Responsabilidades Del Trabajador Y Empleador
ishtar274 de Noviembre de 2012
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IDENTIFIQUE LA RESPONSABILIDAD JURÍDICA CIVIL Y PENAL EN EL TRABAJO SEGURO EN ALTURAS PARA EL TRABAJADOR QUE NO CUMPLE CON LAS NORMAS DE SEGURIDAD.
RESPONSABILIDAD:es la fuente de obligaciones generada por los hechos o las omisiones de las personas que causan un perjuicio o un daño a otra
Persona o personas.
LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA:
Es la obligación económica que resulta por el incumplimiento a las normas del sistema general de riesgos profesionales. La vigilancia y el control es ejercida por entidades como el Ministerio de la Protección Social, la Superintendencia Financiera y la Superintendencia Nacional de Salud por medio del cual el empleador responde mediante multas o cierre de las empresas por incumplimiento de las normas. Estas multas de acuerdo al Decreto Ley 1295 de 1994 pueden llegar a ser de 200 a 600 SMMLV.
RESPONSABILIDAD LEGAL:
El criterio de la corte suprema de justicia dice que a pesar de que el empleador se encuentre afiliado y al día en cotizaciones con la administradora de riesgos profesionales, en ocasiones tendrá que asumir el pago de prestaciones adicionales a las contenidas en las normas de seguridad social.
Cuando no haga gestión de prevención de accidentes y enfermedades profesionales, o cuando el desarrollo de los programas de salud ocupacional, higiene y seguridad industrial es adelantado por personas no competentes; en este caso la acción punitiva es extensiva al profesional que asesora mal.
Articulo216 CST: Cuando exista culpa suficientemente comprobada del patrono en la ocurrencia del ATEP, está obligado a la indemnización total y ordinaria por perjuicios.
Articulo348 – 351 CST: Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y sus elementos: Suministro de condiciones locativas y de equipos que garanticen la
Seguridad y salud de los trabajadores por parte del empleador.
RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR
Protección y Seguridad para con los trabajadores.
El pago de la Cotización y trasladar el monto de la misma a la A.R.P. dentro de los plazos correspondientes.
Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores.
Prestar inmediatamente los primeros auxilios en caso de accidentes o de enfermedad.
Procurar a los trabajadores, locales y elementos adecuados de protección contra ATEP.
Ejecutar y Controlar el Cumplimiento del Programa de salud ocupacional de la empresa.
Informar a la A.R.P. las novedades laborales de sus trabajadores.
Notificar a la A.R.P. los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales dentro de los 2 días hábiles de su ocurrencia.
Informar a los Trabajadores y a la E.P.S. donde este afiliado el trabajador la A.R.P. escogida por el empleador.
Reincorporación del trabajador que recupera su capacidad laboral.
Reubicación del trabajador incapacitado parcialmente.
LA RESPONSABILIDAD LABORAL:
Es la obligación económica (prestaciones económicas y asistenciales) mediante la cual los trabajadores están protegidos de las contingencias que se ocasionen con causa o con ocasión del trabajo (ATEP), que surge por la relación laboral o contrato de trabajo. Esta responsabilidad es la que el empleador debe asegurar a través de una ARP
o Es una responsabilidad delegada por el empleador a una ARP, mediante el pago de la cotización mensual.
o El monto de indemnización es tarifado (la ley tiene ya establecido el pago de las prestaciones).
o Los derechos o beneficios al trabajador como consecuencia del accidente de trabajo se concretan en prestaciones económicas y asistenciales.
o Las mesadas pensiónales prescriben en tres años, las demás prestaciones prescriben en el término de un
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