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CANCELACION DE PENSION


Enviado por   •  14 de Mayo de 2014  •  3.188 Palabras (13 Páginas)  •  342 Visitas

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C. JUEZ DEL JUZGADO MIXTO

DE PRIMERA INSTANCIA.

CHICONTEPEC, VER.

P R E S E N T E.

.............., mexicano mayor de edad y señalando como domicilio para oír y recibir citas y notificaciones en el despacho jurídico ubicado en Plaza......., debajo de la escuela primaria Adolfo López Mateos de esta ciudad de Chicontepec, Veracruz, y autorizando para que sean recibidas en términos delartículo 89 del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de Veracruz a los C. C. Lic. ....., con el respeto que se merece comparezco y paso para exponer lo siguiente:

Que por mi propio derecho y documentos adjuntos ocurro por medio del presente escrito a demandar en la Vía Ordinaria civil los Ciudadanos ........ quien puede ser emplazada en el domicilio ubicado en el Barrio de Tempixquititla, Colatlan del Municipio de Ixhuatlan de Madero Veracruz y a los hijos de nombres Adrián y Cristian de apellidos TéllezHernández también en el domicilio antes señalados de su progenitora y en caso de que su madre Esperanza Hernández Martínez se niegue a recibir la demanda de sus hijos por no encontrarse en ese lugar por cuestiones de la fuente de su trabajo y no aporte al domicilio de sus hijos solicito que se le s emplace la demanda por medio de Edictos como lo disponen los artículos 73, 74 Fracción III del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de Veracruz de quienes demando las siguientes:

P R E S TA C I O N E S

A).- De la señora Esperanza Hernández Martínez demando la cancelación parcial de la pensión alimenticia que percibe dentro de los autos del expediente civil No. 97/2008, en donde por auto de fecha 19 de enero del 2009 se elevó a la categoría de cosa juzgada el convenio de fecha 7 de enero del 2009, el cual fue ratificado el mismo día, habiéndose causado estado en fecha 10 de agosto del 2009, se decretó un 40% (Cuarenta por ciento para los menores Adrián, Cristian e Ismael de apellidos Téllez Hernández) y demás prestaciones que recibo como trabajador de la Secretaria de Educación.

B).- Consecuentemente de lo anterior demandado a los C. C. Adrián y Cristian de apellidos Téllez Hernández la cancelación de la pensión alimenticia que vienen percibiendo por parte del suscrito profesor Pascual Téllez Portillo en forma definitiva dentro de los autos y expediente civil No. 97/2008 radicando en ese H. Juzgado, porque los beneficiarios en dicha pensión que se les ha fijadoya no la necesitan por ser mayores de edad y estar laborando en el Ejercito Mexicano denominado Instituto Armado, dependiente de la Secretaria de la Defensa Nacional.

C).- Solicito que se le deje únicamente la pensión alimenticia que legalmente y proporcional le corresponde al menor Ismael de apellidos Téllez Hernández en virtud de que es menor de edad y la necesita, dentro de los autos o expediente civil No 97/2008 de la sentencia definitiva de la cual solicito la Cancelación de pensión alimenticia antes citada.

D) Demando los gastos y costas del juicio hasta la total determinación previa regulación de los mismos.

Una vez expuestas las prestaciones que se demandan paso a narrar el capítulo de hechos.

H E C H O S

I.- Hago de su conocimiento a usted C. Juez que con fecha 19 de enero del año 2009 se elevó a la categoría de cosa juzgada el convenio de fecha 7 de enero del año 2009 el cual fue ratificado el mismo día, y con fecha 10 de agosto del 2009 se declaró que auto había causado estado en virtud de no haber sido recurrido por algunas de las partes, el cual quedó en definitivo una pensión alimenticia consistente en un (40%) cuarenta por ciento, misma que promovió la señora Esperanza Hernández Martínez en representación de sus menores hijos,Adrián, Cristian e Ismael de apellidos Téllez Hernández, como se puede demostrar con la copia debidamente certificada de la sentencia que se anexa para que surta sus efectos legales procedentes, pero como actualmente ya mis hijos Adrián y Cristian de apellidos Téllez Hernández ya son mayores de edady actualmente se encuentran trabajando en el Instituto Armado, Ejercito Mexicano de la Secretaria de la Defensa Nacional, en la Ciudad de Puerto Vallarta, Jalisco ya es motivo para que proceda la cancelación de la pensión alimenticia que vienen recibiendo de mi parte por medio de los descuentos que se me hacen como trabajador de la Secretaria de Educación, toda vez que ya son autosuficientes por que se encuentran trabajando, es procedente retirar la pensión que se me ha venido haciendo dentro de los autos del Juicio Civil número 97/2008 radicado ante este H. Juzgado.

II.- Es procedente levantar la pensión alimenticia de la parte proporcional de los C. C. Adrián y Cristian y quien los representara legalmente la señora Esperanza Hernández Martínez madre de los hoy demandados, en virtud de que son mayores de edad y están laborando en la InstituciónPublica indicada, ya no es posible que se me siga descontando una pensión alimenticia del cual desconozco su destino;y por lo que considero y legalmente es procedente dejar únicamente la parte proporcional que le corresponde por derecho aun todavía al menor Ismael Téllez Hernández por cuanto a lo demás ya es procedente de que se decrete la cancelación del porcentaje que lescorrespondía a los C. C. Adrián y Cristian de apellidos Téllez Hernández a mi juicio es procedente aplicar las disposiciones que contiene el artículo 242 del Código Civil dice: Los alimentos han de ser proporcionadosa la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos,también es aplicable lo dispuesto en el artículo 251 del Código Civil vigente para el Estado de Veracruz y a mayor abundamiento es aplicable la tesis jurisprudencial que dice lo siguiente:

ALIMENTOS. FINALIDAD DE LA INSTITUCION DE.-

La institución de los alimentos no fue creada por el legislador para enriquecer al acreedor, o para darle una vida hogada y dedicada al oceo, sino simplemente para que viva con decoro y pueda atender a su subsistencia. Amparo directo 2474/73. Rosa Baruc Franyutti y coagraviados.- 20 de septiembre de 1974.- 5 votos.

Semanario Judicial de la Federación.- Séptima época, Cuarta Parte Vol. 69. Pág. 14.

Por estas circunstancias expuestas es procedente que dicho

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