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SENTENCIA No. 33552


Enviado por   •  9 de Marzo de 2012  •  634 Palabras (3 Páginas)  •  512 Visitas

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SENTENCIA 33552

SALA DE CASACIÓN PENAL, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

¿El cambio del juez, en las etapas de juicio oral y posterior sentencia, vulnera el principio de inmediación?

Presentado a

Dr. HECTOR JAVIER ALARCÓN GRANOBLES

Presentado por

ALEJANDRO CORTÍNEZ

Código 7000594

CATHERINE SICACHÁ PASTRANA

Código 7000608

UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA

ESPECIALIZACIÓN PROCEDIMIENTO PENAL CONSTITUCIONAL Y JUSTICIA MILITAR

COHORTE 19

SISTEMA PENAL ACUSATORIO

2011

SENTENCIA No. 33552

Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia

Problema Jurídico: ¿El cambio del juez, en las etapas de juicio oral y posterior sentencia, vulnera el principio de inmediación?

La sentencia relacionada pone de presente un caso en el que el Juez que profiere la sentencia, siendo de descongestión, es diferente al que presidió y dirigió todo el debate probatorio durante la audiencia pública de juicio oral, situación, que la Sala de Casación Penal de la Colegiatura mencionada, resolvió advirtiendo que en tratándose de un proceso tramitado bajo los parámetros de la Ley 600 del año 2000, allí, se encuentra inmerso el principio de la Permanencia de La Prueba, razón por la que reposando los medios probatorios en el expediente no trasciende, para el efecto, la no continuidad del juez durante la audiencia de juicio y posterior lectura de fallo en el principio de inmediación más aun cuando en este régimen dicho principio no gozaba de la fortaleza que en el actual sistema penal acusatorio.

No obstante, es claro que la anterior situación no puede predicarse del nuevo sistema penal acusatorio, en este sentido, numerosos doctrinantes han señalado que en aras de velar por el cumplimiento del principio de inmediación se exige que “el juez que pronuncia la sentencia haya asistido a la práctica de las pruebas de donde extrae su convencimiento , y haya entrado por lo tanto, en relación directa con las partes, con los testigos, con los peritos, y con los objetos del juicio…” , de la misma manera, Roxin al referirse a este principio asegura que su aplicación dentro del sistema procesal penal acusatorio resulta de gran importancia, por cuanto es precisamente durante el

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