechos.

Amparo directo: se promueve ante la propia autoridad que emita el acto impugnado quien lo remite al tribunal colegiado de circuito que corresponda.

Amparo indirecto: se promueve ante los jueces de distrito.

Competencia constitucional: art 105, fracción 1. Su finalidad es restaurar el orden constitucional violentado por una ley o acto que invada la esfera de competencia establecido en la carta magna, el federalismo y la soberanía popular. Entre autoridades.

Acción de inconstitucionalidad: art 105 fracc. 2. La SCJN resuelve en única instancia, la posible contradicción entre una norma general (ley o decreto) o un tratado internacional y la constitución federal, cuya resolución en caso de ser encontrada una discrepancia, tiene como efecto la declaración de la invalidez total o parcial de la norma impugnada siempre que sea aprobada por una votación no menor a ocho ministros. Lo que puede ser impugnado por las A.I. son en contra de normas generales y T.I.

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