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COMPOSICIÓN ESTRUCTURA Y EMPLEO DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN DE LA DEFENSA INTEGRAL DEL ESTADO ZULIA

milamezaEnsayo23 de Octubre de 2019

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Defensa

Escuela Superior de Guerra

“Libertador Simón Bolívar”

        

COMPOSICIÓN ESTRUCTURA Y EMPLEO DEL

ÓRGANO DE DIRECCIÓN DE LA DEFENSA INTEGRAL DEL ESTADO ZULIA

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Cnel. Carlos E. Viana Sosa

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INTRODUCCIÓN

El Estado Zulia está situado en la región Noroccidental de Venezuela. Limita al Norte con el Mar Caribe; por el este con los Estados Falcón, Lara y Trujillo; por el sur con Mérida y Táchira, y por el Oeste, con la República de Colombia, lo que lo constituye en la puerta de entrada al centro del país por la parte occidental desde nuestro principal enemigo regional, es decir, desde Colombia. Dada su ubicación geográfica, la cantidad de recursos minerales con los que cuenta y su frontera común con el país neogranadino, lo hacen un Estado de valor estratégico para la Seguridad y Defensa de la Nación, por lo cual se debe establecer un Sistema Defensivo Territorial fuerte, organizado, preparado y adiestrado para su empleo según las circunstancias que se presente, en el caso particular de esta monografía en el aspecto de la LUCHA NO ARMANDA, es decir, con la conformación, estructuración y activación oportuna, del Órgano de Dirección de la Defensa Integral del Estado Zulia, como elemento esencial y estructura de dirección, para enfrentar situaciones donde se ponga en riesgo la gobernabilidad de la región, bien sea por una invasión de fuerzas militares extranjeras o por calamidades naturales.

Es importante resaltar que el Órgano de Dirección de la Defensa Integral es el brazo no armado del Sistema Defensivo Territorial, es esa estructura de Gobierno a todo nivel de gestión que debe hacer un resumen del  inventario de los recursos disponibles en su territorio, de acuerdo a la especialidad de su comisión, indicando las capacidades y deficiencias, que permite articular todas las fuerzas vivas públicas y privadas del país, región, estado, municipio o parroquia, con la finalidad de afrontar situaciones de calamidad pública, estados de excepción o conflictos bélicos, con el fin último de garantizar que dentro del territorio donde se presente dicha hipotética situación, se mantenga a nivel del pueblo la cotidianidad de sus actividades y funcionabilidad de las instituciones del Estado, logrando con ello la gobernabilidad como condición fundamental para la legalidad del Gobierno Revolucionario.

Para el logro de este objetivo señalaré más delante de las estructuras internas de los ODDI de las cuales se valen para asegurar el funcionamiento y operatividad de la vida diaria en el territorio, que en el caso particular de esta monografía me ceñiré al Estado Zulia. Daré a conocer las diferentes comisiones que conforman el ODDI estadal, las subcomisiones, funciones y operatividad de las mismas, capacidades, responsabilidades y actividades que llevan a cobo para el logro del objetivo deseado.

Es oportuno mencionar dos documentos necesarios en esta organización como lo son la DIPLUNA y PLANLUNA, documentos necesarios para estar organizados, estructurados y preparados para cuando se requiera la activación del ODDI, lo que permitirá no actuar de forma improvisada y desordenada, por el contrario, establece los procedimientos y normas para afrontar cada situación de forma específica y oportuna.

Con esta monografía se busca resaltar la importancia que el componente de la lucha no armada reviste al Sistema Defensivo Territorial, una buena organización y preparación del mismo permite afrontar de manera rápida y adecuada los requerimientos de la lucha armada o necesidades circunstanciales del pueblo según la situación que se presente.

DESARROLLO

  1. Antecedentes:

Desde el año 2002, Venezuela se encuentra inmersa en una creciente confrontación política y económica con el gobierno de los Estados Unidos, su interés evidente por ejercer control de las cuantiosas reservas de hidrocarburos que posee nuestro país, así como la oposición del gobierno venezolano a la actitud de inherencia de los EEUU en sus asuntos internos y la de países latinoamericanos, predicando la conformación de un nuevo orden mundial multicéntrico y pluripolar.  A partir de enero de 2015, las relaciones entre Venezuela y los EEUU entraron en una fase de bastante tensión, ocasionándose varios incidentes diplomáticos, la imposición de sanciones económicas a funcionarios del gobierno venezolano y a la empresa estatal petrolera PDVSA, así como otras acciones orientadas a debilitar nuestra economía

La nueva doctrina militar, basada en el Artículo No. 326 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que estipula que la seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, origina la concepción de la Defensa  Integral de   la Nación, la cual se encuentra inmersa dentro de los fines esenciales del Estado, pero la consecución de la misma no es tarea exclusiva de los sujetos que ejercen la función de dirigir el país, ésta es una responsabilidad que involucra a todos los individuos que integran la nación, a todos los venezolanos, puesto que la construcción y avance del Estado depende de la conjunción de los esfuerzos de cada uno de los ciudadanos y del nivel de conciencia y patriotismo de cada individuo.

En esencia, esta nueva doctrina se sustenta en la amenaza política y militar estadounidense, y la de sus aliados en el Continente, y como tal refleja los rasgos estructurales de una doctrina de guerra de defensa, diseñada para producir efectos disuasivos a esos posibles agresores que desde los puntos de vista tecnológicos y cuantitativos son muy superiores a los venezolanos, es por ello, busca la consolidación y profundización de la unión entre población y fuerza armada, con el objeto de diseñar líneas de acción que fortalezcan e incrementen los niveles de seguridad ciudadana y de la mano con alcaldías, gobernaciones y demás organismos estatales.

Ante esta situación podríamos afirmar que los Órganos de Dirección de la Defensa Integral nacen desde la llegada del Comandante Supremo a la primera Magistratura nacional, desde el primer momento que se activa la Asamblea Nacional Constituyente del año 1999, con la finalidad de dar un cambio, político, económico y social en la forma que se dirigía el Estado Venezolano. El estamento militar no era ajeno a dichos cambios, por el contrario, vendría a jugar un papel protagónico en la nueva arquitectura, con que se pensaba refundar la Nación venezolana.

Dada la previsión de posibles ataques en diferentes escenarios al Gobierno Bolivariano, en la nueva Constitución Nacional se planteó un nuevo pensamiento militar, una nueva doctrina, una nueva forma de proteger nuestra soberanía, nuestro territorio y nuestro pueblo; ¿qué mejor manera que designando dicha responsabilidad a todo y cada uno de los venezolanos y extranjeros que habitan nuestro país?  Es por ello que   se estableció que “La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional” (Constituyente, 1999, pág. 278)

Así mismo en este proceso de transformación del Estado y del nuevo Pensamiento Militar se determinó que debía existir una corresponsabilidad del estado y su población en la defensa de la nación por lo cual en el artículo 326 de la carta magna quedó establecido que “La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional” (Constituyente, 1999, pág. 282)

Esta base jurídica da origen a un Sistema Defensivo Territorial definido como “el conjunto de medidas y actividades de carácter patriótico-bolivariano, económico, militar, de seguridad y orden interno, diplomático, jurídico, de protección civil, de seguridad ciudadana y ambiental, y los órganos, entidades y empresas que lo implementen desde tiempo de paz y lo ejecuten en estados de  excepción,  en los niveles nacional, regional, estadal, municipal y comunal, tanto en la estructura de la lucha armada, como en la de la no armada” (CEO, 2011, pág. 31).necesario para la Defensa Integral de la Nación; Sistema formado por dos grandes estructuras, a saber:

  1. LA LUCHA ARMADA, la cual es ejecutada por los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana los organismos de seguridad ciudadana y la Milicia Bolivariana.
  2. LA LUCHA NO ARMADA, Son las distintas acciones y operaciones efectuadas en todos los ámbitos o cualquiera de ellos del Estado que no implican la utilización de las armas convencionales (armas de guerra) ya sean para defender o agredir a una nación. Ejemplo de ellos son las huelgas, manifestaciones, saboteos a la economía, uso de los medios informativos, uso de la tecnología (guerra de la cuarta generación). En nuestro caso caracteriza el accionar del pueblo organizado en la defensa integral ejecutada por la sociedad civil organizada, instituciones del Estado en sus diferentes niveles de Gobierno y las empresas públicas y privadas. Es de esta estructura donde se desprenden los Órganos de Dirección de la Defensa Integral (ODDI)

  1. Órganos de Dirección de la Defensa Integral.

El Órgano de Dirección de la Defensa Integral se puede definir como una estructura de Gobierno a nivel nacional, regional, estadal, municipal y parroquiales que buscan motorizar las actividades cotidianas de la población en momentos de calamidades provocadas por el ser humano o por la naturaleza. Entre las funciones  que ejecuta están mantener la estabilidad y la seguridad ciudadana en su territorio, apoyar las operaciones militares con la producción, servicios y reservas de su región, según las demandas del Jefe de la Región Estratégica de Defensa Integral (REDI), Zona Operativa de Defensa Integral (ZODI) o Área de Defensa Integral (ADI) que corresponda, elaborar y actualizar periódicamente la documentación para  los Estados de Excepción (DIPLUNA y PLALUNA) y elegir y acondicionar el puesto de dirección del órgano para los Estados de Excepción entre otros. (Contituyente, 2002) (Contituyente, Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, 2014) (Viana, 2017) (Viana, 2017)

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