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ANTECEDENTES sobre pgpb ( pemex gas y petroquimica básica) pemex gas


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2015  •  Prácticas o problemas  •  1.467 Palabras (6 Páginas)  •  185 Visitas

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Del Monopolio al Mercado Abierto

29 de noviembre 2014

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ANTECEDENTES sobre pgpb ( pemex gas y petroquimica básica)

       pemex gas

El Gobierno federal emprendió el proceso de reforma en la industria del gas mediante cambios legales e institucionales (ver Anexo 1), específicamente a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, donde también se expidió el Reglamento de Gas Natural, con el fin de brindar certidumbre jurídica a los inversionistas interesados en incursionar en el sector.

Para esto se creó la Comisión Reguladora de Energía (CRE) con atribuciones para regular y orientar el mercado del gas natural a la Competencia con inversión y participación de privados.

Los principales beneficios que buscó la reforma en la industria del gas fueron:

 Mejorar el aprovechamiento del  potencial gasífero de México.

 Impulsar la inversión de los sectores privado y social en transporte,

Almacenamiento, comercialización y distribución de gas, actividades que solían ser realizadas únicamente por PGPB.

 Fomentar el desarrollo de un mercado más eficiente y competitivo en beneficio de

los usuarios (ver Figura 1).

 Liberar recursos públicos para uno de los segmentos más rentables de la industria

Petroquímica (PEMEX, Órganos Reguladores, 2009).

Figura 1. Balance de intereses perseguido por la reforma en la industria del gas.


[pic 4] Fuente: Portal Oficial de la Comisión Reguladora de Energía, 2008.

Papel de la CRE

PGPB, junto con el resto de subsidiarias, fue constituida en 1992. Un año después, la

Comisión Reguladora de Energía (CRE) fue creada mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 de octubre de 1993. Por virtud de este decreto de creación, la CRE se constituyó como un órgano administrativo desconcentrado de la entonces Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal (SEMIP) que sería la encargada de resolver cuestiones derivadas de la aplicación de las disposiciones reglamentarias del Artículo 27 constitucional en materia de energía eléctrica.

En octubre de 1995, después de su publicación en el DOF, la Ley de la Comisión Reguladora de Energía modificó su naturaleza jurídica para ser un órgano desconcentrado de la Secretaría de

Energía (SENER), con autonomía técnica y operativa, con atribuciones que previamente se encontraban dispersas en la SENER, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de Economía (SE). Ello permitió a la CRE tener la capacidad de implementar el marco regulatorio en los sectores de gas y electricidad.

La CRE determinaría el mecanismo por el que se calcularía el precio de venta de primera mano del gas producido por PGPB, por lo que en el país se esperaba una mayor certidumbre tanto para la subsidiaria de PEMEX como para los usuarios. De la misma manera, la regulación de ductos  terminaría la participación complementaria de terceros en un esquema regulado, como el gas natural, con ahorros, eficiencia y seguridad de

Suministro.

Específicamente en el sector del gas, la CRE promovería el desarrollo eficiente de las ventas de primera mano de gas natural y gas LP, el  transporte y el almacenamiento de gas natural que no fuese indispensable y necesario para  interconectar su explotación y elaboración, la distribución de gas natural, y por último, el transporte y la distribución de gas LP por medio de ductos (Salazar Diez de Sollano, 2008).

Así pues, desde 1995 y los años consecutivos en la década de las noventas se desarrollaron las normas y lineamientos por las cuales se regiría el mercado regulado, se otorgaron permisos provisionales, y hacia 1999 se otorgaron los permisos definitivos con los  correspondientes precios y tarifas. Durante los primeros diez años del segundo milenio, la CRE autorizó el mayor número de permisos y modificó algunas de sus

normas, con el objeto de reflejar las condiciones prevalecientes y enfocando al mercado al horizonte deseado.

Primer Paso Segregación de Actividades

Como parte de la reestructura que vivió PGPB, el primer paso que tenemos que hacer es dar a  conocer al personal de PGPB, cuáles actividades continuarían siendo monopólicas (la producción) y cuáles se abrirían al libre mercado (el transporte y la comercialización). Asimismo, como empresa se debe identificar quiénes podrían ser sus competidores en un futuro.

A continuación mostramos el siguiente diagrama donde se desagregó las principales áreas de acción, a través de un análisis de la cadena de valor de PGPB (ver Figura 2).

Figura 2. Diagrama de segregación de actividades de PGPB.

Fuente: PGPB,

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El segmento de Distribución fue desincorporado y el organismo regulador, la CRE, estableció periodos de exclusividad de 12 años para los ganadores de las licitaciones de las zonas de distribución, a fin de proteger al ganador de su competencia y fomentar mejoras en infraestructura y desarrollos de ingeniería. Con dicha  desincorporación la nueva cadena de valor de PGPB quedó como sigue (ver Figura 3):

Figura 3. Cadena de valor de PGPB, después de la desincorporación del área de Distribución.

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