TITULOS DE CRÉDITO
Enviado por 123CLAU • 19 de Julio de 2015 • Prácticas o problemas • 507 Palabras (3 Páginas) • 188 Visitas
Derecho Comercial y Laboral
Escuela de Ingeniería en Administración de Empresa
Universidad Andrés Bello
Programa ADVANCE
Alumno:
Curso: Derecho Comercial
Sección:
TAREA PREPARATORIA Nº 2
TITULOS DE CRÉDITO
Material: Texto del Libro Derecho Comercial Tomo II, Ricardo Sandoval López
Respuesta:
El cheque es un calificativo de crédito, es un documento necesario para ejecutar el derecho destinado en el mismo. A su vez, de la calidad de título de crédito que el cheque posee derivan consecuencias:
1. El cheque es un documento (constitutivo-dispositivo y formal): como título de crédito, es un documento. Pero un documento de naturaleza especial. Es un documento constitutivo y dispositivo, no simplemente probatorio. Constitutivo porque sin el documento no existe el derecho. Pero como es necesario además para la transmisión y para el ejercicio del derecho, se le califica también como documento dispositivo. El cheque es además un documento de naturaleza esencialmente formal, en cuanto a que la ley exige para su validez, que contenga determinados requisitos y menciones, en ausencia de los cuales no producirá efectos de título de crédito.
2. El cheque participa de los caracteres de incorporación, legitimación, literalidad y autonomía, propios de los títulos de crédito: El cheque participa de los caracteres de incorporación, legitimación, literalidad y autonomía, propios de los títulos de crédito. Como el tema corresponde a la teoría general de los títulos de crédito, porque se encuentra tan íntimamente ligado a él que sin la existencia del título no existe el derecho, ni por tanto la posibilidad de su transmisión o de su ejercicio. El documento es lo principal y el derecho lo accesorio: el derecho ni existe ni puede ejercitarse, sino es en función del documento.
3. El cheque es cosa mercantil: El cheque tiene carácter mercantil. De esto derivan fundamentales consecuencias, como la calificación mercantil de tales títulos de crédito, de las operaciones en ellos consignadas y de los actos o contratos que sobre ellos se celebren.
4. El cheque está provisto de fuerza ejecutiva: El cheque es un título ejecutivo. La acción cambiaria contra cualquiera de los signatarios de un cheque es ejecutiva por el importe de este, y por el de sus intereses y gastos accesorios, sin necesidad de que el demandado reconozca previamente su firma.
5. En el cheque los signatarios son obligados solidarios: los signatarios de un cheque
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