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Sociedad Multietnica Y Pluriculpural


Enviado por   •  3 de Abril de 2013  •  1.945 Palabras (8 Páginas)  •  364 Visitas

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Sociedad multietnica y plurucultural

Sociedad multiétnica:

Las sociedades multiétnicas a diferencia de las sociedades nacionalistas, integran a diferentes grupos étnicos, sin importar diferencias de cultura, raza e historia. Todas las grandes ciudades pueden ser consideradas sociedades multiétnicas, incluso aquellas en la que el odio racial y la intolerancia étnica son frecuentes.

También, muchas naciones que todavía hoy son consideradas monoétnicas tienen sus orígenes en un proceso más o menos violento de fusión o mezcla.

Sociedad pluricultural:

Toda cultura es básicamente pluricultural. Es decir, se ha ido formando, a partir de los contactos entre distintas comunidades de vidas y que aportan sus modos de pensar, sentir y actuar.

Protección Civil. Es el organismo encargado del estudio, planificación, programación, coordinación y adiestramiento de los recursos públicos y privados, así como la ejecución de las acciones necesarias para prevenir, reducir y atender las emergencias y los daños derivados de las situaciones de desastres de origen natural, social, tecnológico o conflictual, y el consiguiente socorro y atención de las poblaciones y el medio ambiente afectados.

Historia

La Protección Civil nace el 12 de agosto de 1949 en el Protocolo 1 adicional al Tratado de Ginebra “Protección a las víctimas de los conflictos armados internacionales”, que es una de las disposiciones otorgadas para complementar el trabajo de la Cruz Roja.

1. Se entiende por Protección Civil el cumplimiento de algunas o de todas las tareas humanitarias que se mencionan a continuación, destinadas a proteger a la población contra los peligros de las hostilidades y de las catástrofes y a ayudarla a recuperarse de sus efectos inmediatos, así como a facilitar las condiciones necesarias para su supervivencia. Estas tareas son las siguientes:

1. Servicio de alarma,

2. Evacuación,

3. Habilitación y organización de refugios,

4. Aplicación de medidas de oscurecimiento,

5. Salvamento,

6. Servicios sanitarios, incluidos los de primeros auxilios, y asistencia religiosa;

7. Lucha contra incendios;

8. Detección y señalamiento de zonas peligrosas;

9. Descontaminación y medidas similares de protección;

10. Provisión de alojamiento y abastecimientos de urgencia;

11. Ayuda en caso de urgencia para el restablecimiento y el mantenimiento del orden en zonas damnificadas;

12. Medidas de urgencia para el restablecimiento de los servicios públicos indispensables;

13. Servicios funerarios de urgencia;

14. Asistencia para la preservación de los bienes esenciales para la supervivencia;

15. Actividades complementarias necesarias para el desempeño de una cualquiera de las tareas mencionadas, incluyendo entre otras cosas la planificación y la organización.

16. Captura y combate de animales peligrosos.

1. Se entiende por organismos de protección civil los establecimientos y otras unidades creados o autorizados por la autoridad competente de una Parte en conflicto para realizar cualquiera de las tareas mencionadas en el apartado a) y destinados y dedicados exclusivamente al desempeño de esas tareas.

2. Se entiende por personal de organismos de protección civil las personas asignadas por una Parte en conflicto exclusivamente al desempeño de las tareas mencionadas en el apartado a), incluido el personal asignado exclusivamente a la administración de esos organismos por la autoridad competente de dicha Parte.

3. Se entiende por material de organismos de protección civil el equipo, los suministros y los medios de transporte utilizados por esos organismos en el desempeño de las tareas mencionadas en el apartado a).

Su postulado básico es:

La salvaguarda de la vida de las personas, sus bienes y el entorno.

El 8 de junio de 1977, se adoptó, en Ginebra, el Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I).

El citado Protocolo fue aprobado por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, el día 21 de diciembre de 1982, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de enero de 1983, y promulgado el día 22 de diciembre de 1983.

El emblema internacional de Protección Civil se encuentra estipulado en el artículo No. 66 de dicho Protocolo, y dice:

Art. 66.- “El signo distintivo internacional de protección civil consiste en un triángulo equilátero azul sobre fondo color naranja, cuando se utilice para la protección de los organismos de protección civil, de su personal, sus edificios y su material o para la protección de refugios civiles”.

Origen de Protección Civil en Venezuela

La Autoprotección nace con el hombre mismo. Es el recurso individual y correctivo de preservar su propia integridad, su especie y la de su ambiente.

El enfrentar situaciones de desastres ha permitido a través de la evolución del tiempo, conformar agrupaciones a nivel mundial siguiendo estrategias para establecer medidas de prevención social.

En Venezuela ha existido preocupación por crear Grupos de Ayuda, Asistencia, Búsqueda, Salvamento y Rescate. Tomando en consideración que por la ubicación geográfica del País en su condición Caribeña, Atlántica, Andina y Amazónica, presenta un alto grado de exposición ante amenazas de origen Natural y Antrópico.

En la época de nuestra Independencia, se formaron en Caracas las llamadas “Juntas de Subsistencias”, como medida de protección a la población civil, en virtud del desabastecimiento creado por el estado de guerra interna imperante. El 23 de marzo de 1936 bajo el gobierno del General Eleazar López Contreras se conformó el “Puesto de Socorro para prestar Servicio Médico a las víctimas de accidentes” (Gaceta Oficial 18.913).

En ese mismo año, dada la preocupación del Estado Venezolano en lo referente a los aspectos preventivos, se creó el

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