ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ASOCIACIÓN DE EXPORTADORES


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2014  •  Exámen  •  1.949 Palabras (8 Páginas)  •  187 Visitas

Página 1 de 8

Parte los empresarios también han tenido necesidad de ir a un grupo así a nivel nacional, formando parte de y efectuó la cumplirá si un mail dos viales y empresarios del país. Parte hoy divertía en un una aguda crisis institucional, que no sólo constituye en un órgano gremial propiamente dicho, sino que, como, apartándose de sus propios fines gremiales, conformar un auténtico grupo de poder que juega un rol muy importante en el ámbito político y económico actual. No es existiendo en nuestro país la obligación de negociar interprofesional mente a nivel nacional paréntesis lo que podría convertir en una actividad inminentemente sindical de parte de esta central, igual que sus homólogas laborales como ocurre, además, es el derecho comparado) salvo cuando se ley convocó a concertar y 1981. La iniciando el período presidencial de Fernando Belaúnde, labor que por cierto no solamente puede episódica si no inútil, como la convocatoria reciente implementada por el gobierno transitorio del ex Presidente Valentín Paniagua, a través del consejo nacional de trabajo (CNT).

Sin embargo, su labor más fecunda ha sido actuará tras bambalinas en todo el los escenarios que son de su incumbencia, y el ejemplo más episódicos se haya en la instauración de la flexibilización del contrato de trabajo y luego en la abolición del derecho de la estabilidad laboral de los trabajadores, producida durante los mandatos del Presidente Fujimori. Flexibilización introducida con sensualmente, y tape bien podríamos señalar como su más reciente importante triunfo o dentro del dominio laboral.

A. ASOCIACIÓN DE EXPORTADORES (ADEX)

La asociación de exportadores es una de las instituciones que conforman la confederación nacional de instituciones empresariales privadas (CONDIEP).

Se haya inscrita en la partida número 0196968 de lo registro público de lima y como toda persona jurídica derecho privado, desde una perspectiva General está regida por los artículos 80 y siguientes del código civil idea del punto de vista específico su constitución está regida por un directorio a cargo de un Presidente que se renueva a cada dos años, pudiendo su reelección tener el carácter de indefinido, encargado de establecer la política general de la asociación. Como órgano ejecutivo de gobierno tiene a un consejo ejecutivo que articula las líneas generales acordadas por el director a través de s cuerpo directivo, integrado por el presidente, segundo vicepresidente, tesorero, secretario, dos vocales y el ex presidente inmediato anterior, secundario del gerente (ejecutivo de mayor jerarquía de la asociación) que tiene voz pero no voto, que hace las veces de secretario de actas. Asimismo, dentro de su compleja estructura cuenta con comités sectoriales pertenecientes a un mismo sector económico llamado a defender los intereses del sector al cual pertenecen (agroindustriales, artesanos, etc.)

Cuenta también con un consejo consultivo, conformado por todos los ex presidente de ADEX siendo el último de ellos que lo precede, órgano deliberado mas no resurtivo, encargado de conocer los asuntos relacionados con la ética institucional y emitir opinión sobre as materias que la asamblea general, el consejo directivo o directorio y el consejo ejecutivo sometan a sus consideración. Está a su cargo avanzar los proyectos de modificación estatuaria.

Cuentan con una serie de reglamentos internos como el electoral, el de la comisión revisora de cuentas, entre otros.

B. LA CONFEDERACION ACIONAL DE INSTITUCIONES EMPRESARIALES PRIVADAS (CONFIEP)

La CONFIEP, constituía como asociación por 7 organizaciones empresariales están inscritas como tal en la fichas N°. 7361 del registro de personas jurídicas libres de asociaciones de lima, inscripción formalizada el 16/06/1986 y conforme al artículo 81 y ss. Del C.C. Su estructura organiza estatuaria consta de 8 títulos (denominación de duración y domicilio; de los principios, fines y acciones; de los asociados; de los órganos de gobierno (asamblea general, consejo consultivo, consejo directivo, ejecutivo, de la presidencia, de los vice presidentes y tesoreros, de la gerencia general); del régimen económico; de la modalidad del estatuto de la disolución y liquidación y disposiciones transitorias.

Como podrá apreciarse, tratándose de una asociación, es implícita la deferida de los intereses de sus asociados, hecho que de manera sesgada es ejercitada, puesto que su mirada está atenta para actuar dentro de estamentos socio-económicos-políticos de países como La Comisión De Promoción De Exportadores (PROMPEX). Comisión De Zonas Francas (CONAFRAM). Consejo Nacional Del Ambiente. Consejo Por La Paz, Ministerio De Economía Y Finanzas (MEF), etc. Para los asuntos laborales están vinculadas con el Instituto Peruano De Seguridad Social (IPSS, hoy Essalud, Superintendencia De Administración De Fondos De Pensiones (SAFP), Hoy Integrada A La Superintendencia De Bancas Y Seguros (SBS), Organización Internacional De Trabajo- Organización Internacional De Empleadores (OT-OIE).

C. APRECIACIONES GENERALES DE LA AGREMIACION PATRONAL

Conforme ha podido apreciarse, las organizaciones gremiales patronales a diferencia de las de los trabajadores no representan propiamente la de un sindicato, criterio observado también por el profesor Rendón Vásquez, pese a que la normatividad nacional (V. Art. 40 de la LRCT) e internacional (V. Art 2° del Convenio OIT N° 87) les ha abierto tal posibilidad. En parte, los empleadores cuando se mantiene al margen de ser considerada una organización gremial es por conveniencia corporativa y no tanto por carecer de interés por formar sus propias organizaciones gremiales para defender sus intereses.

Los empleadores por siempre ha preferido asociarse como entidades del derecho común, vía las asociaciones, instituciones que son las que se mantienen como tales desde épocas bastantes antiguas. Ya las encontramos registradas como tales bajo la egida del C.C. de 1852 pues las constituciones de 1856 y 1860 ya versaban en su Art. 28 sobre la existencia de estas instituciones asociativas. Esta filosofía de mantenerse al lado de las organizaciones de tipo civil se ha debido a que los empleadores cuando se organizan no solamente lo hace para vertebrar los asuntos laborales que tengan que ver con las organizaciones pares de sus trabajadores, sino que, estas agrupaciones aspiran a organizarse para fines múltiples: económicas,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (13 Kb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com