TIPOS DE CONTRIBUYENTES
monicclubensayos23 de Abril de 2012
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TIPOS DE CONTRIBUYENTES EN GUATEMALA
PEQUEÑO CONTRIBUYENTE DEL IVA
Son personas o empresas cuyos ingresos brutos anuales no superan los Q. 150,000.00 mil. En ingresos anuales.
Obligaciones:
Presentar el pago de IVA 5% en forma mensual.
Llevar un libro de compras y ventas de pequeño contribuyente
Con la reforma del Decreto 4-2012 ahora es necesario conservar las facturas de SAT, aunque no dice operarlas, pero según Criterio de SAT si hay que operarla en los Libros de Compras y Ventas aunque no sirvan para efecto de crédito fiscal .
Beneficios:
Exento del ISO
Exento de pagos trimestrales de ISR
Exento de presentar Declaración Jurada Anual de ISR.
No requiere tener contador Autorizado
mas detallado sobre este nuevo Régimen de Pequeño Contribuyente cambiara pueden ver las nuevas obligaciones Aca:
CONTRIBUYENTE EN RELACION DE DEPENDENCIA
Empleados que prestan sus servicios a una empresa, entidad, organismo o dependencia, a cambio de un sueldo o salario.
PROFESIONAL LIBERAL
Son los profesionales que trabajan por cuenta propia y perciben ingresos por medio de honorarios.
Obligaciones:
Llevar un libro de Compras y uno de Ventas
Pagar un 5% mensual de ISR sobre sus Ingresos Netos
Presentar Declaración Jurada Anual de ISR
CONTRIBUYENTES ESPECIALES
Segmento de contribuyentes, cuyo número es reducido, que reportan los mayores o más grandes activos, los mayores volúmenes de ingresos y teóricamente las mayores contribuciones. En otros países se les denomina grandes contribuyentes.”
De acuerdo a estudios de la SAT, se consideran contribuyentes especiales los que llenan entre otros requisitos conocidos los siguientes:
1. Facturación anual de Q. 10,000,000.00
2. Fueron notificados por la SAT como Agentes de Retención del IVA.
3. Están inscritos de conformidad con el Decreto 29-89 (Maquila)
4. Están inscritos de conformidad con el Decreto 65-89 (Zonas Francas)
CONTRIBUYENTE NORMAL
Se refiere a Personas individuales o Empresas no estimando cantidad de ingresos anuales.
Si su capital sobrepasa los Q 2,000.00 y ejerce funciones de comercio deberá tramitar su Patente de comercio, inscribirse en la SAT como Contribuyente y puede elegir entre dos Regimenes de Pago de Impuesto con Relación al ISR
Régimen 1
General
Obligaciones:
Cancelar un 5% de ISR sobre sus ingresos mensuales
Cancelar el IVA resultante de la diferencia entre compras y ventas
Llevar libros Contables autorizados (Inventario, Diario, Mayor y balances)
Llevar un libro de compras y uno de Ventas
Presentar Declaración jurada anual de ISR
Régimen 2
Optativo
Efectuar Pagos Trimestrales de ISR
Cancelar el IVA resultante de la diferencia entre compras y ventas
Llevar libros Contables autorizados (Inventario, Diario, Mayor y balances)
Llevar un libro de compras y uno de Ventas
Presentar Declaración anual de ISR
Efectuar pago de Impuesto de Solidaridad.
Les comentamos que si algún contribuyente desea cambiar su Régimen
lo puede realizar a mas tardar en el mes de diciembre para iniciar
el siguiente año con nuevo régimen.
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