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Administrativo


Enviado por   •  12 de Enero de 2015  •  1.079 Palabras (5 Páginas)  •  174 Visitas

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

Son entidades creadas por ley o decreto, que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, su objeto se encuentra establecido en el artículo 14 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales,

* Realizar actividades correspondientes a las áreas estratégicas o prioritarias

* Prestación de un servicio público o social

* Obtención y aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social.

Instrumento que los crea

Como ya se refirió los organismos descentralizados pueden ser creados por ley o decreto del Congreso de la Unión, así como por decretos administrativos a través del Presidente de la República, este último solo puede crearlo cuando exista su previsión en una ley.

Personalidad

Los organismos descentralizados cuentan con una personalidad propia y distinta de la del Estado, esta personalidad es pública ya que se encuentra regulada por normas de derecho público. En virtud de su personalidad pueden actuar por sí mismos, en nombre propio y adquirir derechos y obligaciones, sin necesidad de recurrir a la Administración Central, salvo en los casos previstos por las normas.

Patrimonio

Cuentan con patrimonio propio, integrado por bienes y derechos , los cuales pueden consistir en las aportaciones que efectúen la Federación u otras entidades públicas o privadas, también se integra por las obligaciones a su cargo.

Dentro de los bienes se encuentran los que pertenecen al dominio público, los cuales se encuentran sujetos a un régimen de derecho público. Los demás bienes se encuentran sujetos a un régimen de derecho privado. No obstante el patrimonio de los organismos descentralizados puede considerarse de carácter estatal, en tanto que los organismos son propiedad del Estado.

Órganos

Los organismos descentralizados cuentan con tres tipos de órganos:

* Órgano de gobierno; en el recae la administración y toma de decisiones, se integra por; un presidente, representantes de la SHCP y la SFP, representantes de las dependencias o entidades cuyo competencia se relacione con el objeto de la entidad; y por los representantes del sector privado o social.

* Órgano de Representación: a este corresponde la administración de la entidad y ejecuta las decisiones del órgano de gobierno, recae en el Director General que es el titular de la entidad.

* Órgano de vigilancia: Vigila y evalúa las operaciones y desempeño general del organismo, cuenta con independencia e imparcialidad, se integra por un Comisario Público propietario y uno suplente que son designados por la SFP.

Extinción

La extinción se realiza con las mismas formalidades con las que se creo, es decir, si es creada por ley o decreto del Legislativo, este mismo y de la misma forma se decreta la extinción, estableciendo las bases para el desarrollo del proceso.

Cuando es un organismo creado por el Ejecutivo, debe cumplir los fines para los que se creó, así cuando deje de cumplir estos fines u objetos o ya no resulte conveniente, la SHCP puede proponer al Ejecutivo su disolución, liquidación o extinción.

EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL

Estas empresas surgieron de la asociación entre los particulares y el Estado, con la finalidad de que se de atención a áreas prioritarias que tiendan a la satisfacción de intereses nacionales y sociales.

Existe una dualidad en la naturaleza de estas empresas, ya que son constituidas en términos del derecho privado, pero al mismo tiempo su naturaleza pública hace aplicable los ordenamientos del Derecho Administrativo, En caso de existir conflicto las normas

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