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Sergio Alfaro


Enviado por   •  20 de Junio de 2013  •  Tesis  •  16.995 Palabras (68 Páginas)  •  299 Visitas

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La sentencia es una resolución judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia, mercantil, laboral, contencioso-administrativo, etc.) o causa penal. La sentencia declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaración y cumplirla. En derecho penal, la sentencia absuelve o condena al acusado, imponiéndole la pena correspondiente.

Sergio Alfaro define sentencia como: Acto judicial que resuelve hetero compositivamente el litigio ya procesado, mediante la aceptación que el juez hace de alguna de las encontradas posiciones mantenidas por los antagonistas luego de evaluar los medios confirmatorios de las afirmaciones efectuadas por el actor y de la aplicación particularizada al caso de una norma jurídica que preexiste en abstracto, con carácter general. (Fuente: Apuntes de estado. Derecho procesal. Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.)

Clasificación

• Sentencia condenatoria o estimatoria: cuando el juez o tribunal acoge la pretensión del demandante, es decir, cuando el dictamen del juez es favorable al demandante o acusador.

• Sentencia absolutoria o desestimatoria: cuando el órgano jurisdiccional da la razón al demandado o acusado.

• Sentencia firme: aquella contra la que no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Y cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interpone recurso impugnatorio

• Sentencia no firme o recurrible: es aquélla contra la que se pueden interponer recursos.

• sentencia inhibitoria: es aquella, que por falta o imperfección en los requisitos de procedibilidad (ej.: legitimidad en la causa) no resuelve la litis o fondo de la discusión judicial, o por falta de elementos de prueba que lleven al juzgador a la certeza de los hechos controvertidos, esta clase de decisiones no quedan en fime.

Requisitos

La sentencia debe reunir los requisitos de tiempo, lugar y forma. Debe dictarse en un periodo de tiempo apto para la realización de los actos del juez o tribunal. La fijación de este plazo varía según el procedimiento de que se trate.

Respecto de la forma, las sentencias generalmente se componen de tres secciones:

• Encabezamiento o parte expositiva: en el que se señala la fecha y ciudad en que se dicta, las partes intervinientes, sus procuradores y abogados, sin que se puedan omitir sus nombres sin afectar a la debida integridad y publicidad de las sentencias ([1]). Se hacen constar también las peticiones o acciones y las excepciones o defensas presentadas por las partes, junto a los presupuestos o antecedentes de hecho en que se fundan.

• Parte considerativa: en la que se expresan los fundamentos de hecho y de derecho, que contienen los argumentos de las partes y los que utiliza el tribunal para resolver el objeto del proceso, en relación con las normas que se consideran aplicables al caso.

• Parte resolutiva: en la que se contiene la decisión o fallo de condena o absolución del demandado o acusado. Asimismo, suele incorporarse el nombre del juez que la ha redactado y la firma de todos los que han concurrido a su acuerdo.

Por otro lado, las sentencias deben ser congruentes, es decir, deben resolver acerca de todas las cuestiones que hayan sido objeto de debate en el proceso. El fallo no debe contener más, ni algo distinto, de lo pedido por las partes. Cuando se trata de sentencias penales, la congruencia significa que debe mediar una relación entre la sentencia y la acción penal ejercitada. Por ejemplo, si una persona es acusada de homicidio, el juez no puede condenarle por robo (para ello haría falta aplicar otro procedimiento), ya que está limitado por los hechos alegados. Sin embargo, podría realizar una calificación jurídica diversa de la hecha por las partes, por ejemplo, en el mismo caso, condenar por asesinato o parricidio y no por homicidio.

(((La "estructura de la sentencia" es la siguiente; esta integrada o compuesta por un preambulo,resultando,considerando y puntos resolutivos)))...

Redacción

La redacción de la sentencia corresponde al juez que la haya dictado (si se trata de un órgano jurisdiccional unipersonal) o a uno de sus miembros, si se trata de un órgano colegiado (en este caso, previa deliberación y votación de la sentencia por parte de los miembros del tribunal).

Una vez firmada la sentencia por el juez o por todos los miembros del tribunal, se da a conocer mediante lectura en audiencia pública o mediante notificación por escrito a las partes.

Impugnación

Dado que la sentencia es una resolución decisoria, en la mayoría de los casos es posible impugnarla mediante un recurso judicial. Cuando no es posible la presentación de ningún recurso, ya sea porque los interpuestos han agotado la vía judicial, o porque se ha acabado el plazo para interponerlos, la sentencia se denomina sentencia firme.

1.1. Medidas Cautelares Sustitutivas

Uno de los aspectos más notoriamente intimidantes del proceso penal, lo determina, el carácter coactivo de las actuaciones que se producen principalmente en la fase preparatoria e intermedia del mismo y cuyo común denominador se encuentra constituido por la adopción de las medidas de coerción personal. En el funcionamiento real del sistema punitivo las Medidas Cautelares tienen una contundencia extrema, que en la mayoría de los casos exceden no solamente los límites legales, sino también los más elementales criterios de racionalidad y de proporcionalidad, con un alto contenido intimidante que muchas veces afecta el respeto a la dignidad humana.

Esta situación, hace interesante la aplicación de las Medidas Cautelares Sustitutivas hoy, cuando se inicia el nuevo sistema penal venezolano, el cual reclama, la intervención inmediata de todos los juristas involucrados con tales medidas, ya que, de esto dependerá la proporcionalidad de la medida a adoptar según las circunstancias de la sanción que probablemente sea aplicable.

Desde el punto de vista de las Políticas Criminológicas que orientan las Medidas Cautelares Sustitutivas, han surgido disparidad de criterios por parte de los jueces de control en cuanto a la aplicación discriminatoria de las mismas. La situación planteada amerita ser analizada por los sujetos procesales que se encargan de administrar la justicia en un clima espiritual que conlleve el proceso por un sendero íntegro que garantice los valores ético-morales del proceso penal.

.3. Medidas de

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