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CONTABILIDAD, PATRIMONIO Y SOCIEDADES


Enviado por   •  24 de Octubre de 2021  •  Ensayos  •  2.473 Palabras (10 Páginas)  •  78 Visitas

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CORPORACION UNIVERSITARIA AUTONOMA DE NARIÑO

[pic 1]

PRESENTADO POR:

MIGUEL ANGEL GARCIA SALCEDO

JESUS ANDRES CAMARGO BELTRAN

PRESENTADO A:

JIMMY MELENDEZ

ASIGNATURA:

CONTABILIDAD, PATRIMONIO Y SOCIEDADES

SEMESTRE:

4

CONTADURIA PUBLICA

SEPTIEMBRE 2020

CARTAGENA DE INDIAS D.T.C.

SOCIEDADES DE PERSONAS

Conocer una sociedad comercial es fundamental para la elaboración de todo tipo de negocio, compañía o empresa, es importante tratar los principales componentes de la misma, su forma, estructura, sus similitudes y hasta diferencia, a fin de saber de qué trata, como por ejemplo; se puede conformar o crear, tanto por personas naturales como jurídicas, es clave saber que el objetivo es generar una sociedad comercial capaz de  producir utilidades, y repartirla entre los socios, donde  realicen aportes a la organización, por medio de trabajo, dinero o conocimiento. Conformando estas, existen dos tipos de sociedades comerciales, entre estas las de capital y las de personas; las sociedades de capital están conformadas por sociedades anónimas, sociedades de economía mixta, comandita por acciones y por ultimo las sociedades por acciones simplificadas, por otro lado existen las sociedades de personas, que se conforman por las sociedades limitadas, sociedades colectivas, sociedades en comandita simple, sociedades unipersonales y las sociedades cooperativas; cada una de estas con beneficios y desventajas para la empresa, por eso es determinante saber cual es la indicada para la sociedad que quieres conforman, estas varían dependiendo de: la cantidad de socios, el presupuesto de la empresa y hasta el número de trabajadores.[pic 2]

Una sociedad comercial tiene el objetivo de organizar y generar procesos mercantiles, mediante estructuras jerárquicas que permiten la perfecta distribución entre socios y dueños de una empresa, según la ley 19.550 del decreto 841 de 1984 habla sobre las sociedades comerciales donde expone lo siguiente en el artículo 1: ``habrá sociedades comerciales cuando dos o más personas en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos en esta ley, se obliguen a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios participando de los beneficios y soportando las perdidas`` aplicado a esto, podemos deducir que solo habrá una sociedad cuando mínimo dos personas, se unan para la conformación de una sociedad, resalta que debe ser de una forma clara y organizada, además, asigna responsabilidades, aclarando que ambos tienen derecho a los beneficios que produzca la sociedad, pero también plantea que los que conforman la sociedad también deben soportar las pérdidas de la misma.

Ahora bien, dentro de las sociedades comerciales se encuentra un subconjunto que son llamadas las sociedades de personas; que tienen puntos específicos para ser conformadas, como, por ejemplo: se deben conocer todos los socios, si se produce algún altercado o la empresa debe pagar una obligación, esta debe responder con su patrimonio, como también es clave saber que, dentro de estas uniones, todos los socios tienen derecho administrar y tener funciones claves dentro de la misma. Estas tienen una serie de características como lo son: nos son entidades legalmente separadas, existen responsabilidades personales por el negocio, contablemente es una entidad separada de sus dueños, existe una renta gravable para los socios, todos los socios poseen autoridad gerencial y por último si se llega a cambiar de socios se entenderá que es una sociedad completamente nueva.

Como principal sociedad de personas tenemos las limitadas (S. Ltda.) en el que la responsabilidad frente a terceros está limitada al capital que los socio han aportado, por lo que las deudas contraídas no serán respondidas con el patrimonio personal de Los Socios, este tipo de sociedades son eficaces para empresas pymes, a partir de que el aumento de muchos socios complicarán la estabilidad de la sociedad limitada, por lo que podrían obligar a usar otro tipo de sociedades; estas sociedades involucran dos clases de socios que se ven manifestados como trabajadores o como capitalista.

La creación de este tipo de empresas puede estar conformada por mínimo una persona, sin un límite alguno, pero si mínimo deberán empezar con un capital de tres mil euros, para poder constituirlas mediante estatutos y escrituras públicas firmadas ante un notario y así presentarlas posteriormente en el registro mercantil; en base a esto es necesario detallar las aportaciones que realizan cada socio y el porcentaje del capital social que le corresponde; para todas las empresas es obligatorio las reservas, por lo que  las sociedades limitadas no quedan exceptúas de esto, es importante reconocer que legalmente estas sociedades deben dotar como reserva legal obligatoria el 10% de los beneficios anuales hasta alcanzar el 20% del capital social suscrito, esto hablando como el porcentaje mínimo, hay empresas que dotan porcentajes mayores como una reserva voluntaria; por otro lado el artículo 360 del código de comercio establece que: “ Salvo que se estipule una mayoría superior, las reformas estatutarias se aprobaran con el voto favorable de un numero plural de asociados que represente, cuando menos, el setenta por ciento de las cuotas em que se halle dividido el capital social” cuando uno de los socios decida ceder parte de sus cuotas a un extraño, es necesario que la junta de socios autorice tal procedimiento, pues la esencia de este tipo de ente societario son las personas y no el capital. En este formato se incluye un modelo del acta mediante la cual la junta puede otorgar tal autorización; gracias a esto se genera mas confianza para la contribución de diferentes socios, a fin de llegar a conclusiones certeras de si es conveniente o no hacerlo parte de la sociedad en creación.

Otra sociedad fundamental de personas, son las sociedades colectivas (S.C), que son una forma mercantil en la que todos los socios bajo una misma razón social acuerdan participar con los mismos derechos y obligaciones respondiendo personalmente con las deudas sociales. Es decir, en caso de deudas, se comprometen a responder con su patrimonio personal según la proporción pactada. Dentro de las sociedades colectivas los socios que lo conforman tienen una serie de responsabilidades como lo son: personal, solidaria, limitada o subsidiaria, cada quien asume una función y procuran el crecimiento de la empresa esto está estipulado según El artículo 127 C. de C. Que establece que “todos los socios que formen la compañía colectiva, sean o no gestores de la misma, estarán obligados personal y solidariamente, con todos sus bienes, a las resultas de las operaciones que se hagan a nombre y por cuenta de la compañía, bajo la firma de ésta y por persona autorizada para usarla.”

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