ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

SEGURIDAD EN EL TRABAJO

soycarmen29 de Abril de 2012

8.462 Palabras (34 Páginas)477 Visitas

Página 1 de 34

REGLAMENTO GENERAL SOBRE HIGIENE Y

SEGURIDAD EN EL TRABAJO

INDICE

TITULO I

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES...........................................1

CAPITULO II OBLIGACIONES DE LOS PATRONOS................................2

CAPITULO III OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES.......................3

CAPITULO IV DE LAS ORGANIZACIONES DE SEGURIDAD....................3

CAPITULO V APLICACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA.............................4

TITULO II

CAPITULO I CONDICIONES GENERALES DE LOS LOCALES Y

AMBIENTE DE TRABAJO...................................................4

CAPITULO II MOTORES, TRANSMISIONES Y MAQUINAS

CALDERAS..........................................................................8

CAPITULO III ELECTRICIDAD.................................................................11

CAPITULO IV SUSTANCIAS PELIGROSAS............................................13

CAPITULO V APARATOS ELEVADORES-TRANSPORTE,

MONTACARGAS, GRUAS Y ELEVADORES...................16

CAPITULO VI ANDAMIOS........................................................................17

TITULO III

CAPITULO I PROTECCIÓN ESPECIAL................................................21

CAPITULO II ASIENTOS........................................................................22

TITULO IV

CAPITULO I SERVICIOS SANITARIOS................................................22

CAPITULO II LAVAMANOS Y DUCHAS................................................23

CAPITULO III VESTUARIOS...................................................................23

CAPITULO IV DORMITORIOS.................................................................24

CAPITULO V CASAS DE HABITACIÓN UNIFAMILIAR..........................24

CAPITULO VI COMEDORES...................................................................24

TITULO V

CAPITULO I BOTIQUÍN Y ENFERMERIA.........................................25

TITULO VI

HIGIENE MENTAL........................................................25

TITULO VII

SANCIONES.................................................................25

TITULO VIII

DISPOSICIONES FINALES.........................................26

1

Palacio Nacional: Guatemala, 28 de diciembre de 1957

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, INTERINO

CONSIDERANDO:

Que el interés nacional exige que se adopten medidas tendentes a proteger la vida, la

salud y la integridad corporal de los trabajadores.

Que el progreso económico del país tiene íntima relación con el cuidado que se otorgue a

la salud y la vida de los trabajadores que forman parte activa del mismo y que no es

concebible la protección a la vida y la salud sin realizar una efectiva labor en contra de las

causas que puedan dañarla.

Que es obligación del Estado procurar la mayor protección posible para los ciudadanos

que en el ejercicio de su trabajo están constantemente expuestos a sufrir accidentes o

enfermedades y que esto sólo se puede lograr estableciendo condiciones de seguridad e

higiene para la práctica del trabajo.

POR TANTO:

En uso de las facultades legales que le confieren los Artículos 168, Inciso 4º. Y 174 de la

Constitución de la República; 14, 197, 201, 202 y 204 del Código de Trabajo.

ACUERDA:

Dictar el siguiente:

REGLAMENTO GENERAL SOBRE HIGIENE

Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

TITULO I

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular las condiciones generales

de higiene y seguridad en que deberán ejecutar sus labores los trabajadores de patronos

privados, del Estado, de las municipalidades y de las instituciones autónomas, con el fin

de proteger su vida, su salud y su integridad corporal.

ARTICULO 2. Para los efectos de este Reglamento se entiende por “lugar de trabajo”

todo aquel en que se efectúen trabajos industriales, agrícolas, comerciales o de cualquier

otra índole.

ARTICULO 3. El presente Reglamento es de observancia general en toda la República y

sus normas de orden público.

2

CAPITULO II

OBLIGACIONES DE LOS PATRONOS

ARTICULO 4. Todo patrono o su representante, intermediario o contratista debe adoptar

y poner en práctica en los lugares de trabajo, las medidas adecuadas de seguridad e

higiene para proteger la vida, la salud y la integridad corporal de sus trabajadores,

especialmente en lo relativo:

a) A las operaciones y procesos de trabajo.

b) Al suministro, uso y mantenimiento de los equipos de protección personal.

c) A las edificaciones, instalaciones y condiciones ambientales; y

d) A la colocación y mantenimiento de resguardos y protecciones de las máquinas y de

todo género de instalaciones.

ARTICULO 5. Son también obligaciones de los patronos:

a) Mantener en buen estado de conservación, funcionamiento y uso, la maquinaria,

instalaciones y útiles.

b) Promover la capacitación de su personal en materia de higiene y seguridad en el

trabajo.

c) Facilitar la creación y funcionamiento de las “Organizaciones de Seguridad” que

recomienden las autoridades respectivas.

d) Someter a exámenes médicos a los trabajadores para constatar su estado de salud y

su aptitud para el trabajo antes de aceptarlos en su empresa y una vez aceptados,

periódicamente para control de su salud; y ver normas relativas a exámenes médicos

de los trabajadores, publicadas en el Diario Oficial el 10 de febrero de 1982. *1/

e) Colocar y mantener en lugares visibles, avisos, carteles, etc., sobre higiene y

seguridad.

ARTICULO 6. Se prohíbe a los patronos:

a) Poner o mantener en funcionamiento maquinaria o herramienta que no esté

debidamente protegida en los puntos de transmisión de energía; en las partes

móviles y en los puntos de operación.

b) Permitir la entrada a los lugares de trabajo de trabajadores en estado de ebriedad o

bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante.

ARTICULO 7. En los trabajos que se realicen en establecimientos comerciales,

industriales o agrícolas, en los que se usan materias asfixiantes, tóxicas o infectantes o

específicamente nocivas para la salud o en las que dichas materias puedan formarse a

consecuencia del trabajo mismo, el patrono está obligado a advertir al trabajador el peligro

a que se expone, indicarle los métodos de prevenir los daños y proveerle los medios de

preservación adecuados.

3

CAPITULO III

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

ARTICULO 8. Todo trabajador estará obligado a cumplir con las normas sobre higiene y

seguridad, indicaciones e instrucciones que tengan por finalidad protegerle en su vida,

salud e integridad corporal.

Así mismo estará obligado a cumplir con las recomendaciones técnicas que se le den en

lo que se refiere al uso y conservación del equipo de protección personal que le sea

suministrado, a las operaciones y procesos de trabajo y al uso y mantenimiento de las

protecciones de maquinaria.

ARTICULO 9. Se prohíbe a los trabajadores:

a) Impedir que se cumplan las medidas de seguridad en las operaciones y procesos de

trabajo.

b) Dañar o destruir los resguardos y protecciones de máquinas e instalaciones o

removerlos de su sitio sin tomar las debidas precauciones.

c) Dañar o destruir los equipos de protección personal o negarse a usarlos sin motivo

justificado.

d) Dañar, destruir o remover avisos o advertencias sobre condiciones inseguras o

insalubres.

e) Hacer juegos o bromas que pongan en peligro su vida, salud o integridad corporal o

las de sus compañeros de trabajo.

f) Lubricar, limpiar o reparar máquinas en movimiento, a menos que sea absolutamente

necesario y que se guarden todas las precauciones indicadas por el encargado de la

máquina; y

g) Presentarse a sus labores o desempeñar las mismas en estado de ebriedad o bajo la

influencia de un narcótico o droga enervante.

CAPITULO IV

DE LAS ORGANIZACIONES DE SEGURIDAD

ARTICULO 10. Todo lugar de trabajo deberá contar con una “Organización de

Seguridad”

Estas organizaciones podrán consistir en Comités de Seguridad integrados con igual

número de representantes de los trabajadores y del patrono, inspectores de seguridad o

comisiones especiales según la importancia, necesidades y circunstancias del respectivo

centro de trabajo.

Las actividades de los comités, inspectores y comisiones se regirán por un Reglamento

especial.

4

CAPITULO V

APLICACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA

ARTICULO 11. El Ministerio de Trabajo y Bienestar Social en el decreto número 1117 del

Congreso de la República se establece que a partir del 16 de agosto de 1961 se

denomina Ministerio de Trabajo y Previsión Social y el Instituto Guatemalteco de

Seguridad Social tendrán a su cargo en forma coordinada, la aplicación, control y

vigilancia de la higiene y seguridad en los lugares de trabajo.

El Ministerio y el

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (63 Kb)
Leer 33 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com