Teoria Del Preoceso
yaslen15 de Febrero de 2014
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CONCEPTO DE TEORIA GENERAL DEL PROCESO
Definición de teoría general del Proceso
Según Ovalle Fabela, nos dice que la Teoría General del Proceso "Es la parte general de la ciencia del Derecho procesal, que se ocupa de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procesales especiales"
Con lo cual podemos concluir que la Teoría general del proceso, "es la parte general de la ciencia del Derecho procesal que se ocupa del estudio de los conceptos principio e instituciones que son comunes a todo proceso jurisdiccional (jurisdiccional, competencia, acción, excepción, pruebas etc.)
3.1.1DEFINICIÓN
La teoría general del proceso es la parte general de la ciencia del derecho procesal que se ocupa del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procésales especiales.
El contenido de la teoría general del proceso está constituido por el conjunto de conceptos, principios e instituciones comunes a las diversas ramas especiales de la ciencia del derecho procesal.
CONCEPTO DE DERECHO PROSESAL
.2 DERECHO PROCESAL
3.2.1 DEFINICIÓN
Con la expresión derecho procesal – en su sentido objetivo- se suele designar al conjunto de normas y principios jurídicos que regulan tanto al proceso jurisdiccional como a la integración y competencia de los órganos del Estado que interviene en el mismo.
Todas estas normas y principios son calificados como procésales, por que el objetivo primordial de su regulación es, de manera directa o indirecta, el proceso jurisdiccional. Si bien las reglas sobre la integración y competencia de los órganos del Estado que intervienen en el proceso parecerían referirse solamente a tales órganos, son las normas que determinan la organización y la competencia de estos sujetos procésales, en función fundamentalmente de su intervención en el proceso jurisdiccional.
Es el conjunto de normas que regulan la actividad jurisdiccional del Estado para la aplicación de las leyes de fondo y su estudio comprende:
I.- La organización del Poder Judicial.
II.- La determinación de la competencia de los funcionarios que lo integran.
III.- Las normas que regulan la situación del Juez y las partes en la substanciación del proceso.
Derecho Procesal es el conjunto de normas del Derecho objetivo destinadas a regular el proceso jurisdiccional, en sus requisitos, desarrollo y efectos.1 Es la rama del derecho público encargada de estudiar el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional;2 asimismo, tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales.
DERECHO SUBJETIVO
De acuerdo con Eduardo García Máynez el derecho subjetivo es la facultad derivada de la norma que una persona tiene para hacer o no hacer algo y cuyo ejercicio debe ser respetado por todas las demás personas.
Moto Salazar define al Derecho Subjetivo como el conjunto de facultades reconocidas a los individuos por la ley para realizar determinados actos.
El derecho objetivo y subjetivo se implican recíprocamente, no hay derecho objetivo que no conceda facultades ni derecho subjetivo que no dependa de una norma.
DERECHO OBJETIVO
Es el conjunto de normas impero atributivas que a la vez que imponen deberes conceden facultades y son expedidos por un órgano competente a través de un proceso legislativo.
CLASIFICACION DEL DERECHO
Se divide en dos: Derecho Público y el Derecho Privado. Los dos derechos son conjuntos normativos. En el Derecho Público sus normas se refieren a la organización del Estado y a la actividad que desarrolla para cumplir con las atribuciones que al Estado le corresponden. En el Derecho
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