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Enviado por   •  30 de Mayo de 2013  •  2.224 Palabras (9 Páginas)  •  289 Visitas

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IMPUESTOS VIGENTES EN EL ESTADO DE GUATEMALA

Los impuestos pueden definirse como un tributo monetario exigido por el Estado, debido a que el mismo posee potestad de imperio (puede exigir), el mismo es establecido por la ley, y se impone a las personas individuales y colectivas de acuerdo con el principio de capacidad de pago. Los impuestos que son cobrados por el Estado sirven para satisfacer gastos públicos que son establecidos mediante presupuesto.

El artículo 135 de la Constitución Política de la República de Guatemala, literal e) establece que es obligación de todos los ciudadanos contribuir con los gastos públicos, ya sea por razones de nacionalidad o economía.

Según Decreto Número 1- 98 del Congreso de la República de Guatemala, se creó la Superintendencia de Administración Tributaria - SAT -, como una entidad estatal descentralizada, con competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional para el cumplimiento de sus objetivos, tiene las atribuciones y funciones que le asigna la ley. Goza de autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa, así como personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios.

Tiene su domicilio principal, para todos los efectos legales y técnicos, en su oficina central ubicada en la ciudad de Guatemala. Con potestad para fijar domicilio en cada una de las dependencias que establezca en cualquier lugar del territorio nacional. Su denominación puede abreviarse SAT.

1. ISR

Contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR): Toda persona, individual o jurídica, domiciliada o no en Guatemala, que obtenga rentas en el país, independientemente de su nacionalidad o residencia.

¿Cuándo se paga el impuesto del ISR?

Dependiendo del régimen al que se encuentra vinculada la persona jurídica o individual, puede ser dentro de los diez días hábiles del mes siguiente si son los casos de retenciones a domiciliados en general o para los inscritos en el Régimen General; retenciones del Impuesto Sobre Productos Financieros. En el caso del Régimen Optativo también los pagos se realizan en los primeros diez días hábiles pero cada tres meses (enero, abril, julio y octubre de cada año)

Las retenciones a no domiciliados según el artículo 45 de Ley del ISR, se presentarán dentro de los primeros quince días del mes siguiente.

Dentro de los tres meses del año calendario se deberá presentar la Declaración Jurada Anual del Régimen Optativo del período anterior.

Impuesto que pagan las personas y empresas que realizan actividades mercantiles.Deberán pagar el impuesto aplicando al total de sus ventas realizadas o servicios prestados, una tarifa de 5%. El gravamen se paga mediante el régimen de retención definitiva o directamente a las cajas fiscales. En las facturas que se emitan debe indicarse que pagan directamente el 5% o que están sujetos a retención de 5%. (Art. 44, Decreto. 26-92)

2. Impuesto de Solidaridad (ISO) El Impuesto de Solidaridad (ISO), que sustituiría EL Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz (IETAAP) se aprobó pero con una tasa menor a la propuesta enviada originalmente por el Ejecutivo (1.25%), con la cual se pretendía obtener ingresos de alrededor de Q2,900 millones. El dictamen aprobado por la Comisión deja una tasa del 1%, lo cual implicaría dejar de percibir unos Q 600 millones.

El Impuesto de Solidaridad lo pagan las personas individuales y jurídicas o los patrimonios afectos que realicen actividades mercantiles en el territorio nacional, siempre y cuando obtengan un margen bruto de comercialización superior al 4% de sus ingresos totales. Este impuesto fue creado por el Decreto 73-2008 y está vigente desde el 01 de enero de 2009.

¿Quiénes están afectos al ISO?

Todas las personas individuales o jurídicas que realicen actividades mercantiles y agropecuarias por medio de sus empresas y que se encuentren afiliadas al régimen optativo del Impuesto Sobre la Renta. También están afectos: Los fideicomisos, contratos de participación, sociedades irregulares y de hecho, encargo de confianza; sucursales, agencias o establecimientos permanentes o temporales de personas extranjeras que operen en el país; las copropiedades; las comunidades de bienes; los patrimonios hereditarios indivisos y otras formas de organización empresarial que dispongan de patrimonio propio.

¿Cómo se calcula este impuesto?

De su última declaración anual del ISR, las personas que deben pagar el impuesto deben dividir el valor de su activo neto entre cuatro y el de sus ingresos brutos entre cuatro. Escoge la mayor cantidad obtenida y aplicar la tasa de 1%. El valor resultante es el impuesto a pagar. El activo neto resulta de restarle a los bienes que el contribuyente posee, las depreciaciones, reservas y créditos fiscales que la SAT resolvió devolver.

3. IMPUESTO UNICO SOBRE INMUEBLES (IUSI)

El IUSI significa Impuesto Único Sobre Inmuebles, fue creado según convenio del 24 de enero de 1,995 entre la Municipalidad de Guatemala y el Ministerio de Finanzas y es regulado por el Decreto No. 15-98 del Congreso de la República. Este es un impuesto sobre el valor fiscal de los bienes inmuebles (terreno, construcciones e instalaciones).

¿Cómo se utiliza la recaudación del IUSI para el beneficio colectivo?

Lo recaudado mediante el IUSI se utiliza para la administración y obra municipal; un 70% va dirigido a inversión en servicios básicos y obras de infraestructura, para beneficio de los habitantes del Municipio. Tienen que tributar toda persona propietaria y poseedora de bienes inmuebles.

¿Cómo se paga?

El impuesto es anual, sin embargo de acuerdo a lo preceptuado en el Decreto No. 15-98, artículo 21 de la Ley del IUSI, Se puede calcular y pagar trimestralmente. Para cada trimestre se establece el periodo de pago respectivo, de la siguiente manera:

El Primer trimestre se paga en Abril.

El Segundo trimestre se paga en Julio.

El Tercer trimestre se paga en Octubre.

El Cuarto trimestre se paga en Enero del año siguiente.

Este impuesto se paga en las cajas del sótano del Palacio Municipal, en las Mini Munis, en cualquier agencia de Banco Industrial.

4. IVA

Contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA): Toda persona, individual o jurídica, incluyendo el Estado, que en forma habitual o periódica, realice actos de compra-venta de bienes o servicios en el territorio nacional.

Mayor información: Decreto 27-92, Ley del Impuesto al Valor Agregado, IVA¿Cuál es la tarifa del IVA?

Por ciento del precio del producto. El Impuesto debe estar incluido en el precio total para que el contribuyente se asegure que el impuesto sea trasladado al

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