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Teoria General Del Proceso


Enviado por   •  11 de Octubre de 2013  •  667 Palabras (3 Páginas)  •  200 Visitas

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DE LAS LICENCIAS Y DE LA SUSPENSIÓN

Y TERMINACIÓN DE LAS FUNCIONES

DE LOS JUECES Y MAGISTRADOS

Artículo 113. La Corte Suprema podrá conceder licencia a sus propios miembros, a Los Magistrados de las Cortes de Apelaciones, a los Jueces de Letras, y a los demás Empleados de su nombramiento, hasta por tres meses en el año. Se concederá el goce de sueldo por un mes de licencia.

Las Cortes de Apelaciones podrán conceder licencia a los empleados de su nombramiento, en los mismos términos de los párrafos anteriores. Igual facultad corresponde a los Jueces de Letras respecto de sus subalternos y de los Jueces de Paz, y a éstos, respecto de sus subalternos.

Artículo 114. El cargo de los Jueces y Magistrados se suspenderá:

1. Por licencia.

2. Por hallarse procesados por delitos graves o por simples delitos, ya sean oficiales o comunes.

Se entiende que hay proceso en los delitos oficiales desde que se declara que hay lugar a formación de causa, o que es admisible la acusación, y en los delitos comunes desde que se decreta auto de Prisión, o de declaratoria de reo.

El Juez o Magistrado que fuere absuelto volverá al ejercicio de su cargo.

3. Por sentencia ejecutoria que imponga la suspensión como pena principal.

Artículo 115. El cargo de los Jueces y Magistrados terminará:

1. Por renuncia del mismo cargo aceptada legalmente.

2. Por promoción a otro empleo judicial, si se aceptare el nuevo nombramiento.

3. Por la aceptación de un cargo del orden administrativo, si el cargo lleva anexa jurisdicción.

Se entiende por jurisdicción administrativa el poder o autoridad que tienen los empleados públicos, individual o colectivamente, para gobernar y poner en ejecución las leyes en el orden administrativo.

4. Por incurrir en la pena de inhabilitación absoluta o especial para el cargo.

5. Por sentencia firme que le imponga pena más que correccional.

6. Por incurrir en alguna incapacidad legal para ejercer el cargo.

Si dos miembros de un Tribunal contrajeren afinidad dentro del segundo grado, aquel por cuyo matrimonio se haya contraído el parentesco cesará en su destino.

7. Por concluir el período del nombramiento o elección.

Las funciones de los Jueces y Magistrados se prorrogarán

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