Accion causal. Generalidades del Procedimiento Mercantil Ordinario
manueltr2 de Marzo de 2015
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Procedimiento mercantil
Es el acto de comercio la base fundamental que delimita el derecho mercantil mexicano. La doctrina ha dado innumerables conceptos de acto de comercio, más se citara solo uno de ellos. ACTO DE COMERCIO es el acto jurídico que produce efectos en el ámbito comercial y se rige por las leyes mercantiles vigentes. Legalmente no existe un concepto de acto de comercio, puesto que el artículo 75 del Código de comercio, señala casuísticamente una serie de actos a los que les otorga ese carácter.
Por lo tanto, si es el acto de comercio la base que delimita el derecho mercantil, por ende, será el de los juicios mercantiles.
El concepto legal de juicio mercantil se encuentra previsto en el artículo 1049 del Código de Comercio, que dice: son juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir controversias que conforme a los artículos 4,75 y 76 del Código de Comercio se deriven de actos comerciales.
El artículo 1055 nos da la clasificación de los juicios que hay en materia mercantil, que nos dice: Los juicios mercantiles, son ordinarios, ejecutivos o los especiales que se encuentren regulados por cualquier ley de índole comercial, los cuales se sujetarán a las siguientes reglas…
Generalidades del Procedimiento Mercantil Ordinario
Todas las contiendas entre partes que no tengan tramitación especial en las leyes mercantiles se ventilarán en juicio ordinario conforme a lo establecido en el artículo 1377 del código de comercio. El juicio ordinario mercantil se divide en cuatro periodos o fases y son:
1.- Etapa postulatoria o de fijación de la litis. En esta etapa las partes plantean sus pretensiones, la demandada sus defensas resistencias, narran los hechos y también se puede reconvenir, expresan lo que a sus intereses conviene y aducen los fundamentos de derecho que consideran favorables. La primera fase del juicio termina cuando se ha determinado la materia de la litis, es decir cuando se ha establecido cual es la materia sobre la que habrá de probarse, alegarse y posteriormente sentenciarse.
2.- Etapa probatoria.
3.- Alegatos.
4.- Sentencia.
La litis se fija, mediante los escritos de demanda y contestación, presentados respectivamente, por el actor y por el demandado. En esta primera fase del juicio se presenta la demanda.
El artículo 1378 del código de comercio, nos señala cual es el contenido de nuestro escrito inicial para este procedimiento, a la letra dice:
“EN EL ESCRITO DE DEMANDA EL ACTOR DEBERA MENCIONAR LOS DOCUMENTOS PUBLICOS Y PRIVADOS QUE TENGAN RELACION CON DICHA DEMANDA, ASI COMO SI LOS TIENE O NO A SU DISPOSICION DEBIENDO EXHIBIR LOS QUE POSEA, Y ACREDITAR HABER SOLICITADO LOS QUE NO TENGAN EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 1061. DE IGUAL MANERA, PROPORCIONARA LOS NOMBRES Y APELLIDOS DE LOS TESTIGOS QUE HAYAN PRESENCIADO LOS HECHOS CONTENIDOS EN LA DEMANDA, Y LAS COPIAS SIMPLES PREVENIDAS EN EL ARTICULO 1061. ADMITIDA LA DEMANDA SE EMPLAZARA AL DEMANDADO PARA QUE PRODUZCA SU CONTESTACION DENTRO DEL TERMINO DE QUINCE DIAS.”
EL Juicio ordinario se encuentra regulado del artículo 1377 al 1390 del código de comercio.
Acción causal
Es un recurso procesal de naturaleza extra cambiaria que tutela el derecho del portador de la letra a recibir su importe, pero cuyo fundamento y origen no radica en la letra misma, sino en las relaciones o negocios jurídicos subyacentes, y ejercitable únicamente contra el sujeto que en ellos haya sido parte con el tenedor.
Tanto la emisión como la transmisión de la letra tiene su causa en relaciones jurídicas preexistentes o coetáneas, que suelen general transmisiones de valor entre los distintos elementos personales que en ella intervienen. Estas relaciones causales se establecen única y exclusivamente entre librador y tomador y
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