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Remanso


Enviado por   •  11 de Agosto de 2015  •  Tareas  •  449 Palabras (2 Páginas)  •  208 Visitas

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Evaluación Sumativa Unidad 1.

  1. La inmobiliaria esta apelando al  contrato celebrado entre ambas personas jurídicas, ellos y la constructora, en donde se estipula que cada una de las parte debe cumplir con ciertas obligaciones. Dentro de las obligaciones esta que la inmobiliaria debe cumplir con los plazos establecidos, por lo cual estaría faltando a este contrato. Teniendo en cuenta que el derecho privado indica “las partes podrán hacer todo aquello que no se encuentre prohibido”, en este caso no cumplir los plazos establecidos estaría dentro de lo prohibido.

  1. Al tomar en consideración que la ley en su definición indica “manda, prohíbe o permite” y en este caso hay un contrato entre ambas partes. La inmobiliaria estaría amparada por la ley ya que la constructora estaría infringiendo algo que estaría prohibido dentro de las clausulas del contrato.
  1. El conocer los atributos de la personalidad, en este caso de la persona jurídica de la inmobiliaria, es necesario para poder continuar con las acciones legales por parte del abogado, ya que debe tener conocimiento del domicilio que esta tiene para así poder ser notificado de una posible demanda, además también es importante conocer el patrimonio con el que cuenta ya que así también se sabrá que tan viable es poder obtener alguna indemnización económica.
  1. Es necesario tener claridad del tipo de sociedad a la que corresponde la inmobiliaria, ya que así se tendrá conocimiento de los socios que componen esta empresas o si es una empresa compuesta por una sola persona ( E.I.R.L); esto también dará claridad de que tipo de responsabilidad y participación tienen las partes en las decisiones de la empresa y en la participación de las utilidades. Así también como para poder continuar con las acciones legales que se estimen deban realizar.
  1. La inmobiliaria en el caso de encontrarse en cesación de pagos podría llegar a declararse en quiebra por lo cual es necesario verificar efectivamente cual es el estado real en el que se encuentra, si es posible recuperar algo de lo que se le pueda haber cancelado o llegar a algún tipo de acuerdo.
  1. Una de las conclusiones es que la inmobiliaria al presumir una cesación de pago podría declararse en quiebra por lo cual no podría tener retribuciones. También podemos llegar a un acuerdo extrajudicial en el cual se puedan comprometer a realizar los trabajos en un plazo especifico pero con nuevas condiciones tanto de pago como responsabilidades. Y tercero cobrar una indemnización por lo daños lo cual a la inmobiliaria le podría dar la chance de contratar los servicios de otra constructora y pagar las posibles multas que tendría que pagar a los compradores de las casas o departamentos que se construirían.

 

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