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Derecho Civil


Enviado por   •  15 de Marzo de 2012  •  5.173 Palabras (21 Páginas)  •  364 Visitas

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Benemerita Universidad Autonoma De Puebla

Facultad De Derecho Y Ciencias Sociales

Licenciatura En Derecho

Materia: Derecho Civil III “Obligaciones”

Profesor: Carlos Antonio Moreno

Sanchez

Trabajo:

Alumnos: Ojeda Moreno Ricardo Napoleon

Zenteno Zamudio Samuel

Fecha:

Introducción

Acción De Cumplimiento

Es un proceso judicial de carácter constitucional que tiene como finalidad proteger el derecho de las personas a que las autoridades competentes cumplan lo dispuesto por las leyes o lo dispuesto por algún acto administrativo, cuando ellas se muestran renuentes a ello. Lo puede presentar el mismo afectado o cualquier otra persona en su nombre, si el Juez comprueba que efectivamente aquéllas se han producido, ordena que la autoridad demandada cumpla lo dispuesto por la ley o lo prescrito por el acto administrativo.

❖ Condiciones que debe cumplir la norma que pretende hacerse cumplir a través de la acción de cumplimiento

a. Que aparezca en ella una obligación que deba cumplirse.

b. Que no haya otro mecanismo judicial.

c. Que la norma no establezca gastos.

Cualquier persona, puede inferirse que la acción de cumplimiento tiene un carácter mixto, es pública pero en algunos casos es privada. Si el incumplimiento versa sobre una norma con fuerza material de ley o de un acto administrativo de carácter general la acción obviamente puede instaurarse por cualquier persona, pero si se trata de un acto administrativo particular habría que precisar, pues cuando el incumplimiento de un acto administrativo produce perjuicio para una persona determinada no tiene sentido que cualquiera esté legitimado para reclamar su cumplimiento, sólo ella tiene un interés directo en el cumplimiento de dicho acto (salvo que se trate de un menor o de una persona que no se encuentra en capacidad de instaurar la acción). Cosa contraria sucede si el referido acto, a pesar de ser particular entrañara beneficio para la colectividad y contrario sensu su incumplimiento perjuicio al interés público, en ese evento si puede hablarse de la acción de cumplimiento como una acción pública a pesar de que verse sobre un acto particular.

En síntesis la legitimación para demandar puede determinarse así: si el incumplimiento afecta el interés público o colectivo puede ejercitarla cualquier persona, si afecta a una o una personas en particular, afectando derechos subjetivos, es decir, derechos que dichas personas poseen en forma individual, sólo esta o éstas podrán utilizarla.

❖ Contra quienes se puede interponer una acción de cumplimiento

Contra el Estado: procede contra cualquier autoridad que incumpla la ley o un acto administrativo, sin que importe la rama del poder público a la cual pertenezca, y sin que pueda limitarse su ejercicio respecto de aquellas que tienen la calidad de administrativa.

Contra particulares: si estos ejercen funciones públicas.

❖ Contenido debe tener la solicitud de cumplimiento

La solicitud deberá contener los siguientes aspectos:

1. El nombre, identificación y lugar de residencia de la persona que instaura la acción.

2. La determinación de la norma con fuerza de ley o acto administrativo incumplido.

3.La narración de los hechos constitutivos de incumplimiento

4.La determinación de la autoridad o particular incumplido

5.Prueba de la renuencia

6.Solicitud de prueba y enunciación de las que se pretendan hacer valer

7. La manifestación de no haber presentado otra solicitud respecto de los mismos hechos o derechos ante ninguna otra autoridad,

La solicitud podrá presentarse verbalmente cuando el solicitante no sepa leer ni escribir o sea menor de edad o se encuentre en situación de urgencia extrema.

❖ Contenido del fallo de cumplimiento

1. La identificación del solicitante.

2. La determinación de la obligación incumplida

3. La identificación de la autoridad de quien provenga el incumplimiento.

4. La orden a la autoridad renuente de cumplir el deber omitido

5. Un plazo perentorio para el cumplimiento de lo resuelto, el cual no podrá ser mayor de diez días hábiles. Si fuese necesario más tiempo el juez lo determinará previa justificación en la motivación de la sentencia.

6. Orden a las autoridades de control correspondientes para que se determine la responsabilidad penal o disciplinaria en la que se haya incurrido con el incumplimiento.

7. Si hubiese lugar la condena en costas.

Si el juez no accede a lo pretendido por el actor en el fallo negará la petición advirtiendo que no podrá instaurarse nueva acción con la misma finalidad.

Acción De Rescisión

La rescisión es la resolución de un contrato bilateral plenamente válido a causa del incumplimiento culpable de una de las partes. Es la facultad concedida en todo contrato sinalagmático al acreedor de una obligación incumplida; al obtener la resolución del contrato se libera de sus propias obligaciones.

La resolución por incumplimiento se fundamenta en la idea de protección al contratante que ha cumplido el temor de no recibir, pese a haber entregado, justifica que se le autorice a liberarse del propio compromiso, con indemnización de los daños que se le hubieran causado y reintegro de las prestaciones realizadas.

La rescisión deja sin efecto un contrato por causal existente en el momento de su celebración; mientras que la resolución deja sin efecto un contrato por causal sobreviniente a su celebración.

REQUISITOS DE LA RESCISIÓN

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