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Todos los matrimonios nulos son ilícitos?


Enviado por   •  6 de Octubre de 2014  •  Prácticas o problemas  •  371 Palabras (2 Páginas)  •  306 Visitas

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¿Todos los matrimonios nulos son ilícitos?

Primero que dada debemos observar que en el matrimonio se podrían presentar dos tipos de nulidades la absoluta y la relativa; cuando nos referimos a un matrimonio nulo absoluto quiere decir que en el existen vicios en la voluntad o en el objeto, que no pueden ser convalidados; por lo que al estar en contra de un ordenamiento serán considerados como ilícitos.

Bajo esta tesitura se puede decir que, si bien es cierto que un matrimonio con nulidad relativa se consideraría ilícito, puesto que va en contra de un ordenamiento, también lo es que en el momento en que sea convalidada la nulidad, dejaría de ser ilícito, pues no caería en ninguna de las hipótesis del artículo 156 del Código Civil para el Distrito Federal, en donde se establecen las causales de impedimentos para contraer matrimonio, entre las que causan una nulidad relativa se encuentran:

I. La falta de edad requerida por la Ley.

II. La falta de consentimiento del que, o los que ejerzan la patria potestad, el tutor o el Juez de lo Familiar en sus respectivos casos.

III. …….En la colateral desigual, el impedimento se extiende solamente a los tíos y sobrinos, siempre que estén en tercer grado y no hayan obtenido dispensa.

VII. La violencia física o moral para la celebración del matrimonio.

VIII. La impotencia incurable para la cópula.

IX. Padecer una enfermedad crónica e incurable, que sea, además, contagiosa o hereditaria.

X. Padecer algunos de los estados de incapacidad a que se refiere la fracción II del artículo

450.

Como conclusión, se consideraría que todos los matrimonios con nulidad absoluta o relativa son ilícitos, ya que están en contra de un ordenamiento en concreto el artículo 156 del Código Civil para el Distrito Federal.

Por otro lado Considero que no todos los matrimonios nulos relativos son ilícitos, debido a que si retomamos las facciones:

VIII. La impotencia incurable para la cópula.

IX. Padecer una enfermedad crónica e incurable, que sea, además, contagiosa o hereditaria.

Podemos apreciar que se constituye un matrimonio nulo relativa pero no un matrimonio ilícito, ya que no está en contra de los requisitos para contraer matrimonio el hecho de que una persona sea potente o deba gozar de salud, por lo que si sería una nulidad relativa, pero no ilícito.

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