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Caracteristicas del derecho civil


Enviado por   •  1 de Mayo de 2020  •  Trabajos  •  597 Palabras (3 Páginas)  •  151 Visitas

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Características del Derecho Civil

Estudiar las características principales del Derecho Civil es un hecho que generalmente las personas ignoran pues no lo consideran necesario. Sin embargo, es importante conocer su estructura y el objetivo de estudio, además de las funciones que éste presenta en diferentes regiones del mundo. Para ello, se realizó una conferencia el día 23 de agosto del 2019 en la Pontificia Universidad Javeriana de Cali; donde el abogado chileno especialista en Derecho Civil Personas Dr. Rodrigo Araya, abordó temas enfocados a las características del Derecho Civil de su país (Chile).

Inicialmente, el Dr. Araya hace referencia a una macro división en el Derecho que es la de Derecho Público, aquel que se encarga de regular las relaciones jurídicas entre particulares y el Estado, e incluso de diferentes Estados con uno determinado. Éste es impuesto a los ciudadanos, y se basa en el principio de legalidad; es decir que los órganos del Estado deben limitarse a las imposiciones de la ley y cumplir aquello que ésta les permite. Mientras, por otra parte, se tiene lo que es el Derecho Privado, entendiéndose como el regulador de las relaciones jurídicas entre particulares y en el que su rama más eminente es el Derecho Civil, el cual se centra en tratar temas vinculados al comienzo y fin de la existencia legal de las personas, además de sus atributos, los diferentes tipos existentes, obligaciones, sucesiones, bienes, entre otros. Su base se enfoca en la autonomía de la voluntad; es decir que todas las personas son libres para vincularse con otra respetando los límites de la ley, la moral y las costumbres, según su propio albedrío.

No obstante, el licenciado tornó la conferencia especialmente con temas referidos a los bienes que se tratan en esta rama del Derecho, dividiéndoles en cosas corporales (materiales) e incorporales (inmateriales). Siendo las primeras aquellas que tienen una existencia real pues pueden ser percibidas por los sentidos (Ej. un libro, un lápiz, un papel…), mientras que las otras consisten en los meros derechos y que a su vez se clasifican en Reales (se ejercen sobre una cosa sin respecto a determinada persona) y Personales (solamente pueden exigirse de una persona). Posteriormente, por citar un ejemplo, se procedió a dialogar sobre lo que se conoce como un contrato, definido como un acto jurídico bilateral por el cual se crean Derechos Personales, es decir un acuerdo de voluntades (dos partes), que tiene la virtud de generar derechos y obligaciones con tres objetivos: Crear, modificar y extinguir derechos. Cabe resaltar que ambas partes cumplen papeles diferentes y por ello tienen distintas denominaciones; en donde el deudor es el que está en la necesidad jurídica de hacer o no algo y es quien cuenta con la obligación de pagar con respecto al acreedor, quien tiene el derecho de exigir que algo le sea dado a cambio y cuenta con un crédito. Sin embargo, para que el contrato se considere como perfecto debe ser consensuado por ambas partes (de acuerdo con la cosa y el precio), y aún después de esto, el deudor no es considerado como dueño del bien pues para ello, debe hacerse primero la entrega (tradición) y luego éste tendrá jurídicamente el dominio.

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