Secretaria de Educacion Publica. Acuerdo 447
marco_najera7 de Septiembre de 2012
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TERCERA SECCION
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
ACUERDO número 447 por el que se establecen las competencias docentes para quienes impartan educación media superior en la modalidad escolarizada.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
JOSEFINA EUGENIA VAZQUEZ MOTA, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los
artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o., 14, fracción I y último párrafo, 21 y
37 de la Ley General de Educación; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su Eje 3 “Igualdad de Oportunidades”, Objetivo 13 “Fortalecer el acceso y la permanencia en el sistema de enseñanza media superior, brindando una educación de calidad orientada al desarrollo de competencias”, Estrategia 13.1 señala que “...se asegurará que los profesores tengan las competencias didácticas, pedagógicas y de contenido de sus asignaturas que requieren para un desempeño pedagógico adecuado”;
Que en congruencia con lo anterior el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, en su Objetivo 1 “Elevar la calidad de la educación para que los estudiantes mejoren su nivel de logro educativo, cuenten con medios para tener acceso a un mayor bienestar y contribuyan al desarrollo nacional”, numerales 1.8 y 1.10 señalan como estrategias el “definir un perfil deseable del docente”, así como el “instaurar mecanismos y lineamientos sistemáticos con base en criterios claros para la certificación de competencias docentes que contribuyan a conformar una planta académica de calidad”;
Que en el México de hoy ya no es suficiente que los docentes de la Educación Media Superior (EMS) centren su acción pedagógica en facilitar la adquisición de conocimientos de las asignaturas que imparten. Es indispensable que los maestros trasciendan los propósitos exclusivamente disciplinares y apoyen de manera integral la formación de los jóvenes;
Que en consecuencia, es necesaria una comprensión de la función del docente que vaya más allá de las
prácticas tradicionales de enseñanza en el salón de clases, para adoptar un enfoque centrado en el
aprendizaje en diversos ambientes, sobre todo ante la Reforma Integral de la Educación Media Superior
emprendida para el establecimiento del Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) en un marco de diversidad;
Que el trabajo de los docentes, a partir de un enfoque basado en competencias, permitirá que los estudiantes adquieran las competencias que son parte del Marco Curricular Común que da sustento al SNB, eje en torno al cual se lleva a cabo la Reforma Integral de la EMS;
Que para definir el Perfil del Docente del SNB, la Secretaría de Educación Pública estimó indispensable invitar a las autoridades educativas locales y a las instituciones representadas en la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), a aportar sus experiencias y propuestas, bajo la premisa de que dicho perfil está constituido por un conjunto de competencias que integran conocimientos, habilidades y actitudes que el docente pone en juego para generar ambientes de aprendizaje en los que los estudiantes desplieguen las competencias genéricas;
Que desde el punto de vista de su contenido, las competencias docentes deben tener las características siguientes:
Son fundamentales para los docentes de la EMS, en el marco del Sistema Nacional de Bachillerato y
el enfoque en competencias a partir del cual se construye.
Están referidas al contexto de trabajo de los docentes del tipo educativo, independientemente del
subsistema en el que laboren, las asignaturas que tengan a su cargo y las condiciones
socioeconómicas y culturales de su entorno.
Son transversales a las prácticas de enseñanza y aprendizaje de los distintos campos disciplinares.
Son trascendentales para el desarrollo profesional y formación continua de los docentes como
formadores de personas integrales.
Son un parámetro que contribuye a la formación docente y a la mejora continua de la enseñanza y el
aprendizaje en la EMS. En este sentido, las competencias no reflejan la situación actual de la
docencia en el tipo educativo, ni se refieren simplemente al deber ser; se trata de competencias que
pueden y deben ser desarrolladas por todos los docentes del bachillerato en el mediano plazo, y
sobre las cuales podrán seguir avanzando a lo largo de su trayectoria profesional.
Son conducentes a formar personas que reúnan las competencias que conforman el Perfil del
Egresado de la EMS.
2 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 29 de octubre de 2008
Que las competencias objeto de este Acuerdo son las que formulan las cualidades individuales, de
carácter ético, académico, profesional y social que debe reunir el docente y cuyo desarrollo forma parte de los
mecanismos de gestión de la Reforma Integral de la EMS, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NUMERO 447 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS DOCENTES PARA
QUIENES IMPARTAN EDUCACION MEDIA SUPERIOR EN LA MODALIDAD ESCOLARIZADA
Capítulo I
Objeto y Definiciones
Artículo 1.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las competencias que deberán cumplir los docentes de las instituciones educativas que en la modalidad escolarizada impartan educación del tipo medio superior y operen en el Sistema Nacional de Bachillerato.
Artículo 2.- Para los efectos de este Acuerdo, se entenderá por:
I. Acuerdo, al presente Acuerdo;
II. EMS, a la educación media superior;
III. Personal docente, al conjunto de educadores que satisfacen los requisitos a que alude el presente
Acuerdo y que como promotores y agentes del proceso educativo, ejercen la docencia a través de la cátedra, la orientación, la tutoría y en general, toda actividad propia de dicho proceso;
IV. Secretaría o autoridad educativa federal, a la Secretaría de Educación Pública, y
V. Subsecretaría, a la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría o autoridad
educativa federal.
Capítulo II
De las Competencias Docentes
Artículo 3.- Las competencias docentes son las que formulan las cualidades individuales, de carácter
ético, académico, profesional y social que debe reunir el docente de la EMS, y consecuentemente definen su
perfil.
Artículo 4.- Las competencias y sus principales atributos que han de definir el Perfil del Docente del SNB, son las que se establecen a continuación:
1. Organiza su formación continua a lo largo de su trayectoria profesional.
Atributos:
• Reflexiona e investiga sobre la enseñanza y sus propios procesos de construcción del conocimiento.
• Incorpora nuevos conocimientos y experiencias al acervo con el que cuenta y los traduce en
estrategias de enseñanza y de aprendizaje.
• Se evalúa para mejorar su proceso de construcción del conocimiento y adquisición de competencias,
y cuenta con una disposición favorable para la evaluación docente y de pares.
• Aprende de las experiencias de otros docentes y participa en la conformación y mejoramiento de su
comunidad académica.
• Se mantiene actualizado en el uso de la tecnología de la información y la comunicación.
• Se actualiza en el uso de una segunda lengua.
2. Domina y estructura los saberes para facilitar experiencias de aprendizaje significativo.
Atributos:
• Argumenta la naturaleza, los métodos y la consistencia lógica de los saberes que imparte.
• Explicita la relación de distintos saberes disciplinares con su práctica docente y los procesos de
aprendizaje de los estudiantes.
• Valora y explicita los vínculos entre los conocimientos previamente adquiridos por los estudiantes, los
que se desarrollan en su curso y aquellos otros que conforman un plan de estudios.
3. Planifica los procesos de enseñanza y de aprendizaje atendiendo al enfoque por competencias y los
ubica en contextos disciplinares, curriculares y sociales amplios.
Miércoles 29 de octubre de 2008 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 3
Atributos:
• Identifica los conocimientos previos y necesidades de formación de los estudiantes, y desarrolla
estrategias para avanzar a partir de ellas.
• Diseña planes de trabajo basados en proyectos e investigaciones disciplinarios e interdisciplinarios
orientados al desarrollo de competencias.
• Diseña y utiliza en el salón de clases materiales apropiados para el desarrollo de competencias.
• Contextualiza los contenidos de un plan de estudios en la vida cotidiana de los estudiantes y la
realidad social de la comunidad a la que pertenecen.
4. Lleva a la práctica procesos de enseñanza y de aprendizaje de manera efectiva, creativa e
innovadora a su contexto institucional.
Atributos:
• Comunica ideas y conceptos con claridad en los diferentes ambientes de aprendizaje y ofrece
ejemplos pertinentes a la vida de los
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