SISTEMA POLITICO
bersa3572 de Septiembre de 2012
3.968 Palabras (16 Páginas)329 Visitas
SISTEMA POLITICO
Un sistema político es plasmación organizativa de un conjunto de interacciones estables a través de las cuales se ejerce la política en un contexto limitado.1 Este sistema viene formado por agentes, instituciones, organizaciones, comportamientos, creencias, normas, actitudes, ideales, valores y sus respectivas interacciones, que mantienen o modifican el orden del que resulta una determinada distribución de utilidades, conllevando a distintos procesos de decisión de los actores, que modifican la utilización del poder por parte de lo político a fin de obtener el objetivo deseado.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
• Elementos institucionales. Son los órganos e instrumentos que dirigen el sistema y cumplen
la función de asignar valores a la sociedad.
• Actores institucionalizados, en que la sociedad se organiza para transmitir sus demandas o influir o modificar las decisiones de la autoridad.
• Los valores de los individuos y grupos sociales. Viene a ser la cultura política.
• Otros sistemas políticos de carácter nacional. El escenario internacional.
TIPOS DE SISTEMAS POLITICOS
Por regla general la Constitución es el texto fundamental que establece las Instituciones del estado, sus normas de funcionamiento, la división de los poderes, los mecanismos de elección de gobernantes y representantes de los ciudadanos, y sobre todo el conjunto de deberes y derechos fundamentales de los ciudadanos.
Según su sistema de elección pueden ser:
• DEMOCRATICO
• DICTACTORIAL
• TOTALITARISTA
• TEOCRATICO
Según la ideología política:
• LIBERALISMO POLÍTICO
• LIBERALISMO ECONÓMICO
• SOCIALISMO
• SOCIALDEMOCRACIA
• SOCIALCRISTIANISMO
• DEMOCRACIA CRISTIANA
• COMUNISMO
• CAPITALISMO
SISTEMA POLITICO VENEZOLANO SIGLO XX
Este comienza desde 1908 hasta 1935, donde se produjo la unificación administrativa y política del país.
1936-1941: Asume el general Eleazar López Contreras quien asumió a la muerte de Gómez. López actuó con cautela contra las nuevas fuerzas políticas que se estaban formando, pero al año y medio éstas habían sido disueltas.
1941-1945: El general Isaías Medina Angarita sucedió a López Contreras e inicio un período de liberalización política.
1945-1948: Se produjo el primer movimiento cívico-militar
a cargo de Rómulo Betancourt de AD y su aliado Unión Patriótica Militar (UPM).
1948-1958: Frente al monopolio del poder por parte de AD los militares comenzaron a sentir a esta fuerza político-electoral como una amenaza y en 1948 se produce un golpe militar, con Pérez Jiménez a la cabeza.
1959-1964: asumió AD con COPEI y URD. Se llevó a cabo una política cuidadosa con los militares y la Iglesia; se suavizaron los elementos más socialistas de la 1964-1969: Período presidencial del Dr. Raúl Leoni doctrina de AD
1969-1973: Con Rafael Caldera (COPEI) el gobierno presentó una solución para la pacificación y reinserción de la izquierda guerrillera en la política democrática, además de reformas institucionales de carácter modernizante
1974-1979: Carlos Andrés Pérez, al asumir el gobierno, se encontró con una situación que pocos gobernantes han tenido: el país tenía mucho dinero, pero lo que cuesta explicar es que al culminar su mandato, su sucesor se quejó de recibir un país hipotecado.
1979-1984: Gobierno de Luis Herrera Campins: La campaña política ejercida por Luis Herrera Campins para llegar al gobierno fue muy hábil, ganó el apoyo del pueblo con el uso de frases como: "¿dónde están los reales?" con la que expresaba la frustración del pueblo al no saber qué había pasado con la abundancia de recursos que tenía el país en el gobierno anterior.
1984-1989: El retorno de la AD: El triunfo de Jaime Lusinchi se consideró como la consolidación de un bipartidismo conservador, el cual se apoderó del estado, al tiempo que se fue separando de la población
-1989-1993: Segundo gobierno de Carlos Andrés Pérez: A pesar de haber
incurrido en hechos de corrupción en su primer gobierno.
1994-1999: 2da Presidencia de Rafael Caldera. Como resultado de las elecciones de 1993, Caldera regresa por segunda vez a Miraflores, con la promesa de devolver la paz y la seguridad a Venezuela.
1999-2001: Hugo Chávez asumió el poder el 2 de febrero de 1999.
2001-20xx: Segundo periodo presidencial de Hugo Chávez.
QUE ES LA CONSTITUCIÓN?
La Constitución o carta magna es la norma suprema, escrita o no, de un Estado soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
La Constitución, como toda ley, puede definirse tanto desde el punto de vista formal como desde el punto de vista material. Desde el punto de vista material, la Constitución es el conjunto de reglas fundamentales que se aplican al ejercicio del poder estatal. Desde el punto de vista formal, Constitución se define a partir de los órganos y procedimientos que intervienen en su adopción, de ahí genera una de sus características principales: su supremacía sobre cualquier otra norma del ordenamiento jurídico.
El término Constitución, en sentido jurídico, hace referencia al conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas, que determinan el ordenamiento jurídico de un estado, especialmente, la organización de los poderes públicos y sus competencias, los fundamentos de la vida económica y social, los deberes y derechos de los ciudadanos
Según su formulación jurídica
Esta es una clasificación clásica, en virtud de la cual se conoce a las constituciones como escritas.
Constitución escrita
Es el texto legal en el que se plasman los principios fundamentales sobre los que descansa la organización del estado, los límites y las facultades del Estado, así como deberes y derechos de los individuos. Es el texto específico que contiene la totalidad o casi la totalidad de las normas básicas, y que debe ser respetado por cualquier otra norma de rango inferior.
Ventajas de la Constitución apuntada
Respecto a esta clasificación, considera Esmein que es preferible una Constitución escrita a otra no escrita o consuetudinaria, debido a que una Constitución escrita permite una mayor certidumbre jurídica y concede ventajas de técnica jurídica, ya que se conoce con mayor precisión qué normas son constitucionales y cuáles no lo son, otorga ventajas, debido a que es sencillo ubicar la jerarquía y la unidad del sistema en ese tipo de régimen y automáticamente se coloca en la cúspide de ese régimen jurídico el documento madre y, a partir de este, emanarán las demás instituciones.
A partir del pensamiento de Esmein se concluyen tres ventajas de las constituciones escritas:
La superioridad de la ley escrita sobre la costumbre, lo cual se había reconocido a finales del siglo XVIII, ya que desde entonces existía la necesidad de llevar a un rango superior las reglas constitucionales.
También desde el siglo XVIII es importante el reconocimiento del pacto social que implica una Constitución dictada por la soberanía nacional, lo cual es interesante desde la óptica de la legitimación de los principios jurídicos que emanan de la soberanía nacional.
En una Constitución escrita hay claridad y precisión en cuanto al contenido y esto elimina confusiones, y en una Constitución no escrita, la ambigüedad suele ser un riesgo.
Constitución no escrita
Este tipo de clasificación es conocido también como Constitución consuetudinaria, en el cual no existe un texto específico que contenga la totalidad, o casi la totalidad de las normas básicas, sino que estas están contenidas a lo largo de diversas leyes, cuerpos legales y usos repetidos. Un ejemplo sería la Constitución no escrita de Inglaterra cuyas fuentes de derecho las podemos encontrar en los grandes textos históricos como la Carta Magna (1215), la Petición de Derechos (1628), el Habeas Corpus (1679), el Bill of Rights (1689) y el Acta de Establecimiento (1701).
Según su reformabilidad
Según su reformabilidad las constituciones se clasifican en rígidas y flexibles. Las constituciones rígidas son aquellas que requieren de un procedimiento especial y complejo para su reformabilidad; es decir, los procedimientos para la creación, reforma o adición de las leyes constitucionales es distinto y más complejo que los procedimientos de las leyes ordinarias.
• Constituciones rígidas o pétreas
• Constituciones semirrígidas
• Constituciones flexibles
En la práctica, las constituciones escritas son también constituciones rígidas; es decir, cuando en un Estado encontramos que existe Constitución escrita, descubrimos que esta tiene
...