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Unidad 1: Introducción Al Derecho Actividad 5. Lo Sustantivo Del Derecho


Enviado por   •  17 de Julio de 2013  •  383 Palabras (2 Páginas)  •  1.691 Visitas

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El Derecho Sustantivo:

El Derecho Sustantivo (o material) es el que regula el deber ser, el que impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad. Es la norma que permite o prohíbe. Consiste en el conjunto de normas jurídicas que establece los derechos y obligaciones de las personas.

El derecho sustantivo es el que se encuentra contenido en normas de contenido sustantivo, como el Código Civil, o el Código Penal, entre otras. Establece derechos u obligaciones, impone sanciones, y protege libertades.

El Derecho Adjetivo:

El Derecho Adjetivo (o procesal) está conformado por las normas que regulan el proceso; el mecanismo para realizar al Derecho Sustantivo.

Se encuentra contenido en normas de contenido procesal, por ejemplo en el Código de Procedimientos Penales, en el Código Procesal Civil, la Ley del Procedimiento Administrativo General entre otras. El derecho adjetivo establece y regula procedimientos.

Contraste entre el derecho de acción y contradicción.

La Tutela Jurisdiccional tiene dos expresiones: El derecho de acción y el derecho de contradicción.

La diferencia entre ambos derechos, es que la contradicción presupone el ejercicio previo de la acción. La acción lo ejercita el actor; el titular de la contradicción es el demandado. La acción es el derecho que tiene todo justiciable a fin de solicitarle al Estado active su función jurisdiccional.

La acción es el derecho a la jurisdicción. Todo derecho tiene como su correlativo al deber. Al ejercitarse la acción, la jurisdicción constituye un deber del Estado de solucionar los conflictos de intereses o incertidumbres jurídicas.

La pretensión material y procesal:

La pretensión material es la facultad de exigir a otro el cumplimiento de lo debido. La pretensión procesal, es una declaración de voluntad por la cual se solicita una actuación del órgano jurisdiccional frente a persona determinada y distinta del autor de la declaración.

La pretensión es una declaración de voluntad, materializada en la interposición de la demanda o en el ejercicio de la reconvención. La acción es abstracta; la pretensión es concreta.

El Petitorio:

El contenido de la pretensión procesal. La pretensión es el género; el petitorio es lo específico.

La Demanda:

Es el acto jurídico procesal que da inicio al proceso civil: Nemo iudex sine actore. Hace viable el derecho de acción y contiene la pretensión del actor. Una demanda puede contener una o varias pretensiones.

Fuente

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