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Enviado por   •  12 de Julio de 2013  •  520 Palabras (3 Páginas)  •  271 Visitas

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TERCEROS Y TERCERÍAS

NOCIÓN

La Tercería Judicial es un proceso dentro de otro.

Tercería

Es la intervención de un tercero en un proceso judicial que se ve perjudicado y formula una pretensión en el litigio incompatible con las demás pretensiones (ejecutante,ejecutado,otros terceristas). El tercero puede actuar por el embargo practicado sobre un bien que es de su propiedad o exigiendo el pago preferencial de su crédito con el producido de la venta del bien embargado. Según esta definición, las tercerías pueden ser:

• De dominio: en la que el tercero alega ser el dueño, tener el dominio del bien embargado.

• De posesión : es aquella que hace valer poseedor sobre bienes que se han constituido en embargo

• De pago : busca el pago preferente en la regularización de las deudas del ejecutado , y busca un pago privilegiado por sobre el mismo tercerista

• De prelación : busca el pago en razón de las condiciones de privilegio de más de un acreedor

• De mejor derecho: cuando un tercero alega tener mejor derecho que el embargante para quedarse con el producto de la venta del bien embargado( ej: acreedor hipotecario mejor derecho que el quirografario)

Los terceros

Las personas que, sin ser partes directas en el juicio, intervienen en él. Sin embargo ésta definición no es más que una definición negativa, y no da una definición correcta desde el punto de vista procesal, ya que engloba tanto al juez como a la totalidad de la ciudadanía. Por lo tanto desde un punto de vista procesal, el tercero es aquel que no es parte, pero a la vez tiene un interés legítimo en el objeto de discusión y digno de amparo jurídico .

La legitimación activa para iniciar el procedimiento de tercería de dominio, recae sobre el propietario de un bien que es embargado en un procedimiento de ejecución del que no es parte como si el bien perteneciera a un tercero.

CLASIFICACIÓN DE TERCERÍAS

CLASES

Couture dice que la Tercería Judicial es Coadyuvante y Excluyente.

• En la Tercería Judicial Coadyuvante la pretensión del tercerista coincide con la de una de las partes del proceso principal.

• La Tercería Judicial es Excluyente cuando se opone a las pretensiones de ambos. La pretensión sustentada por el tercerista es incompatible con la de alguno de los litigantes en el proceso principal

ESPECIES

• TERCERÍA DE DOMINIO. Es aquella en que el tercerista alega ser dueño de los bienes que son objeto del proceso.

• TERCERÍA DE MEJOR DERECHO. Es aquella en que el tercerista NO alega ser propietario de los bienes en litigio, sino invoca tener sobre ellos un derecho preferente al que pretenden los litigantes. La Tercería De Mejor Derecho es aquella que tiene por objeto lograr que el tercerista sea reintegrado de su crédito con los bienes embargados, y con preferencia al acreedor ejecutante.

Diferencia entre tercería coadyuvante y litisconsorcio

El tercerista coadyuvante se reputará como una misma persona con el litigante principal debiendo tomar la causa en el estado en que se halle; no podrá hacer retroceder ni suspender el curso de ella, ni alegar, ni probar lo que estuviere prohibido al principal por haber pasado el término o por cualquier otro motivo.

Litisconsorcio cuando en un litigio aparecen varios sujetos en una o ambas partes.

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