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Sistema Y Técnicas De Administración


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2014  •  1.043 Palabras (5 Páginas)  •  6.899 Visitas

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SISTEMA Y TÉCNICAS DE ADMINISTRACIÓN

La competencia administrativa, en Derecho administrativo, es un concepto que se refiere a la titularidad de una determinada potestad que sobre una materia posee un órgano administrativo. Se trata, pues, de una circunstancia subjetiva del órgano, de manera que cuando éste sea titular de los interese y potestades públicas, será competente. Vulgarmente, el término suele ser objetivizado, equiparando la noción de competencia con la de interés. Así, por ejemplo, se suele decir que las relaciones internacionales son competencia del Ministerio de Asuntos Exteriores. En un sentido estrictamente técnico, habría que decir que las relaciones internacionales son interés del Ministerio.

Puede decirse que, la competencia la constituye el conjunto de atribuciones, unciones y potestades que el ordenamiento jurídico atribuye a cada órgano administrativo.

La competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación, sustitución y avocación previstos en la ley.

De acuerdo al tratadista Haroldo Calderón es “la relación de subordinación que existe entre órganos de una misma competencia administrativa”

La Jerarquía administrativa

Es el orden de los elementos según criterios de valor. La jerarquía es la disposición de persona, animales o cosas, en orden ascendente o descentre, según criterios de clase, poder, oficio, categoría, autoridad o cualquier otro que conduzca a un sistema de clasificación. La organización administrativa da lugar a una serie de relaciones de subordinación y coordinación entre los órganos de la administración en su ámbito meramente interno.

Centralización Administrativa

Existe el régimen de centralización administrativa cuando los órganos se agrupan colocándose unos respecto a otros en una situación de dependencia tal que entre todos ellos existe un vínculo que, partiendo del órgano situado en el más alto grado de ese orden, los vaya ligando hasta el órgano de ínfima categoría, a través de diversos grados en los que existen ciertas facultades.

Descentralización Administrativa

Para el diccionario de la Lengua Española, la palabra descentralización significa acción efecto de descentralizar y esta última: “Trasferir a diversas corporaciones u oficios parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado”.

Gabino Fraga define la descentralización en los términos siguientes: “Al lado del régimen de centralización existe otra forma de organización administrativa: la descentralización, la cual consiste en confiar la realización de algunas actividades administrativas a órganos que guardan con la administración central una relación que no es la de jerarquía” y concluye: “el único carácter que se puede señalar como fundamental del régimen de descentralización es el de que los funcionarios y empleados que lo integran gozan de una autonomía orgánica y no están sujetos a los poderes jerárquicos.

Descentralización para el derecho administrativo es una forma jurídica en que se organiza la administración púbica, mediante la creación de entes púbicos por el legislador, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsables de una actividad específica de interés público. A través de esta forma de organización y acción administrativas, que es la descentralización administrativa, se atienden fundamentales servicios públicos específicos.

Por su parte, Andrés Serra Roja

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