ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sociedad comandita simple y Reposabilidad limitada


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2015  •  Reseñas  •  540 Palabras (3 Páginas)  •  379 Visitas

Página 1 de 3

Sociedad Comandita simple por acciones

Sustento constitucional y/o legal: Código de Comercio Titulo 4 capitulo 3 art 343 - 352

Tipo de sociedad (comercial y/o civil).; las dos

Sigla: Se debe tener claridad en la razón social de estas sociedades que se forma exclusivamente con el nombre completo o solo apellido de uno o más socios colectivos, seguida de las palabras: ‘y compañía’ o su abreviatura ‘& Cía.’ seguido en todo caso por las palabras: ‘Sociedad en Comandita por Acciones’ o su abreviatura ‘SCA’.

Formas de constitución (documento privado y/o escritura pública): Escritura Publica

Clase de sociedad. (Personas, capital, mixtas, comercialización internacional):  

Órganos que administran la sociedad: Asamblea de accionistas y Representante Legal

Clases de socios: Dos categorías de socios:

a) colectivos o gestores: administran la sociedad b) comanditarios: no intervienen en la administración de la misma.

Número de socios o accionistas (mínimos y máximos permitidos por la ley): Mínima: un socio gestor y cinco accionistas Máximo: sin límite

Capital social: El capital se representa en acciones de igual valor, que son títulos negociables aportados por los capitalistas e, inclusive, por los socios gestores, quienes separan su aporte de industria el cual no forma parte del cápita

Se integra con los aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos (si estos aportes existen). - El capital se divide en acciones de igual valor. - El aumento del capital autorizado requiere reforma estatuto

Pago de capital (capital suscrito, autorizado o pagado): Al constituirse la sociedad, es preciso que se suscriba por lo menos el cincuenta por ciento de las acciones en que se divide el capital autorizado y pagarse por lo menos la tercera parte del valor de cada accion que se suscriba. El plazo para el pago total del capital no podrá́ exceder de un año contado a partir de la fecha de la suscripción. Debe siempre enunciarse el capital autorizado, el suscrito y el pagado. Así́ mismo al indicarse el capital suscrito debe mencionarse el pagado.

Suscribir el 50% del capital parte del capital suscrito, autorizado y pagar la tercera.

Duración de las sociedades: Tiene que indicarse en la escritura pública

Determinar si requieren de revisor fiscal: Requiere

Responsabilidad de los socios: Hasta el monto de sus aportes, la de los socios comanditarios.

Responsabilidad Limitada

Sustento constitucional y/o legal: Código de Comercio – título 3art 353 al 372

Tipo de sociedad (comercial y/o civil). Las 2

Sigla: Cualquiera que sea el nombre de la sociedad deberá estar seguido de la palabra Limitada o su abreviatura Ltda

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.7 Kb)   pdf (443.5 Kb)   docx (300.6 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com