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CLASIFICACION DE GARANTIAS


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2015  •  Apuntes  •  374 Palabras (2 Páginas)  •  171 Visitas

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CLASIFICACION DE GARANTIAS

Garantías personales:

  • Son otorgados por un tercero sin afectar un bien en particular

GARANTIAS REALES:

  • Se constituye sobre los bienes, sean muebles o inmuebles

DENTRO DE LAS GARANTIAS PERSONALES, TENEMOS

EL FIADOR SOLIDARIO

  • Puede ser un título valor o en cualquier documento
  • El fiador no puede ser forzado a pagar al acreedor sin que de manera previa sea demandado el deudor principal.

EL AVAL

  • Solo se da en títulos de valores
  • El aval queda obligado de manera solidaria como el deudor principal y puede ser demandado de forma directa por el acreedor.

GARANTIAS MOVILIARIAS

Para ser válida requiere necesariamente, ser perfeccionadas según los procedimientos legales civiles vigentes.

  • Maquinarias y equipos
  • Mercancías
  • Vehículos
  • Dinero
  • Maquinarias y equipos
  • Otros.

Estas garantías mobiliarias, sustituyen a las ANTIGUAS PRENDAS y pueden constituir sobre obligaciones propias o de terceros.

GARANTIAS INMOVILIARIAS

El mueble deberá contar con todos los documentos legales que acrediten la pertenencia del bien de acuerdo a los procedimientos legales civiles vigentes para proceder con la respectiva inscripción en los registros públicos.

  • Casas y departamentos
  • Terrenos
  • Oficinas y locales
  • Dinero
  • Edificios y plantas
  • Otros.

3. VALUACION Y COVERTURA

Todo bien entregado en garantía debe tener un valor monetario que respalde la operación crediticia. En la resolución N 11356 se contemplan las normas sobre la valuación de las garantías, Extraemos las más resaltantes.

  • La valuación debe vasar en el valor neto de realización. Este se entiende como el valor que la empresa espera recuperar, en el caso de la ejecución de la garantía.
  • Es decir, todo bien tiene un valor comercial y también un valor de realización inmediata
  • Es en función de este último valor que se otorga la operación crediticia, un buen indicador de este valor de realización inmediata en tomar los 2/3 del valor comercial.
  • Los bienes que se pretende otorgar en garantía deberán ser valuados obligatoriamente por un perito especializado, inscrito en Registros de Peritos Valuadores ( REPEV) de la SBS, en caso contrario, la tasación carece de valor legal.
  • En las garantías inmobiliaria (hipotecas) y garantías mobiliarias estas deben inscribirse previamente en la SUNARP, antes del desembolso y deben de contar con una póliza de seguro endosada a favor de la institución financiera.
  • Para los títulos valores o instrumentos financieros, deberán estar grabados a favor de la institución financiera.

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