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Sistema Penal Y Control Social

maigrett24 de Junio de 2013

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Sistema penal y control social

Introducción

En el presente trabajo trataremos como primer objetivo un tema de primer orden e importancia en la convivencia y funcionamiento de las sociedades modernas como lo es el Sistema Penal y en Control Social y como segundo objetivo el Subsistema de Policía como mecanismo estrechamente relacionado al control social mencionado en el primer punto, aunque nos inclinamos claro está al ámbito Venezolano, es imprescindible relacionarnos con la esfera mundial por la misma dinámica de funcionamiento simétrico de las sociedades en este mundo globalizado. En forma universalmente hablando tenemos que es prerrogativa de los Estados ejercer el control social a través de sus entidades destinadas para ello en cada uno de sus territorios, Venezuela lo hace por medio del Ministerio Público y los organismos policiales, los cuales a través de la historia han sufrido cambios transformaciones y leyes en haras de optimizar el Sistema Penal y en consecuencia lograr un eficaz control social en cuanto a la seguridad ciudadana y el bienestar colectivo de la sociedad en cuanto a estabilidad jurídica. A partir de la implementación del COOPP y la entrada en vigencia de lo establecido la CRBB de 1.999, bajo responsabilidad del Gobierno revolucionario de nuestro Presidente HUGO CHAVEZ, con un régimen con alto grado de respeto a los derechos humanos e inclinación al derecho y la justicia

I.- INTRODUCCIÓN

El sistema penal es constitutivo de representaciones y relaciones sociales, de políticas públicas, de discursos de poder, e incluso de su propia configuración lingüística, la ley penal; en suma representa lo cotidiano de las sociedades actuales. Por ello resulta necesario evaluar el estado del sistema penal y el papel que juega en la democratización del poder punitivo. Más aún si en materia penal continua el criterio de los últimos años: aumentar las penas; en realidad, ésta es prácticamente la única política criminal en la lucha contra el delito, puesto que equivocadamente se piensa que el endurecimiento de las penas tiene un importante efecto preventivo; cuando ello no es así, pues son los factores que concurren en la criminalidad los que determinan la delincuencia de un país.

En ese contexto, el presente artículo pretende llamar la atención sobre la concepción del sistema penal en la sociedad contemporánea. Es importante partir desde el estudio del sistema penal porque en él se entrecruzan varias disciplinas como: las jurídico penales y procesales, puesto que si no hay una definición jurídico penal del comportamiento criminal, mal podemos hablar de control social punitivo en el marco de un Estado de Derecho. Para ello comenzamos nuestra investigación por la conceptualización de los términos orden social y control social, así como sus diferentes perfiles de manifestación, siempre con especial referencia al Sistema Penal como mecanismo de control social. Proponiéndonos entonces en esta materia un ejercicio de reflexión crítica de la forma tradicional de abordar esta temática.

CUESTIONARIO: CONTROL SOCIAL, SISTEMA PENAL Y DERECHO PENAL

1. ¿Qué es el control soc

ial?

1.- Básicamente, el “control social” van a ser una serie de mecanismos institucionalizados o no (informales o formales) que van a regular la vida y la conducta del individuo (persona básicamente, hablando de manera general, puesto que el término persona e individuo varían si es que profundizamos en los diferentes tipos de derechos penales, tal es el caso del Derecho Penal del enemigo) en sociedad. El control social va a variar de acuerdo a la estructura de poder que tiene una sociedad determinada, puesto que van a existir grupos dominantes y dominados, con sectores más o menos alejados a los centros de decisión. Conforme a esa estructura, se “controlará” socialmente la conducta de los hombres (a todos de una u otra forma se aplica este control, tanto a los que estén lejos o cerca, fuera o al interior de estos grupos de poder). Por ello podemos decir que el control social, debido a ésta “centralización – marginación” de grupos más cercanos o lejanos al poder, se presenta de manera bastante amplia. En conclusión podemos decir que el control social, ese control (o serie de mecanismos) que viene desde el Estado (formalizado, institucionalizado, punitivo o no) hasta el difuso (medios masivos, familiar, rumores, modas) para regular y controlar la vida del hombre en una determinada sociedad, de acuerdo a ciertos tipos de variables, que, básicamente vienen desde el poder y la ideología imperante en éste (poder) hacia el control del Estado. Es por eso que de aquí van a nacer diferentes tipos de concesiones acerca de cómo debería ser o manejar

el control social institucionalizado punitivo. Cabe resaltar que, como la “idea de control social” es tan amplia, es iluso reducir éste concepto a un contenido mínimo como la es el sistema penal, sino es necesario analizar también la estructura familiar, la educación, la medicina y muchos otros aspectos que hacen al complicadísimo trabajo social. Por eso justamente hablamos de control social, porque éste se va a aplicar a toda una sociedad. Ahora que irá a controlar más a unos que a otros, si es cierto; por ello hablamos de ideología y poder, y de distintos tipos de derechos penales y variables respecto al control social difuso.

2. ¿Qué formas de control social podemos citar?

Básicamente son dos formas: - El control social difuso, con los motivos e información de los medios masivos de comunicación, que inculcan ideas, pautas de conducta, sin que la población, en general, perciba eso como control social, sino como formas de recreación. La familia, actividad artística, rumores, prejuicios, modas. - El control social institucionalizado, el cual se presenta por medio de diferentes tipos de instituciones presentes en la sociedad, que pueden ser no punitivas y punitivas.

• El control social institucionalizado punitivo se refiere a las instituciones sociales, escuela, universidad, hospitales, la iglesia (religión), los partidos políticos, la investigación científica, entre otros, que tienen una parte de control social, que es inherente a su esencia, aunque también puede ser instrumentada mucho más allá de lo que corresponde a

esa esencia.

• El control social institucionalizado punitivo podemos verlo de dos formas:

1) Aquel que formalmente no es punitivo, vale decir que no tiene discurso punitivo, pero que opera punitivamente que básicamente son los psiquiátricos, asilos y orfanatos, los cuales institucionalizan a las personas. Acá se revelan una seria posibilidad de pensión real que según Zafaroni, es necesario investigar.

2) Y tenemos el control social institucionalizado punitivo formalmente o con discurso punitivo, en el cual encuadran el sistema penal (policía, jueces, personal penitenciario, etc).

3. ¿Cuántas formas de resolver un conflicto tenemos en la sociedad y cual es la que prevalece?

Son cuatro las formas de resolver un conflicto y que están presentes en la sociedad: El punitivo (Penal sancionar), el reparatorio (Civil reparar), terapéutico (que según la escuela neoclásica en criminología que es la que más se aplica en los sistemas penales de antes, y en algunos países como el nuestro ahora, nos remitan a un psiquiátrico para curar el supuesto enfermo mental o darle terapia psicológica) y el conciliatorio (devolverle el delito a la víctima e intentar negociar y conciliar como su nombre lo indica). Desde mi punto de vista, el que prevalezca solo una de estas alternativas no es muy cierto. Es que hay que ver el caso concreto; y que podemos analizar esto desde el siguiente punto de vista: viendo la superpoblación carcelaria, al menos en nuestro país, parecería que la opción punitiva es la que más prevalece, cosa con la que

no estoy completamente de acuerdo, más al contrario. Es que analizando que las personas que están en la cárcel, en su mayoría son pobres, y con delitos como robo, hurto, y con instrucción primaria (ni siquiera secundaria), y de pobres e ignorantes, no solo en nuestro país, sino que está demostrado a nivel mundial, veo que la opción punitiva es la conciencia de la insostenibilidad de la opción reparatoria. Claro que no hablo de todos los casos, puesto que es bastante amplio hablar de esto, pero sí por lo menos en una gran mayoría. Por lo tanto la vía reparatoria (bueno es) la que tiene (a mi modo de ver) mayor preponderancia, pero, ante la insostenibilidad de ésta, se opta por la vía punitiva, es justamente por ello que vemos las cárceles sobre pobladas. Me explico, si se cometió un asesinato y el asesino está en posibilidades de resucitar a la víctima, la familia no se “HARÍA NINGÚN LÍO”, y bueno frente a la reparación, el sistema penal se vería desnudo, o el clásico ejemplo de la asistencia familiar, donde si el padre paga la pensión no es metido a la cárcel, y así diferentes ejemplos. Ahora debido a que muchas veces existen cosas que no se pueden reparar más, agregando a ellos, otras variables como principios (o valga decir, escasez de ellos y demás de valores), y que el sistema penal sancione a personas no acciones, hacen que prevalezca la forma punitiva de “supuesta” solución, cuando no solucionamos en el fondo el conflicto, más solo lo atenuamos.

4. ¿Qué se entiende por manipulación ideológica según Zaffaroni?

La manipulación id

eológica según Zaffaroni consiste en que el poder instrumenta las ideologías en la parte en que le son útiles y los desecha en el resto. Es decir, el poder representado en el sistema, recoge del sistema

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