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SOCIOLOGIA JURIDICA

300820138 de Febrero de 2013

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La Sociología es la ciencia que estudia los fenómenos socioculturales que surgen de la interacciónentre los individuos y entre los individuos y su medio. Esta ciencia fue fundada por filósofo francesa Augusto Compte, nacido en Montpelier en el año 1798. Compte sentó las bases del Positivismo en su "Curso de filosofía Positiva" editada entre los años 1830 al 1842, y definió la sociología como ciencia.

La Sociología Jurídica es una rama de la Sociología General que tiene por objeto el estudio de los fenómenos jurídicos o de derecho. La Sociología Jurídica parte del principio de que todos los fenómenos jurídicos son fenómenos sociales aunque no todos los fenómenos sociales son fenómenos jurídicos.

También existen los fenómenos sociales no jurídicos, como son los fenómenos de usos sociales o costumbres que son de gran importancia para la vida en sociedad.

La fundación de esta ciencia se le acredita al gran erudito Austriaco Eugenio Ehrlich quien nació en Czernowitz, antiguo Imperio austriaco, ahora Chernovtsy, Ucrania el 14 de septiembre del año 1862. La idea de este gran jurista era que: "El centro de gravedad del desarrollo del derecho, en todas las épocas, no reside ni en la legislación, ni en la ciencia jurídica, o en la jurisprudencia, sino en la sociedad misma".

Ehrlich entendía que la idea esencial de la Sociología Jurídica era: "La existencia de un orden social pacífico y espontáneo, no contencioso, que se forma por un arreglo de las voluntades individuales o colectivas, y que aunque por lo regular surgen conflictos, estos se resuelven en buena parte sin la necesidad de recurrir a normas abstractas, a través de la apreciación de la justicia del caso".

PRINCIPALES ESCUELAS

PENSAMIENTO SOCIOLÓGICO-JURÍDICO MEXICANO.

EL OBJETO DE LA SOCIOLOGÍA DEL DERECHO, SEGÚN RENE BARRAGÁN.-

para este autor el objeto de la sociología del derecho consiste en el establecimiento de las conexiones que están presentes siempre ante el derecho y los demás fenómenos sociales, por lo que le toca a los problemas de la mencionada disciplina, afirma que son los siguientes:

1.- ¿en que clase de relaciones se encuentra el derecho con los demás fenómenos sociales?

2.- ¿en que condiciones sociales surge necesariamente un sistema de derecho?

3.- ¿Cuáles son los fenómenos sociales que influyen en la transformación del derecho?

4.- ¿en que condiciones sociales desaparece un sistema de derecho y es substituido por otro?

5.- ¿Cuál es la influencia del derecho sobre los demás fenómenos sociales?

6.- ¿Cuáles son las leyes que rigen la evolución jurídica?

EL OBJETO DE LA SOCIOLOGÍA DEL DERECHO SEGÚN EL FILOSOFO DEL DERECHO Y SOCIÓLOGO LUIS RECASENS FICHES .-En su tratado general de sociología , considera que son dos la serie de temas de los que se ocupa la sociología del derecho, a saber:

1.- el estudio de cómo el derecho en tanto que hecho representa el producto de procesos sociales.

2.- el examen de los efectos que el derecho haya producido (de cualquier índole que sea) causa en la sociedad.

SOCIOLOGÍA JURÍDICA NORTEAMERICANA.

"Por lo que hace al concepto de la sociología jurídica, esta debe ser considerada como un intento de ordenar lo que sabemos acerca de los elementos naturales de la vida social y conducir aquel c conocimiento hacia una actividad conscientemente sostenida, dirigida por objetivos especiales e ideas.

Por lo que se refiere a las distintas etapas por las que ha pasado la sociología del derecho, en su desarrollo en los estados unidos, cabe decir que son tres.

El la etapa primitiva, se trata de enseñar una determinada perspectiva sociológica y se trae un área hasta ahora aislada, la del derecho, una valoración de las verdades sociológicas de carácter básico y general, dentro de las cuales se puede mencionar la importancia de la pertenencia al grupo en relación con la conducta del hombre.

En esta etapa se produce una gran discusión teorética y el análisis de la experiencia diaria. Desde luego en ella se da una investigación organizada, la cual tiene un valor mayor por sus efectos educativos que por cualesquiera otros.

En la segunda etapa o estadio encontramos la influencia del técnico en sociología. Este estadio de los detalles y por un deseo sincero de servir. En esta etapa, el sociólogo busca algo mas que comunicar una perspectiva de tipo general.

El propósito fundamental, en el estadio de que se trata, es el de aplicar el análisis sociológico a los problemas particulares que plantean tanto la doctrina como las instituciones jurídicas.

En el tercer estadio encontramos dos características fundamentales a saber: autonomía intelectual y madurez. Ene este estadio se avanza en relación con el segundo, e virtud de que el sociólogo sin rechazar el papel del técnico, va mas allá de la función que desempeña este y se encamina a la realización de los objetivos y de los principios que orientan su actividad.

SOCIOLOGÍA JURÍDICA PARA EL PENSAMIENTO ESPAÑOL

Legaz y Lacambra.- Para Legaz, la realidad del derecho no descansa en la norma, sino en la facultad que pertenece al sujeto. Por otra parte, el derecho es una forma de la vida social en la cual se expresa una cierta perspectiva de la justicia. Afirma que el derecho es una forma de la vida social significa que pertenece a los usos sociales. El derecho es un uso o sistemas de usos sociales que no abarca todas las dimensiones de la vida humana en general, sino solo algunas de ellas. La realidad del derecho se encuentra en las relaciones sociales.

Es conveniente percatarse de que el derecho regula las relaciones sociales y estas en virtud de que están sometidas a la normación jurídica, se convierten en relaciones jurídicas. Se puede afirmar que por un lado existe la realidad social y por el otro el mundo del derecho. Este imprime su sello sobre esa realidad y transforma los hechos sociales en jurídicos.

Para que exista la posibilidad de que las relaciones sociales sean trasformadas en jurídicas, deben contener aquellos ciertos elementos que ya son jurídicos por si mismos, tales como la libertad del hombre y su poder de actuar.

Las relaciones sociales tienen un carácter jurídico no simplemente por ser sociales, sino por la existencia social implica un cierto grado de justicia y por que este el que confiere a la relación social su naturaleza jurídica.

Además, la sociología jurídica se ocupa tanto en la estimación como del conocimiento de la justicia o injusticia que se encuentra estructurada en las relaciones jurídicas y de las funciones relevantes en la realización del derecho.

EL OBJETO DE LA SOCIOLOGÍA JURÍDICA SEGÚN EL PENSAMIENTO FRANCÉS

El objeto y los problemas de la sociología según Emilio Durkheim.- El índice de la solidaridad que emplea Durkheim es el derecho. El autor menciona una relación entre las formas de la sociabilidad y las especies de derecho.

Hay un derecho que corresponde a la solidaridad mecánica o por similitud y un derecho que corresponde a la solidaridad orgánica o mediante diferenciación. El derecho que corresponde a la solidaridad mecánica es el penal y el que corresponde a la a la solidaridad orgánica es el restitutivo.

El derecho restitutivo nace en regiones excéntricas muy alejadas del centro de la conciencia común. En tanto que en el derecho represivo permanece difuso a la sociedad, el restitutivo crea órganos específicos tales como los tribunales administrativos.

En virtud de que las normas que regulan la sanción restitutiva son diversas y excéntricas de la conciencia común, las relaciones que establecen no alcanzan indiscriminadamente a todo el mundo, por otra parte, como la sociedad no se encuentran ausente, entonces siente tanto el impacto de la violación de norma de derecho restitutivo como el de la conciencia particular con la conciencia colectiva, es decir, al individuo con la sociedad.

Por otra parte la sanción represiva constituye una censura que inflinge la sociedad, un deshonor que se traduce en un castigo capital o corporal o corporal, o mas bien una privación de la libertad. La canción restitutiva consiste en volver el asunto al estado que guardaba antes de la infracción de la norma, mediante su anulación.

El objeto de la sociología jurídica según Gurvitch.- Gurvitch no se plantea el problema de probar la existencia del derecho en general, sino de las maneras distintas en que este se expresa, lo cual conduce a un pluralismo jurídico y a la perdida de un punto de vista unitario en la fundamentación del derecho.

La segunda tarea de la sociología jurídica consiste en el análisis de las variaciones de la importancia del derecho en relación con las demás formas de normación social y de las restantes obras de la civilización

La tercera tarea de la sociología del derecho consistiría en investigar la variación de las técnicas en virtud de las cuales se sistematiza el derecho en función de las sociedades globales

La cuarta tarea de la disciplina que nos ocupa sería estudiar el papel variable de los juristas en la vida del derecho y en la de la sociedad, del estado, de laiglesia, de los sindicatos etc.

Por ultimo, la quinta tarea de nuestra ciencia consiste en el estudio genético de ciertas regularidades tendenciales en el desarrollo del derecho así como de sus factores:

1.- Tendencia hacia la transformación del derecho dentro de las sociedades globales

2.- Tendencias hacia la unión o separación de las demás reglamentaciones sociales

3.- Tendencia hacia un aumento o disminución de

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